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La Justicia le pone un freno a Macri en su intención de avan

Publicado: Sab Jul 27, 2013 1:35 pm
por Noticias Contables
La Justicia le pone un freno a Macri en su intención de avanzar sobre datos de empleados públicos,
En 2009, el jefe del Gobierno porteño, Mauricio Macri, debió dar marcha atrás y modificar un polémico decreto que obligaba a los los empleados públicos porteños a informar si tenían problemas de alcoholismo, utilizaban drogas o eran adicto a los juegos de azar.
Cuatro años después, el escenario es el mismo, aunque en este caso fue el Tribunal Superior de Justicia porteño quien decidió ponerle un freno a la avanzada del mandatario de la Ciudad sobre los datos de éstos dependientes.
Puntualmente, los magistrados decretaron la nulidad de una resolución que obligaba a los empleados a informar si tienen otro empleo -y datos específicos sobre el mismo- a través de una declaración jurada.
Vale aclarar que en situaciones de pluriempleo es correcto que el Gobierno porteño solicite conocer si el empleado se desempeña en otra actividad. Sin embargo, muchas voces se mostraron en contra de querer averiguar:
Si se trata de un trabajo remunerado. 
Las condiciones en que se realizan esos empleos extras (bajo relación de dependencia o como autónomo).
El horario en que se realizan los trabajos y su carácter (público o privado). 
Revés para Macri
Ante tal escenario, el Tribunal Superior de Justicia decretó la nulidad de la resolución que establecía para funcionarios y representantes de la Administración, con excepción del personal docente, la obligación de informar a través de una declaración jurada si poseían otro empleo, así como el horario de dicha prestación.

El Tribunal aseguró que de acuerdo a la Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública local los empleados de la Ciudad de Buenos Aires tienen la obligación de declarar situaciones de pluriempleo sólo al inicio de la relación laboral, mientras que la resolución cuestionada establece:
Un momento distinto para la presentación de la declaración jurada para los contratos de trabajo vigentes a la fecha de publicada la norma.
La obligación de mantener actualizada la declaración jurada. 
El deber de brindar información que excede, en mucho, la requerida por la ley (si el trabajo es remunerado, las condiciones en que se realizan esos trabajos, el horario en que se realizan los trabajos y su carácter). 
"Recordemos que la Ley de Relaciones Laborales sólo impone la obligación de declarar la acumulación de cargos, funciones y/o pasividades. No requiere la declaración de ninguna otra información", aseguraron los jueces.
Los tres magistrados advirtieron que "ni el Código Civil, ni las leyes laborales ni la legislación local permiten al Gobierno porteño hacer esa modificación en los contratos de trabajo vigentes a la fecha de dictarse la resolución en cuestión".
Conocida la sentencia, Héctor García, socio de García, Perez Boiani & Asociados, aseguró que "no es sostenible jurídicamente pretender que un empleado manifieste bajo juramento que cuenta con otro empleo ya que esta situación puede interferir con su cometido como agente público".
"Se podría indicar que una iniciativa a través de la cual se persigue que los empleados públicos exterioricen aspectos que hacen a su privacidad, para que la Administración pondere con posterioridad si los mismos violentan el contrato de trabajo que los une, es como perseguir que se auto inculpen, toda vez que son sabidas las obligaciones legales que le caben a cada parte, desde el cumplimiento del horario, la obligación de fidelidad y no concurrencia, la debida prestación eficiente e idónea de su débito laboral", agregó el experto.

Marcha atrás
El jefe de Gobierno porteño ya había tenido que dar marcha atrás con una resolución que planteaba avanzar sobre la vida íntima de los empleados públicos. Tal es el caso del recordado decreto 625/2009 oportunamente adelantado por iProfesional que ponía en marcha el "registro porteño de empleadores online". 
Entre la información solicitada que se destacaba, podía mencionarse:
Datos generales de los empleadores: actividades económicas, domicilio fiscal, datos de registración y CUIT. 
Cantidad de empleados y establecimientos que posee la compañía en la Ciudad de Buenos Aires. 
Tipo de contrato de los trabajadores. 
Cantidad de hijos del personal. 
Lugar de residencia de los empleados. 
Nacionalidad de los trabajadores. 
Nivel de instrucción de la plantilla. 
Conocimientos de herramientas informáticas e idiomas. 
Altas y bajas de personal. 
Accidentes de trabajo registrados. 
Capacitación brindada a los empleados. 
Detalle de las remuneraciones canceladas. 
Relevamiento de las adicciones que presentan los trabajadores.


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