Se crea el servicio de Póliza Digital para las coberturas de riesgos del trabajo
La utilización de esta nueva herramienta informática será obligatoria para todas las solicitudes de cobertura que se originen a partir del 1 de agosto de 2018 y para todos los contratos que comiencen su vigencia a partir del 1 de septiembre de 2018.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) publicó en el Boletín Oficial una resolución (46/2018) a través de la cual crea en el ámbito del Organismo el servicio de Póliza Digital para gestionar la afiliación de empleadores. Se trata de una extensa normativa con varios subtítulos y dos Anexos. La misma establece que la Solicitud de Póliza Digital (S.P.D) reemplazara a la Solicitud de Afiliación contemplada en la Resolución 463/2009.
Determina que los datos declarados en la S.P.D - tanto los declarados por el empleador como los consignados por el canal comercial- tendrán carácter de declaración jurada respecto a los firmantes del instrumento digital.
CERTIFICADO DE NO OBJECION
En forma paralela a la Póliza Digital, la SRT pondrá a disposición el Certificado de No Objeción (CNO), que permite al empleador gestionar la baja de la ART contratada y quedar en condiciones de realizar un traspaso a otra aseguradora. Este proceso tiene el doble efecto de otorgar transparencia al trámite y otorga al empleador la posibilidad de gestionar su cobertura.
A disposición para cualquier consulta.
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Christian Vitale
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