Cristina y Boudou tampoco podrán sumarse al blanqueo
Publicado: Jue Jun 02, 2016 10:19 am
Cristina y Boudou tampoco podrán sumarse al blanqueo.
El blanqueo que impulsa el Gobierno terminó incorporando la prohibición de que se sumen al mismo los funcionarios, empezando por el propio Presidente y su Vice, pero incluyendo a empleados públicos con rango de director para arriba, a rectores de universidades nacionales y a cualquiera que tenga poder de decisión desde el Estado, con licitaciones públicas y compras, entre otros.
Pero además el proyecto también les impide sumarse, por ejemplo, a la expresidenta Cristina Kirchner y a su exvicepresidente, Amado Boudou. En su caso, no por los puestos que ocuparon —no se incluyen exmandatarios y exfuncionarios— sino por su situación ante la Justicia.
El artículo 82 de la iniciativa excluye del blanqueo a:
a) los declarados en quiebra mientras dure la misma;
b) los condenados por la Ley Penal Tributaria o por violaciones al Régimen Penal Tributario;
c) los condenados por delitos comunes vinculados al incumplimiento de obligaciones tributarias propias o de terceros; y
d) las personas jurídicas condenadas que se encuentren en cualquiera de las situaciones descritas en los tres puntos anteriores.
Y en el punto e) se incluye entre los excluidos del régimen a los "procesados, aun cuando no estuviere firme dicho auto de mérito", por una serie de delitos entre los que se incluyen los delitos contra el orden económico y financiero y las estafas y otras defraudaciones. Boudou, en más de un caso, y Cristina, por la causa del dólar futuro, tienen hoy procesamientos por ese tipo de delitos.
En cuanto al listado de funcionarios excluidos, además del Presidente y el Vice, lo integran ministros, secretarios y subsecretarios del Poder Ejecutivo Nacional; interventores federales; autoridades superiores de los órganos de control; embajadores y cónsules; miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad con rango equivalente o superior al de coronel; rectores, decanos y secretarios de las universidades nacionales; funcionarios con rango de director o superior de entidades autárquicas, bancos, obras sociales y empresas del Estado o designados por el Estado en empresas privadas; empleados públicos encargados de habilitaciones administrativas o que integren comisiones de adjudicación de licitaciones o compras o que administren patrimonio público o privado; y el personal de los organismos de Inteligencia, entre otros.
Etiquetas: Blanqueo de capitales, exclusión blanqueo fiscal, funcionarios públicos blanqueo, Régimen Penal Tributario, delitos económicos y financieros, procesados blanqueo, Ley Penal Tributaria
El blanqueo que impulsa el Gobierno terminó incorporando la prohibición de que se sumen al mismo los funcionarios, empezando por el propio Presidente y su Vice, pero incluyendo a empleados públicos con rango de director para arriba, a rectores de universidades nacionales y a cualquiera que tenga poder de decisión desde el Estado, con licitaciones públicas y compras, entre otros.
Pero además el proyecto también les impide sumarse, por ejemplo, a la expresidenta Cristina Kirchner y a su exvicepresidente, Amado Boudou. En su caso, no por los puestos que ocuparon —no se incluyen exmandatarios y exfuncionarios— sino por su situación ante la Justicia.
El artículo 82 de la iniciativa excluye del blanqueo a:
a) los declarados en quiebra mientras dure la misma;
b) los condenados por la Ley Penal Tributaria o por violaciones al Régimen Penal Tributario;
c) los condenados por delitos comunes vinculados al incumplimiento de obligaciones tributarias propias o de terceros; y
d) las personas jurídicas condenadas que se encuentren en cualquiera de las situaciones descritas en los tres puntos anteriores.
Y en el punto e) se incluye entre los excluidos del régimen a los "procesados, aun cuando no estuviere firme dicho auto de mérito", por una serie de delitos entre los que se incluyen los delitos contra el orden económico y financiero y las estafas y otras defraudaciones. Boudou, en más de un caso, y Cristina, por la causa del dólar futuro, tienen hoy procesamientos por ese tipo de delitos.
En cuanto al listado de funcionarios excluidos, además del Presidente y el Vice, lo integran ministros, secretarios y subsecretarios del Poder Ejecutivo Nacional; interventores federales; autoridades superiores de los órganos de control; embajadores y cónsules; miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad con rango equivalente o superior al de coronel; rectores, decanos y secretarios de las universidades nacionales; funcionarios con rango de director o superior de entidades autárquicas, bancos, obras sociales y empresas del Estado o designados por el Estado en empresas privadas; empleados públicos encargados de habilitaciones administrativas o que integren comisiones de adjudicación de licitaciones o compras o que administren patrimonio público o privado; y el personal de los organismos de Inteligencia, entre otros.
Etiquetas: Blanqueo de capitales, exclusión blanqueo fiscal, funcionarios públicos blanqueo, Régimen Penal Tributario, delitos económicos y financieros, procesados blanqueo, Ley Penal Tributaria