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Consulta - renta financiera en plazos fijos

Publicado: Jue Jul 05, 2018 2:27 pm
por Martin083

Hola, gente. Soy nuevo en el foro.

Disculpen las molestias, pero hace tiempo que ando con una duda y nadie me la aclara de forma contundente; a ver si me pueden ayudar.

El tema es así: en diciembre de 2018 hice mi último plazo fijo a 30 días. En enero cobré el interés: 10.000 pesos redondos. Todos los meses hacía plazos fijos, pero, con todo esto de la reforma tributaria, los dejé de hacer; primero, porque no quiero tener que pagar más impuestos, y segundo, porque desconfío de cuando de impuestos se trata.

Según leí, el mínimo no imponible es de 66.000. Ahora, la pregunta es: si empiezo a hacer plazos fijos desde julio (para cobrar el interés en agosto) hasta diciembre inclusive, siempre con un interés fijo de 10.000, tal cual lo hice en enero —según mis cálculos, a lo largo de todo el 2018, mi interés total sería de 60.000 pesos—, por lo que estaría exento de tributar, ¿verdad?

El último interés a cobrar sería en enero de 2019 y ese ya contaría para el próximo año.

¡Desde ya, muchas gracias!
¡Abrazo!


Etiquetas: plazo fijo impuestos, intereses plazo fijo, reforma tributaria 2018, mínimo no imponible, exención impositiva, impuesto a las ganancias, inversiones financieras

RE: Consulta - Renta Financiera en Plazos Fijos

Publicado: Dom Jul 08, 2018 3:19 pm
por Martin083
Veo que muchos leyeron mi post, pero nadie me respondió nada. ¿Acá pregunté una estupidez? :(

Etiquetas: Foro de contadores, consultas contables, dudas impositivas, preguntas de contabilidad, comunidad fiscal, asesoramiento contable

Re: Consulta - Renta Financiera en Plazos Fijos

Publicado: Dom Jul 08, 2018 7:37 pm
por Estudio Contable GS
Estimado, en realidad estaría mal enfocada la consulta, producto de no tener el asesoramiento profesional acorde.

Los intereses de plazos fijos desde la reforma tributaria, pasan a estar gravados para 2018, cuestión que dichos valores pasarán a ser "materia imponible" que se sumará a la totalidad de las otras ganancias gravadas en el impuesto hasta el 31/12/2018.

Si tu único ingreso gravado en 2018 fuera la renta de los plazos fijos y no percibiste (criterio de percibido, por ser renta de segunda categoría) por encima del mínimo no imponible para 2018 ($66.917,91), dicha cuestión no te hará pasible de tener que tributar dicho impuesto.

Si los intereses por plazos fijos no son el único ingreso gravado, ahí ya habrá que analizar el resto de los ingresos para saber cuáles son las deducciones admitidas.

Cualquier otra duda, podemos quedar en contacto de forma directa para analizar tu situación más detalladamente.

Saludos.

Etiquetas: intereses plazos fijos, impuesto plazos fijos, reforma tributaria 2018, mínimo no imponible, materia imponible, renta segunda categoría, ganancias gravadas

Re: Consulta - Renta Financiera en Plazos Fijos

Publicado: Lun Jul 09, 2018 1:26 pm
por Martin083
Gabriel, muchas gracias por tomarte la molestia de responder.

Tienes razón, me faltó aclarar mis otros ingresos... y la realidad es que mi única entrada es el sueldo, estoy en relación de dependencia y pago ganancias... Fuera de eso no tengo nada más, ni bonos, ni fondos comunes, nada.

¿Mi sueldo contaría como ganancia gravada?

Si necesitas más datos de mi situación, te contacto por privado.

¡Muchas gracias!

Etiquetas: sueldo, relación de dependencia, impuesto a las ganancias, ganancia gravada, ingresos gravados, cuarta categoría ganancias, liquidación impuesto a las ganancias

Re: Consulta - Renta Financiera en Plazos Fijos

Publicado: Mar Jul 10, 2018 6:59 pm
por Estudio Contable GS
Obviamente tu sueldo está alcanzado por el impuesto a las Ganancias y, si corresponde, tu empleador te tendría que estar reteniendo.

A fin de año, tenés que presentar (si corresponde) la DDJJ informativa/declarativa de Ganancias y a esto le vas a tener que agregar la ganancia de 2da categoría, y como el mínimo no imponible (los $66.917,91) ya los tenés ocupados en el sueldo, el interés del plazo fijo va a tributar a la escala de Ganancias que del acumulado de los dos ingresos.

Cualquier duda, contáctame, porque vas a tener que presentar la DDJJ de Ganancias y pagar lo que corresponda en 2018.

Saludos.

Etiquetas: Impuesto a las Ganancias, DDJJ Ganancias, Ganancia 2da categoría, Mínimo no imponible, Intereses plazo fijo, Retenciones Ganancias, Escala de Ganancias