COMPRAS EN EL EXTERIOR
Publicado: Lun Dic 22, 2014 9:05 pm
Hola, mi duda es una persona que tiene percepciones por compras en el exterior del 2013, según la RG 3450, art. 6, solo serán computables en el período en el cual le fueron practicadas, ¿qué sucede si no las informó en 2013 y, por tanto, no las dedujo en el 572, las pierde o puede pedir la devolución en Mis Aplicaciones Web? Muchas gracias.
Etiquetas: percepciones compras exterior, RG 3450, devolución percepciones AFIP, percepciones no declaradas, recuperar percepciones pasadas, formulario 572, Mis Aplicaciones Web
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