var s = eIFD.createElement('SCRIPT');
s.src = schemeLocal() + '://' + (eS2?eS2:eS1) +'/layers/epl-41.js';
eIFD.body.appendChild(s);
if (!eS2) {
var ss = eIFD.createElement('SCRIPT');
ss.src = schemeLocal() + '://ads.e-planning.net/egc/4/40a5';
eIFD.body.appendChild(ss);
}
eplLL = true;
return false;
}
}
eplCheckStart();
function eplSetAd(eID) {
if (eplCheckStart()) {
var opts = (eplArgs.sOpts && eplArgs.sOpts[eID]) ? eplArgs.sOpts[eID] : {};
if (opts.custF) { document.epl.setCustomAdShow(eID,opts.custF); }
document.epl.setSpace(eID, opts);
} else {
setTimeout('eplSetAd("'+eID+'");', 250);
}
}
function eplAD4(eID, opts) {
document.write('');
if (!opts) opts = {t:1};
if (!eplArgs.sOpts) { eplArgs.sOpts = {}; }
eplArgs.sOpts[eID] = opts;
eplSetAd(eID);
}
function schemeLocal() {
if (document.location.protocol) {
protocol = document.location.protocol;
} else {
protocol = window.top.location.protocol;
}
if (protocol) {
if (protocol.indexOf('https') !== -1) {
return 'https';
} else {
return 'http';
}
}
}
//-->
La AFIP puede controlar que los gastos existan y que su magnitud esté relacionada con la ganancia bruta, pero "no puede censurar los gastos, sustituyendo la decisión empresaria y sus motivaciones por el criterio administrativo de conveniencia y oportunidad", añadió.La AFIP objetó a Badi SA, una metalúrgica, la deducción como gastos de subsidios entregados a sus empleados, por haber sido entregados a éstos no en forma directa sino a través de una Asociación Mutual, explicó Agustina OÂ’Donnell, del estudio Torassa & OÂ’Donnell.La importancia de la sentencia es que destaca que, si bien es obligación de la empresa demostrar la veracidad de los gastos y su vinculación con las ganancias gravadas, la evaluación de si se trata o no de un gasto necesario, y como tal deducible del Impuesto a las Ganancias, no es de la AFIP, porque ella es ajena al negocio, por lo que tampoco puede opinar sobre su utilidad o no, ni si el monto erogado es razonable o no, ya que ello implicarÃa permitirle juzgar discrecionalmente la buena administración de la empresa, lo que no es de su competencia, añadió OÂ’Donnell, y concluyó que el fallo establece claramente que, si el contribuyente demuestra la efectiva realización de la erogación y su vinculación con su actividad, es suficiente para su deducción.La sentencia del Tribunal Fiscal que ahora fue confirmada por la Cámara habÃa establecido que los montos en concepto de subsidios para el personal de Badi entregados a la Asociación Mutual Loma Hermosa están debidamente registrados en los estados contables, siendo llevados los libros en legal forma.La Cámara agrega que "el organismo recaudador no controvierte la registración, ni la existencia y cuantÃa de los gastos deducidos, sino que sólo se limitó a cuestionar su deducibilidad".Powered By WizardRSS.com | Full Text RSS Feed,
