AFIP postergó vencimientos para contribuyentes afectados por
Publicado: Lun Abr 27, 2015 11:19 am
AFIP postergó vencimientos para contribuyentes afectados por el Calbuco,
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un "plazo especial" para presentaciones y pagos de contribuyentes del sur argentino afectados por la ceniza emitida por el volcán chileno Calbuco, que entró en erupción el miércoles pasado tras 43 años de inactividad.
La medida comprende a las localidades de San MartÃn de los Andes, Aluminé, Villa Pehuenia, JunÃn de los Andes, Chimehuin, La Rinconada, Villa La Angostura, Villa Traful y Piedra del Ãguila, en la provincia de Neuquén; y San Carlos de Bariloche, Pilcaniyeu y Dina Huapi, en RÃo Negro.
A través de la resolución general 3768, la AFIP estableció “un plazo especial para la presentación y en su caso pago, de las obligaciones impositivas y las correspondientes al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes†para “los sujetos con domicilio fiscal registrado y/o actividad desarrollada en las localidades de las provincias de RÃo Negro y del Neuquén afectadas por las erupciones del volcán Calbucoâ€.
La presentación y en su caso pago de las obligaciones “con vencimientos fijados para los dÃas 21 al 30 de abril y durante los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2015, se considerarán efectuados en término siempre que se efectivicen hasta las fechas de vencimientos fijadas†por el organismo tributario “para los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, respectivamenteâ€, indica la normativa publicada hoy en el BoletÃn Oficial.
Asimismo, el organismo tributario dispuso la suspensión “por el término de 120 dÃas corridos la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, asà como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismosâ€.
En los considerandos, la resolución, firmada por el titular de la dependencia, Ricardo Echegaray, indica que la erupción del volcán Calbuco y sus consecuencias “configuran situaciones de carácter extraordinario, que podrÃan imposibilitar a los responsables afectados cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones de presentación y pago de determinados gravámenesâ€.
Ante esta realidad, la AFIP destaca “que resulta procedente contemplar las circunstancias descriptas, disponiendo las fechas hasta las cuales las referidas obligaciones se considerarán cumplidas en término, asà como la suspensión de las ejecuciones fiscalesâ€.
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un "plazo especial" para presentaciones y pagos de contribuyentes del sur argentino afectados por la ceniza emitida por el volcán chileno Calbuco, que entró en erupción el miércoles pasado tras 43 años de inactividad.
La medida comprende a las localidades de San MartÃn de los Andes, Aluminé, Villa Pehuenia, JunÃn de los Andes, Chimehuin, La Rinconada, Villa La Angostura, Villa Traful y Piedra del Ãguila, en la provincia de Neuquén; y San Carlos de Bariloche, Pilcaniyeu y Dina Huapi, en RÃo Negro.
A través de la resolución general 3768, la AFIP estableció “un plazo especial para la presentación y en su caso pago, de las obligaciones impositivas y las correspondientes al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes†para “los sujetos con domicilio fiscal registrado y/o actividad desarrollada en las localidades de las provincias de RÃo Negro y del Neuquén afectadas por las erupciones del volcán Calbucoâ€.
La presentación y en su caso pago de las obligaciones “con vencimientos fijados para los dÃas 21 al 30 de abril y durante los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2015, se considerarán efectuados en término siempre que se efectivicen hasta las fechas de vencimientos fijadas†por el organismo tributario “para los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015, respectivamenteâ€, indica la normativa publicada hoy en el BoletÃn Oficial.
Asimismo, el organismo tributario dispuso la suspensión “por el término de 120 dÃas corridos la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, asà como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismosâ€.
En los considerandos, la resolución, firmada por el titular de la dependencia, Ricardo Echegaray, indica que la erupción del volcán Calbuco y sus consecuencias “configuran situaciones de carácter extraordinario, que podrÃan imposibilitar a los responsables afectados cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones de presentación y pago de determinados gravámenesâ€.
Ante esta realidad, la AFIP destaca “que resulta procedente contemplar las circunstancias descriptas, disponiendo las fechas hasta las cuales las referidas obligaciones se considerarán cumplidas en término, asà como la suspensión de las ejecuciones fiscalesâ€.
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