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Participación del Capital por Provincia

Publicado: Lun Oct 26, 2015 1:07 pm
por moscardini
Mi consulta es si alguien tiene conocimiento de la existencia de normas nacionales o provinciales (Córdoba) para determinar la participación del Capital de una empresa por provincia. Esto tiene como origen determinar si una empresa cumple con tener un porcentaje mayoritario de capital radicado en una jurisdicción determinada. No se trata de tomar la residencia de los titulares de las cuotas sociales o acciones nominativas por provincia sino los bienes (capital invertido) utilizados económicamente en una provincia, independientemente de los ingresos y gastos que se puedan declaran bajo el régimen de convenio multilateral de ingresos brutos como ejemplo.
Existen legislaciones como Compre Argentina, Compre Buenos Aires, La Pampa, etc que determinan porcentajes de insumos en dichas jurisdicciones pero no he conseguido legislación de determine porcentajes de capital utilizado económicamente en cada jurisdicción.
Gracias por anticipado por alguna orientación.
Cr. Sergio Moscardini
Ciudad de Córdoba
sergio_moscardini@hotmail.com

Re: Participación del Capital por Provincia

Publicado: Lun Oct 26, 2015 5:08 pm
por Estudio Contable GS
Si podés explicarte mejor...

No comprendo a qué fines estás buscando esta información.

Re: Participación del Capital por Provincia

Publicado: Lun Oct 26, 2015 7:37 pm
por eduardo286
moscardini escribió:Mi consulta es si alguien tiene conocimiento de la existencia de normas nacionales o provinciales (Córdoba) para determinar la participación del Capital de una empresa por provincia. Esto tiene como origen determinar si una empresa cumple con tener un porcentaje mayoritario de capital radicado en una jurisdicción determinada. No se trata de tomar la residencia de los titulares de las cuotas sociales o acciones nominativas por provincia sino los bienes (capital invertido) utilizados económicamente en una provincia, independientemente de los ingresos y gastos que se puedan declaran bajo el régimen de convenio multilateral de ingresos brutos como ejemplo.
Existen legislaciones como Compre Argentina, Compre Buenos Aires, La Pampa, etc que determinan porcentajes de insumos en dichas jurisdicciones pero no he conseguido legislación de determine porcentajes de capital utilizado económicamente en cada jurisdicción.
Gracias por anticipado por alguna orientación.
Cr. Sergio Moscardini
Ciudad de Córdoba
sergio_moscardini@hotmail.com
Es para saber si existe deduccion o desgravacion impositiva a la hora de tributar ingresos brutos por convenio?

Saludos.

Re: Participación del Capital por Provincia

Publicado: Mar Oct 27, 2015 9:26 am
por moscardini
Estimado Colega, ante todo gracias por atender mi consulta.
Se trata de determinar en un proceso de selección de ofertas para una prestación de servicios (construcción de rutas provinciales) cual de las empresas tienen mas participación de su Capital en una provincia determinada ( Córdoba para mi caso ). Este item otorga una determinada cantidad de puntos en la calificación final del oferente, otros puntos son los ratios de solvencia, endeudamiento, etc,; otros los antecedentes en obras similares, etc., capacidad financiera, infraestructura que posee el oferente.
Todos los demás puntos pude resolverlos simplemente aplicando las formulas tradicionales y normas contables vigentes, pero determinar el capital económico aplicado en una determinada provincia no encontré normas al respecto.
Por ejemplo la empresa oferente posee maquinarias para construir una ruta provincial en una jurisdicción, pero las maquinarias, rodados e instalaciones móviles (obradores), están inscriptas en registros la provincia de origen y no puedo asignarlas en un 100 % a la provincia donde se desarrollarán las actividades económicas.
Como alternativa puedo utilizar los porcentajes declarados por Convenio Multilateral, que es lo único que se me ocurrió hasta el presente.
Cualquier sugerencia que me permita determinar un porcentaje será bien recibida.
Atte.
Cr. Sergio Moscardini
Ciudad de Córdoba
sergio_moscardini@hotmail.com

Re: Participación del Capital por Provincia

Publicado: Mar Oct 27, 2015 10:01 am
por eduardo286
Se me ocurre que la cantidad de horas trabajas en la jurisdiccion donde los bienes de capital no esten registrados, podria ser un indicador objetivo y equitativo a la hora de competir en el pliego.
El plazo de obra siempre se establece, y en funcion a este podrias determinar las horas maquinas. Tendrias que valuar elcapital a valor de mercado, dividirlo por las horas que tiene un mes, y luego este resultado multiplicarlos por las horas que te demanda el plazo de obra. Se me ocurre decir que este calculo al no tener impacto en el costo (y por ende en el precio), no tiene incidencia impositiva.
Claro esta que la clausula que mencionas, tiende a beneficiar a aquella empresa que tiene registrado sus bienes de capital en donde se ejecute la obra.

Espero haber ayudado.

Saludos.

Re: Participación del Capital por Provincia

Publicado: Mar Oct 27, 2015 10:40 am
por moscardini
Muchas gracias colega Eduardo. Es totalmente válido el esquema planteado.
Efectivamente se trata de favorecer a las empresas oferentes que posean capital económicamente utilizado en la provincia de Córdoba respecto de oferentes de otras jurisdicciones. La incidencia de este item es del 20 % por lo que el 80 % restante se califica de acuerdo con la capacidad financiera, estructura de la empresa y antecedentes en obras similares.
Saludos para vos y el resto de los colegas de Rio Cuarto, ciudad donde viví 5 años -1984 a 1989- y de la que conservo los mas gratos recuerdos.
Cordiales saludos.
Cr. Sergio Moscardini
Ciudad de Córdoba

Re: Participación del Capital por Provincia

Publicado: Mar Oct 27, 2015 10:46 am
por eduardo286
moscardini escribió:Muchas gracias colega Eduardo. Es totalmente válido el esquema planteado.
Efectivamente se trata de favorecer a las empresas oferentes que posean capital económicamente utilizado en la provincia de Córdoba respecto de oferentes de otras jurisdicciones. La incidencia de este item es del 20 % por lo que el 80 % restante se califica de acuerdo con la capacidad financiera, estructura de la empresa y antecedentes en obras similares.
Saludos para vos y el resto de los colegas de Rio Cuarto, ciudad donde viví 5 años -1984 a 1989- y de la que conservo los mas gratos recuerdos.
Cordiales saludos.
Cr. Sergio Moscardini
Ciudad de Córdoba
Un cordial saludo para vos Sergio.

Atentamemte.

Eduardo.