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Inactivación de la CUIT a un contribuyente: la AFIP tiene el

Publicado: Vie Ene 09, 2015 10:18 am
por Noticias Contables
Inactivación de la CUIT a un contribuyente: la AFIP tiene el aval de la Justicia, ');eIFD.close();
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s.src = schemeLocal() + '://' + (eS2?eS2:eS1) +'/layers/epl-41.js';
eIFD.body.appendChild(s);
if (!eS2) {
var ss = eIFD.createElement('SCRIPT');
ss.src = schemeLocal() + '://ads.e-planning.net/egc/4/40a5';
eIFD.body.appendChild(ss);
}
eplLL = true;
return false;
}
}
eplCheckStart();
function eplSetAd(eID) {
if (eplCheckStart()) {
var opts = (eplArgs.sOpts && eplArgs.sOpts[eID]) ? eplArgs.sOpts[eID] : {};
if (opts.custF) { document.epl.setCustomAdShow(eID,opts.custF); }
document.epl.setSpace(eID, opts);
} else {
setTimeout('eplSetAd("'+eID+'");', 250);
}
}
function eplAD4(eID, opts) {
document.write('');
if (!opts) opts = {t:1};
if (!eplArgs.sOpts) { eplArgs.sOpts = {}; }
eplArgs.sOpts[eID] = opts;
eplSetAd(eID);
}
function schemeLocal() {
if (document.location.protocol) {
protocol = document.location.protocol;
} else {
protocol = window.top.location.protocol;
}
if (protocol) {
if (protocol.indexOf('https') !== -1) {
return 'https';
} else {
return 'http';
}
}
}
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La delegación de la AFIP de Córdoba, luego de una fiscalización incluyó al contribuyente Carlos Eduardo Rosas en el registro de facturas apócrifas y por lo tanto, inactivó transitoriamente su CUIT.Ante esta situación Rosas presentó una acción de amparo y el Juzgado Federal N° 3 de Córdoba ordenó, como medida cautelar, que se excluyera al contribuyente de la base de facturas apócrifas y que se desbloqueara su CUIT, bajo apercibimiento de aplicar “astreintes” de $100 por cada día de demora.La AFIP apeló esta medida, y la Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó la cautelar otorgada en primera instancia, recomendando al Juez de Primera Instancia la mayor celeridad posible a los fines de decidir sobre el fondo de la causa.La Cámara advirtió que del informe de la fiscalización del ente recaudador surgía como llamativo el cambio radical de actividad económica del contribuyente, su falta de inclusión en el registro de operadores de granos, de empleados en relación de dependencia, entre otras irregularidades.Según el Tribunal todo lo descripto anteriormente demuestra claramente que el contribuyente no cuenta con ningún respaldo patrimonial y/o económico financiero para el desarrollo de la actividad agraria.Por último, resaltó que en materia tributaria para el otorgamiento de una medida cautelar resulta imperativo aplicar un criterio restrictivo.Powered By WizardRSS.com | Full Text RSS Feed, Imagen