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Dejar de presentar las DDJJ de Ganancias y Bienes de cuarta categoría.

Publicado: Jue Jun 01, 2017 10:02 am
por ceci17
Estimados, Ante todo, muchas gracias por este espacio.

Mi consulta es la siguiente: desde el año 2011 hasta el 2014 trabajé en relación de dependencia y por superar el límite presenté las DDJJ de Ganancias y Bienes Personales. En ningún momento tuve que pagar por Bienes Personales porque no superé el límite. A mitad del 2014 dejé de trabajar. En marzo de 2015 presenté todas las DDJJ aunque no estaba en el límite, y lo mismo hice en 2016 aunque en 2015 no tuve ingresos.

Consulté en AFIP y me enviaron al sitio donde muestra quiénes están obligados
http://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes ... ddjjBP.jpg

Creo no estar inscripta en el impuesto, ya que solo tuve que pagar Ganancias por cuarta categoría, donde las retuvo mi empleador.

Quisiera saber si tengo que hacer algún trámite para dejar de presentarlas, o simplemente dejo de presentar y ya?

Muchas gracias.

Etiquetas: DDJJ Ganancias y Bienes Personales, obligación presentar DDJJ, AFIP, dejar de presentar DDJJ, impuesto cuarta categoría, baja inscripción impuestos, límites presentación DDJJ

Re: DDJJ de Ganancias y Bienes dejar de presentarlas 4.ª cat.

Publicado: Jue Jun 01, 2017 11:16 am
por Estudio Contable MEB
Si ya dejaste de estar obligada de acuerdo a la normativa, no tenés que presentar más nada. Saludos.

Etiquetas: obligación normativa, cese de obligación, normativa fiscal, baja de obligaciones, exención de presentación, cumplimiento tributario, declaraciones juradas

Re: DDJJ Ganancias y Bienes dejar de presentarlas 4.ª Cat.

Publicado: Jue Jun 01, 2017 5:00 pm
por Lucrecio
Si presentaste como informativas, nada tenés que hacer.

En cambio, si presentaste como DDJJs, tenés que hacer la baja correspondiente.

Etiquetas: DDJJs, declaraciones juradas, declaraciones informativas, baja DDJJ, dar de baja DDJJ, presentar DDJJ, presentar informativas

Re: Declaración Jurada de Ganancias y Bienes: dejar de presentarlas para la cuarta categoría.

Publicado: Vie Jun 02, 2017 12:44 pm
por ceci17
¡Muy claro! Les agradezco a ambos por sus respuestas.

Etiquetas: consultas contables, dudas fiscales, respuestas impuestos, explicaciones contabilidad, foro contadores, asesoramiento fiscal, soluciones tributarias