Venta directa: Avon cuestiona el cobro de Ingresos Brutos en

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Venta directa: Avon cuestiona el cobro de Ingresos Brutos en

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Venta directa: Avon cuestiona el cobro de Ingresos Brutos en la provincia de Córdoba,
A pocos días de que el gobierno cordobés lograra un acuerdo con Mercado Libre por diferencias respecto del cobro de Ingresos Brutos, las empresas de venta directa de cosmética Avon y Mary Kay elevaron también reclamos frente a la decisión del Ministerio de Economía de obligarlas a actuar como agentes de retención. Las compañías reaccionaron -hasta ahora por la vía administrativa- a las resoluciones 14 y 15 del secretario de Ingresos Públicos, Luis Domínguez.
Los textos, además de objetar algunas formalidades que los apoderados de las empresas supuestamente no cumplieron, ratifican la decisión de que actúen como agentes de retención de Ingresos Brutos. Domínguez sostiene que la medida es "legal y constitucional". Sin embargo, Avon y Mary Kay advirtieron que están dispuestas a denunciar la inconstitucionalidad de las resoluciones y rechazaron los planteos por considerarlos "formalmente improcedentes". Y plantearon que si sus reclamos no son escuchados "recurrirán a la vía judicial".
Los cruces se basan en que desde marzo rige la extensión de Ingresos Brutos a las revendedoras de las empresas de venta directa. El argumento es el mismo que la provincia esgrimió en el caso de Mercado Pago, la plataforma de cobro de Mercado Libre: que avala la informalidad.
Con este fundamento, Córdoba obligó a las empresas a ser agentes de percepción con una alícuota de 3,5% sobre las facturaciones a los vendedores, quienes adquieren los productos para revenderlos. Si en este eslabón hubiera inscriptos en Ingresos Brutos, la retención se toma como pago a cuenta de ese impuesto.
Avon señala que las resoluciones "resultan groseramente inconstitucionales, en tanto violan el principio de legalidad en materia tributaria". Y sostiene que la secretaría provincial de Ingresos Públicos, al igual que el Poder Ejecutivo cordobés, "carece de facultades constitucionales para la creación del régimen de percepción pretendido". La empresa "formula reserva de interponer acciones judiciales que estime correspondientes a fin de impugnar la constitucionalidad de las normas" en cuestión.
La posición de Mary Kay es la misma, aunque su respuesta es menos combativa, Pero coincide en lo esencial, ya que considera ilegal la decisión provincial.
Arturo Zarazaga, de la Comisión Tributaria del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba, entiende que la medida no corresponde si los productos comercializados van a agentes que los revenden para uso individual. "Es lógico que la aplicación sea a la fuente y, en todo caso, la discusión es quién aplica, si la jurisdicción donde está la sede o donde hay red de comercialización. Si el destinatario final revende, la provincia tiene la razón; de lo contrario, no". Si este esquema se extiende, "los fiscos provinciales se convertirán en una suerte de aduanas internas", advirtió. Como ejemplo, menciona la decisión de 2014 de Santa Fe de aplicar una percepción a los granos que ingresaban de Córdoba, a lo que los cordobeses respondieron con una resolución similar para el ganado.
En el caso de Mercado Libre, el conflicto se superó con un acuerdo a mitad de camino entre lo que pretendían las partes. La provincia estableció un mecanismo para evitar la doble tributación para quienes compren en Mercado Libre y cancelen la operación a través de Mercado Pago..
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