Duda Deducción Ganancias
Publicado: Dom Ago 12, 2018 9:23 pm
Estimados,
buen día, estuve investigando un poco pero no encontré mucha información al respecto. El tema es el siguiente, persona física que fallece en 2017. La DJ de Ganancias 2017 se presentó bajo establecimiento 1 (por ser sucesion). Se determinaron anticipos 2018, y estoy viendo la posibilidad de disminuir dichos anticipos. La cuestión es la siguiente, la sucesión percibe un alquiler de un campo mensual. Probablemente el mes que viene ya se realice la declaratoria y los bienes pasen a un heredero universal. Por todo el trámite de escrituración para pasar los bienes a la cabeza del sucesor, el abogado cobra una suma importante. ESA SUMA (que aún no tengo en claro que concepto incluye ademas de la escrituración), es deducible de ganancias en la cabeza del causante? puesto que la sucesión misma con los ingresos que percibe del campo, va a ser quien abone los gastos mencionados.
Si considero éstos gastos como deducibles el impuesto a las ganancias 2018, el mismo pasará a ser ínfimo lo que me dejaría deducir los anticipos casi hasta dejarlos nulos.
En todo caso que me recomienden algún fallo o donde investigar más del tema.
Muchas gracias
buen día, estuve investigando un poco pero no encontré mucha información al respecto. El tema es el siguiente, persona física que fallece en 2017. La DJ de Ganancias 2017 se presentó bajo establecimiento 1 (por ser sucesion). Se determinaron anticipos 2018, y estoy viendo la posibilidad de disminuir dichos anticipos. La cuestión es la siguiente, la sucesión percibe un alquiler de un campo mensual. Probablemente el mes que viene ya se realice la declaratoria y los bienes pasen a un heredero universal. Por todo el trámite de escrituración para pasar los bienes a la cabeza del sucesor, el abogado cobra una suma importante. ESA SUMA (que aún no tengo en claro que concepto incluye ademas de la escrituración), es deducible de ganancias en la cabeza del causante? puesto que la sucesión misma con los ingresos que percibe del campo, va a ser quien abone los gastos mencionados.
Si considero éstos gastos como deducibles el impuesto a las ganancias 2018, el mismo pasará a ser ínfimo lo que me dejaría deducir los anticipos casi hasta dejarlos nulos.
En todo caso que me recomienden algún fallo o donde investigar más del tema.
Muchas gracias