Evitar Doble Tributación Internacional...
Publicado: Jue Ene 11, 2018 8:24 am
Estimados Expertos:
Me veo en la necesidad de solicitar opinión respecto del siguiente tema...
Cómo debe presentar su declaración de ganancias y bienes personales un individuo que durante 2017 ha mantenido su sueldo en relación de dependencia en Argentina pero, en realidad, la compañía para la cual labora lo ha enviado gran parte del año a colaborar en un proyecto en otro país de Sudamérica abonándole un sueldo extra en blanco en el exterior como contraprestación a su desarraigo?
Cabe mencionar que...
Ambos sueldos (el de ARG y el del exterior) han tributado ganancias de 5ta. categoría, obra social y jubilación según la legislación de cada país;
Para poder permanecer y laborar en el país de destino, el individuo debió gestionar la residencia mediante obtención de cédula de extranjería;
AFIP no posee convenio para evitar doble tributación con el país de destino.
Las ganancias provenientes del exterior deben volver a tributar en Argentina?
Gracias de antemano por las sugerencias del caso!
Me veo en la necesidad de solicitar opinión respecto del siguiente tema...
Cómo debe presentar su declaración de ganancias y bienes personales un individuo que durante 2017 ha mantenido su sueldo en relación de dependencia en Argentina pero, en realidad, la compañía para la cual labora lo ha enviado gran parte del año a colaborar en un proyecto en otro país de Sudamérica abonándole un sueldo extra en blanco en el exterior como contraprestación a su desarraigo?
Cabe mencionar que...
Ambos sueldos (el de ARG y el del exterior) han tributado ganancias de 5ta. categoría, obra social y jubilación según la legislación de cada país;
Para poder permanecer y laborar en el país de destino, el individuo debió gestionar la residencia mediante obtención de cédula de extranjería;
AFIP no posee convenio para evitar doble tributación con el país de destino.
Las ganancias provenientes del exterior deben volver a tributar en Argentina?
Gracias de antemano por las sugerencias del caso!