Macri critica a Cristina por no actualizar impuestos, pero t

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Macri critica a Cristina por no actualizar impuestos, pero t

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Macri critica a Cristina por no actualizar impuestos, pero tampoco ajustará topes en régimen simplificado de Ingresos Brutos,
El jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, decidió mantener congelados por un año más los parámetros que deben soportar los pequeños contribuyentes en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad.
Así surge del proyecto de Presupuesto y Código Fiscal 2015 al que tuvo acceso iProfesional. Si bien Macri no pierde oportunidad para destacar que la inflación está siendo subvaluada por el Gobierno nacional, de acuerdo al texto de la iniciativa quienes están adheridos al régimen simplificado seguirán soportando el tope máximo de ingresos anual de 200.000 pesos.
Esto pese a que el IPCBA elaborado por la Dirección General de Estadística y Censo de la Ciudad acumula -desde su primer informe en julio de 2012- una inflación cercana al 66 por ciento.Al respecto, Juan Manuel Locatelli, socio de JL Consultoría & Negocios, destacó que la desactualización de los valores mencionados "genera una incongruencia que urgentemente debe ser reparada".En este sentido, destacó que "no es razonable que sea tomado como límite de ventas mensuales los mismos importes de 2012 y 2013".
Por su similitud, el Régimen Simplificado porteño del Impuesto sobre los Ingresos Brutos es comparado con el Monotributo. 

Al respecto, desde septiembre de 2012, rige un tope facturación de hasta $400.000 anuales para prestación de servicios y $600.000 al año para la compraventa de bienes muebles.
Esto lleva a que quede aún más en evidencia la desactualización del régimen reglamentado por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP).
En diálogo con iProfesional, el consultor tributario Alberto Romero aseguró que "sería razonable que el fisco porteño actualice por completo los montos de facturación y las escalas contempladas en el régimen simplificado de Ingresos Brutos".
"Más aún si se considera que tanto Monotributo como Ingresos Brutos simplificado funcionaron de manera complementaria. De hecho, existe un control cruzado a fin de determinar si la declaración de ingresos entre la AFIP y el fisco porteño es consistente", explicó Romero.
"Al menos, el límite máximo de facturación anual debería pasar a $400.000", aseguró el experto. Sin embargo, de acuerdo con el texto enviado a la Legislatura local, los valores que regirán para el 2015 son los siguientes (ver cuadro):

Seguimiento de gastos
Asimismo, al igual que la AFIP, el Gobierno de Macri decidió profundizar el seguimiento de los contribuyentes porteños a través del cruce de datos vinculados con los gastos en agua, gas, luz y telefonía.
Se trata del régimen de información que pone la mira en los consumos públicos de las empresas porteñas. La obligación apunta a descubrir a las compañías que registren cifras elevadas en servicios públicos y evaden el pago de los tributos municipales.
"No resulta raro encontrar personas jurídicas con facturas que exceden $1.000 mensuales y que no se encuentran inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos", afirmaron desde la AGIP.
En este contexto, "la idea es ajustar el seguimiento y potenciar la detección" de quienes no cumplen con el fisco porteño.
Desde Crowe Horwath, su Gerente de Impuestos Carlos Fernández detalló la forma en que el organismo de recaudación de la Ciudad decidió profundizar el control. 
Al respecto, señaló que "a través de este tipo de mecanismos, la AGIP intensifica su proceso de sistematización tendiente a obtener información proveniente de los contribuyentes y responsables de los diversos gravámenes que recauda".
"El objetivo primario del mismo es contar con datos precisos y en línea en pos de incrementar la inteligencia fiscal agudizando, de esta manera, los controles a los que los mismos se encuentran sometidos", explicó el experto.
"Para ello, cuenta con un régimen de información para las empresas licenciatarias que suministren energía eléctrica, agua potable, gas natural por red, servicios de telefonía fija y de televisión por cable con el propósito de contribuir a mejorar la función fiscalizadora", agregó Fernández.
Y precisó: "Su objetivo es incrementar la base de datos con la que cuenta para advertir hechos imponibles o actividad económica gravada, domicilios no declarados u omisiones en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, tanto formales como materiales, de los contribuyentes o responsables".
Puntualmente, el régimen -que se encuentra en plena vigencia- obliga a las empresas de servicios a informar, respecto de sus clientes y usuarios, los siguientes datos:
Nombre y apellido para personas físicas o denominación y razón social para personas jurídicas.
Documento de identidad -tipo y número-.
Número de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI).
Categorización frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Domicilio en el cual se realiza el suministro del servicio y el código postal.
Domicilio de entrega de la facturación -si lo hubiere-.
Actividad económica declarada.
Monto facturado por la provisión del servicio, durante el período informado -sin impuestos, tasas u otras cargas fiscales-.
Datos especiales de cada tipo de servicio.
Estos puntos serán solicitados a los agentes de información mencionados y se excluye a los correspondientes a casas de familia.
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