DDJJ Ganancias - retenciones/percepciones F-649
Publicado: Dom Jun 26, 2016 5:10 pm
Buenas tardes, estimados:
Estoy realizando una DDJJ de ganancias de un sujeto que trabaja en relación de dependencia. La empresa en 2015 decidió otorgar un "beneficio" al empleado, adelantándoles en efectivo los importes correspondientes a las percepciones por compra de dólares a los que las informaran mensualmente en SIRADIG.
Cada devolución de las percepciones, la empresa la informaba, y al momento de confeccionar el F-649, tomó solo lo retenido y no el neto junto con lo devuelto, e informó en la parte de pagos a cuenta todas las percepciones, generando en el formulario saldo a favor del empleado.
Al hacer la DDJJ en SIAP, importando el total de las percepciones y retenciones de 2015, el saldo retenido es mucho menor al informado por la empresa en el 649 debido a las devoluciones que fue adelantando e informándolas a AFIP. Mi duda es:
¿Es correcto tomar por un lado solo las retenciones, obviando las devoluciones por la compra de dólares, y por el otro declarar las percepciones (que deberían coincidir con lo devuelto por la empresa)?
Por otro lado, con las retenciones que aparecen en "mis retenciones" del 01012015 al 31122015 no llego a rearmar el valor informado como retención en el F-649. Mi duda es: ¿en qué período se declara la devolución o retención que hace el empleador en febrero/marzo de cada año al confeccionar el 649? ¿En el período cerrado por el 649 o en el año en que se retiene o devuelve?
Muchas gracias por su ayuda.
Etiquetas: DDJJ ganancias relación dependencia, Percepciones compra dólares AFIP, F-649 ganancias SIAP, SIRADIG retenciones, Liquidación impuesto a las ganancias, Saldo a favor ganancias AFIP, Retenciones y devoluciones empleador
Estoy realizando una DDJJ de ganancias de un sujeto que trabaja en relación de dependencia. La empresa en 2015 decidió otorgar un "beneficio" al empleado, adelantándoles en efectivo los importes correspondientes a las percepciones por compra de dólares a los que las informaran mensualmente en SIRADIG.
Cada devolución de las percepciones, la empresa la informaba, y al momento de confeccionar el F-649, tomó solo lo retenido y no el neto junto con lo devuelto, e informó en la parte de pagos a cuenta todas las percepciones, generando en el formulario saldo a favor del empleado.
Al hacer la DDJJ en SIAP, importando el total de las percepciones y retenciones de 2015, el saldo retenido es mucho menor al informado por la empresa en el 649 debido a las devoluciones que fue adelantando e informándolas a AFIP. Mi duda es:
¿Es correcto tomar por un lado solo las retenciones, obviando las devoluciones por la compra de dólares, y por el otro declarar las percepciones (que deberían coincidir con lo devuelto por la empresa)?
Por otro lado, con las retenciones que aparecen en "mis retenciones" del 01012015 al 31122015 no llego a rearmar el valor informado como retención en el F-649. Mi duda es: ¿en qué período se declara la devolución o retención que hace el empleador en febrero/marzo de cada año al confeccionar el 649? ¿En el período cerrado por el 649 o en el año en que se retiene o devuelve?
Muchas gracias por su ayuda.
Etiquetas: DDJJ ganancias relación dependencia, Percepciones compra dólares AFIP, F-649 ganancias SIAP, SIRADIG retenciones, Liquidación impuesto a las ganancias, Saldo a favor ganancias AFIP, Retenciones y devoluciones empleador