Beneficiarios del exterior
Beneficiarios del exterior
Buenos dÃas, cuando una Sociedad es importadora y exportadora, al importar mercaderÃa (en este caso Bolivia) ¿A la empresa Boliviana se la considera Beneficiario del Exterior según la Ley de Ganancias art 91?
Y corresponde Retenerle Ganancias (35%) en cada pago que se le realice por cada importación a través de giro bancario? ¿O por el Convenio para evitar la doble imposición esto no se realiza asi?
Muchas Gracias
Y corresponde Retenerle Ganancias (35%) en cada pago que se le realice por cada importación a través de giro bancario? ¿O por el Convenio para evitar la doble imposición esto no se realiza asi?
Muchas Gracias
Última edición por joche15 el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: Beneficiarios del exterior
Estimado/a
sin saber la particularidad de la operatoria, en principio, son de fuente extranjera con lo cual no está alcanzada por el impuesto.
Te paso un fallo del TFN que puede dar más luz sobre el tema y la particularidad del caso en cuestión.
Tribunal Fiscal de la Nación, sala C, “SNIAFA S.A. s/ recurso de apelación – impuesto a las gananciasâ€, 26/08/2013
Cordial saludo
Etiquetas: impuesto a las ganancias, fuente extranjera, Tribunal Fiscal de la Nación, fallo TFN, exención impositiva, ingresos del exterior, tributación internacional
sin saber la particularidad de la operatoria, en principio, son de fuente extranjera con lo cual no está alcanzada por el impuesto.
Te paso un fallo del TFN que puede dar más luz sobre el tema y la particularidad del caso en cuestión.
Tribunal Fiscal de la Nación, sala C, “SNIAFA S.A. s/ recurso de apelación – impuesto a las gananciasâ€, 26/08/2013
Cordial saludo
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Última edición por ignacap el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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