La caja de la "Patria Financiera", el botÃn que ningún Gobie
Publicado: Vie May 06, 2016 9:26 am
La caja de la "Patria Financiera", el botÃn que ningún Gobierno se anima a “manotearâ€,
Pasan los Gobiernos pero hay una "caja" que permanece intacta. Se trata de la renta financiera.
Está claro: Ni los K, ni los Pro, ni los anti K, tienen empacho alguno en aumentar el Impuesto a las Ganancias que recae sobre los trabajadores e inclusive, dejar congelado por más de una década el esquema tributario que determina la carga fiscal que mes a mes soportan los empleados.
Eso sÃ, nunca cometerÃan el "sacrilegio" de avanzar sobre los intereses que da un plazo fijo. Situación similar se da por estos dÃas, luego de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirme que las Lebacs no están alcanzadas en el Impuesto a las Ganancias ni en Bienes Personales.
Si bien, dÃas atrás, en una nota firmada de puño y letra por el mismÃsimo titular del Banco Central, Federico Sturzenegger, se señaló que "se advierten elementos diferenciadores que distinguen la naturaleza jurÃdica de las Lebacs y Nobacs del concepto de tÃtulos públicos", igualmente el organismo a cargo de Alberto Abad decidió convalidar la liberalidad en los impuestos que recaen sobre las Lebacs.
Vale aclarar que la renta financiera, se encuentra exenta o no alcanzada cuando se trata de personas fÃsicas. En el caso de empresas, la renta financiera paga el correspondiente impuesto.
La normativa vigente es clara: la renta de los tÃtulos públicos, tanto en moneda local como extranjera, en cabeza de personas fÃsicas no soporta el peso de Ganancias. Y su tenencia no se encuentra alcanzada por el Impuesto sobre los Bienes Personales.
La decisión del Gobierno fue contundente: mientras cientos de miles de asalariados soportan mes a mes el Impuesto a las Ganancias bajo parámetros desactualizados, quienes decidan invertir en Lebacs no pagan ni un peso ante la AFIP.
La determinación, genera aún más ruido si se tiene presente que el mismÃsimo Sturzenegger aseguró que las Lebacs poseen elementos diferenciadores respecto a los tÃtulos públicos.
Entonces, ¿qué lleva a sobrecargar la presión fiscal sobre asalariados mientras los inversores no pagan un peso por su bicicleta financiera construida en base a las Lebacs?
Simple: si al rendimiento cercano al 38% de las Lebacs se le quita lo que ingresarÃa al fisco nacional por Ganancias y Bienes Personales, el rendimiento se reducirÃa a un porcentaje cercano al 20%, lo que "destruirÃa" el atractivo que -hoy por hoy- tienen las Lebacs.
Y por lo tanto, el Gobierno perderÃa una de las herramientas de polÃtica monetaria más importantes que tiene hoy en la actualidad.
Renta financiera: la "caja" intocable
A fin de dejar en claro cuáles son los conceptos que representan la "caja" de la denominada renta financiera, Mario Volman, socio del Estudio Kaplan, Volman & Asociados detalló los aspectos que gozan actualmente de la liberalidad, siempre que se trate de una persona fÃsica. De ser una empresa, se encuentran alcanzados.La siguiente infografÃa permite ver el detalle de los mismos:
En primer término, los intereses obtenidos por un plazo fijo o por depósitos en cajas de ahorro –ya sean en dólares o en pesos- se encuentran exentos en Ganancias.
Igual situación se da con la renta de los tÃtulos públicos, tanto en moneda local como extranjera.
También están eximidos del pago del tributo los cupones de obligaciones negociables con oferta pública y los cupones de valores representativos de deuda de fideicomisos financieros.
En tanto, las diferencias de cambio generadas por las operaciones de compraventa de divisas no están alcanzadas por el impuesto.
