Página 1 de 1

Convenio Multilateral - Art. 10

Publicado: Mié May 27, 2015 12:20 am
por Dr. Gustavo B.
Estimados Colegas,

Los consulto en referencia a un profesional que se inscribió en Monotributo hace más de 1 año y viene facturando y pagando por mes sin problema.

En el mes de Abril, una de las clínicas donde trabaja en Provincia le empezó a descontar el 4% por Ingresos Brutos por lo que ese mismo mes se inscribió en Convenio Multilateral. Este mes, consulté en ARBA y todavía no figura en los padrones por lo que nuevamente le van a descontar el 4%. Las consultas son las siguientes:

1) Hay que presentar las DDJJs de Abril y Mayo de Convenio con saldo a favor en Provincia? Es decir, suponiendo que factura $1000 y le retuvieron 40$, en Sicreb hay que declarar ingresos de Provincia $800 (80%), Capital 200$ (20%), retención 40$ e impuesto determinado 28$ (3,5% x $800), con saldo a favor de $12? En Capital estaría exento de pagar.

2) A partir del mes de Junio, cómo queda la situación? Le corresponde descontar algo a la clínica o deben pagarle el 100% de los honorarios y es el contribuyente el encargado de pagar el 3,5% de lo facturado?

Desde ya, muchas gracias

Saludos Cordiales
Dr. Gustavo B.

Etiquetas: Monotributo, Ingresos Brutos, Convenio Multilateral, Retención Ingresos Brutos, SICREB, Declaración Jurada Convenio Multilateral, Saldo a favor Ingresos Brutos, ARBA padrones

Re: Convenio Multilateral - Art. 10

Publicado: Mié May 27, 2015 12:01 pm
por Estudio Contable GS
Una vez que presentes la inscripción correspondiente, las retenciones deberán acomodarse.

Si no, te queda la opción de pedir la reducción de alícuotas por la web.

P. D.: Bien sabés que no hace falta esperar que le retengan para inscribirse en Convenio. Le corresponde por la forma en que desarrolla su actividad.

Saludos.

Etiquetas: inscripción Convenio Multilateral, reducción de alícuotas, retenciones, ajuste de retenciones, trámites fiscales online, Convenio Multilateral, obligaciones impositivas