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Rcategorizacion tardia
Publicado: Lun Ene 26, 2015 7:21 pm
por Tucum
Gente una consulta, el 20/1 era la fecha limite para recategorizar, que pasa si me recategorizo hoy? Saludos y gracias!
Re: Recategorización tardía
Publicado: Lun Ene 26, 2015 7:32 pm
por Estudio Contable MEB
Mientras te deje el sistema no hay problema.
Re: Rcategorizacion tardia
Publicado: Lun Ene 26, 2015 7:46 pm
por Tucum
Gracias!
Re: Recategorización tardía
Publicado: Mar Ene 27, 2015 8:30 am
por Estudio Contable GS
Parte pertinente del Art. 26 de la Ley de Monotributo.
Si el pequeño contribuyente se recategorizara antes que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
procediera a notificar la deuda determinada, quedará eximido de la sanción prevista en el inciso b) del presente
artículo;
b) Serán sancionados con una multa del cincuenta por ciento (50%) del impuesto integrado que les hubiera
correspondido abonar, los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (RS) que, como consecuencia de la falta de presentación de la declaración jurada de recategorización,
omitieren el pago del tributo que les hubiere correspondido. Igual sanción corresponderá cuando las declaraciones
juradas —categorizadoras o recategorizadoras— presentadas resultaren inexactas;
Saludos
Etiquetas: Monotributo Art 26, recategorización Monotributo, multa Monotributo, sanción AFIP Monotributo, declaración jurada recategorización, pequeño contribuyente sanción, eximido sanción Monotributo