Asimismo, un apartado interesante refiere a la compraventa de acciones. Si los tÃtulos valores cotizan en bolsa, la ganancia se encuentra exenta del pago del tributo. Por el contrario, si no cotizan en bolsa, la utilidad se encuentra gravada.Â
Por último, la compraventa ocasional de acciones (es decir, aquellas transacciones que no forman parte de las efectuadas por un operador habitual) no está alcanzada por Ganancias.
Avanzar sobre la renta financiera: ¿una buena decisión?
Más allá de lo tentadora que resulta la "caja", expertos consultados por este medio analizaron si es conveniente avanzar sobre la renta financiera.
Al respecto, Enrique Scalone, titular de la consultora que lleva su nombre, aseguró que "introducir el impuesto sobre las rentas financieras, sin establecer un ajuste por inflación, constituye un acto de irracionalidad tributaria".
En referencia a las ganancias financieras, Julián MartÃn, consultor tributario, explicó que "nuestro paÃs posee a nivel mundial una de las mayores cargas impositivas medidas respecto del PBI, por lo que derogar exenciones aumentará tal carga y desalentará las inversiones".
ElÃas Lisicki, titular del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, señaló oportunamente que "la discusión se enmarca en la controversia que se da en el Impuesto a las Ganancias respecto a la renta financiera, versus los salarios o la renta del trabajo personal".
"En el campo académico hay una corriente que sostiene que los ingresos de un asalariado no deberÃan estar alcanzados", sostuvo el profesional.
"Sin perjuicio de ello, la renta financiera no necesariamente debe estar gravada para que el sistema tributario sea equitativo. Decisiones de este tipo deben ser evaluadas en base al momento y al lugar en donde se aplicará la medida", advirtió Lisicki.
En tanto, el consultor impositivo , Alberto Romero, señaló que "si bien la gravabilidad de las rentas financieras constituye una medida adecuada desde el punto de vista polÃtico, una decisión de este tipo debiera ser analizada en función de los efectos que derivan de la misma".
"Si la actual exención impositiva de las rentas financieras constituye un incentivo para que la persona fÃsica residente en el paÃs, o el beneficiario del exterior realice inversiones financieras a nivel local, la eventual gravabilidad de las mismas afectará tal decisión", concluyó Romero.
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Pasan los Gobiernos pero hay una "caja" que permanece intacta. Se trata de la renta financiera.
Está claro: Ni los K, ni los Pro, ni los anti K, tienen empacho alguno en aumentar el Impuesto a las Ganancias que recae sobre los trabajadores e inclusive, dejar congelado por más de una década el esquema tributario que determina la carga fiscal que mes a mes soportan los empleados.
Eso sÃ, nunca cometerÃan el "sacrilegio" de avanzar sobre los intereses que da un plazo fijo. Situación similar se da por estos dÃas, luego de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirme que las Lebacs no están alcanzadas en el Impuesto a las Ganancias ni en Bienes Personales.
Si bien, dÃas atrás, en una nota firmada de puño y letra por el mismÃsimo titular del Banco Central, Federico Sturzenegger, se señaló que "se advierten elementos diferenciadores que distinguen la naturaleza jurÃdica de las Lebacs y Nobacs del concepto de tÃtulos públicos", igualmente el organismo a cargo de Alberto Abad decidió convalidar la liberalidad en los impuestos que recaen sobre las Lebacs.
Vale aclarar que la renta financiera, se encuentra exenta o no alcanzada cuando se trata de personas fÃsicas. En el caso de empresas, la renta financiera paga el correspondiente impuesto.
La normativa vigente es clara: la renta de los tÃtulos públicos, tanto en moneda local como extranjera, en cabeza de personas fÃsicas no soporta el peso de Ganancias. Y su tenencia no se encuentra alcanzada por el Impuesto sobre los Bienes Personales.
La decisión del Gobierno fue contundente: mientras cientos de miles de asalariados soportan mes a mes el Impuesto a las Ganancias bajo parámetros desactualizados, quienes decidan invertir en Lebacs no pagan ni un peso ante la AFIP.
La determinación, genera aún más ruido si se tiene presente que el mismÃsimo Sturzenegger aseguró que las Lebacs poseen elementos diferenciadores respecto a los tÃtulos públicos.
Entonces, ¿qué lleva a sobrecargar la presión fiscal sobre asalariados mientras los inversores no pagan un peso por su bicicleta financiera construida en base a las Lebacs?
Simple: si al rendimiento cercano al 38% de las Lebacs se le quita lo que ingresarÃa al fisco nacional por Ganancias y Bienes Personales, el rendimiento se reducirÃa a un porcentaje cercano al 20%, lo que "destruirÃa" el atractivo que -hoy por hoy- tienen las Lebacs.
Y por lo tanto, el Gobierno perderÃa una de las herramientas de polÃtica monetaria más importantes que tiene hoy en la actualidad.
Renta financiera: la "caja" intocable
A fin de dejar en claro cuáles son los conceptos que representan la "caja" de la denominada renta financiera, Mario Volman, socio del Estudio Kaplan, Volman & Asociados detalló los aspectos que gozan actualmente de la liberalidad, siempre que se trate de una persona fÃsica. De ser una empresa, se encuentran alcanzados.La siguiente infografÃa permite ver el detalle de los mismos:
En primer término, los intereses obtenidos por un plazo fijo o por depósitos en cajas de ahorro –ya sean en dólares o en pesos- se encuentran exentos en Ganancias.
Igual situación se da con la renta de los tÃtulos públicos, tanto en moneda local como extranjera.
También están eximidos del pago del tributo los cupones de obligaciones negociables con oferta pública y los cupones de valores representativos de deuda de fideicomisos financieros.
En tanto, las diferencias de cambio generadas por las operaciones de compraventa de divisas no están alcanzadas por el impuesto.
Asimismo, un apartado interesante refiere a la compraventa de acciones. Si los tÃtulos valores cotizan en bolsa, la ganancia se encuentra exenta del pago del tributo. Por el contrario, si no cotizan en bolsa, la utilidad se encuentra gravada.Â
Por último, la compraventa ocasional de acciones (es decir, aquellas transacciones que no forman parte de las efectuadas por un operador habitual) no está alcanzada por Ganancias.
Avanzar sobre la renta financiera: ¿una buena decisión?
Más allá de lo tentadora que resulta la "caja", expertos consultados por este medio analizaron si es conveniente avanzar sobre la renta financiera.
Al respecto, Enrique Scalone, titular de la consultora que lleva su nombre, aseguró que "introducir el impuesto sobre las rentas financieras, sin establecer un ajuste por inflación, constituye un acto de irracionalidad tributaria".
En referencia a las ganancias financieras, Julián MartÃn, consultor tributario, explicó que "nuestro paÃs posee a nivel mundial una de las mayores cargas impositivas medidas respecto del PBI, por lo que derogar exenciones aumentará tal carga y desalentará las inversiones".
ElÃas Lisicki, titular del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, señaló oportunamente que "la discusión se enmarca en la controversia que se da en el Impuesto a las Ganancias respecto a la renta financiera, versus los salarios o la renta del trabajo personal".
"En el campo académico hay una corriente que sostiene que los ingresos de un asalariado no deberÃan estar alcanzados", sostuvo el profesional.
"Sin perjuicio de ello, la renta financiera no necesariamente debe estar gravada para que el sistema tributario sea equitativo. Decisiones de este tipo deben ser evaluadas en base al momento y al lugar en donde se aplicará la medida", advirtió Lisicki.
En tanto, el consultor impositivo , Alberto Romero, señaló que "si bien la gravabilidad de las rentas financieras constituye una medida adecuada desde el punto de vista polÃtico, una decisión de este tipo debiera ser analizada en función de los efectos que derivan de la misma".
"Si la actual exención impositiva de las rentas financieras constituye un incentivo para que la persona fÃsica residente en el paÃs, o el beneficiario del exterior realice inversiones financieras a nivel local, la eventual gravabilidad de las mismas afectará tal decisión", concluyó Romero.
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