UBER Dudas facturación

El punto de encuentro para resolver consultas sobre la legislación tributaria argentina (AFIP, fiscos provinciales). Debate sobre Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales, Ingresos Brutos (Convenio Multilateral) y más.

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Lorena AA
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RE: UBER Dudas facturación

Mensaje por Lorena AA »

Estudio Contable GS escribió:Hola, buenos días.

Fíjate el Código Fiscal de CABA, Art. 180, Inciso 13.

13. Los ingresos obtenidos por la explotación de automóviles de alquiler
con taxímetros, de hasta tres (3) unidades.

Saludos.
Muchas gracias, Gabriel.
Como leí que lo liquidaban, me entró la duda de desconocer alguna normativa.

Etiquetas: Código Fiscal CABA, Artículo 180 Inciso 13 CABA, Ingresos taxímetros CABA, Normativa taxis CABA, Explotación automóviles alquiler CABA, Impuesto taxis CABA, Exención Ingresos Brutos Taxis CABA
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Re: UBER Dudas facturación

Mensaje por ba5e1aa74d »

hola, estoy revisando la guia para poder trabajar como conductor de uber https://requisitosytramites.com/uber-argentina/ y veo que en los requisitos piden hay que tener el monotributo dado de alta para poder trabajar, la consulta es si tengo que hacer una factura por servicios de exportacion E y cargar los datos del CUIT de persona juridaca de estados unidos para poder facturar?, porque al no tener cuit uber en argentina no tengo forma de poder hacer la consulta. gracias
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Re: UBER Dudas facturación

Mensaje por Estudio Contable GS »

AnPaola escribió:Buen dia, Ana super entendible tu explicación! Me aclaraste muchísimas dudas, pero tengo una duda respecto a la liquidacion en Convenio Multilateral, el código de actividad tendría que ser : 492120- Servicios de trasporte automotor de pasajeros mediante taxis y remises , alquiler de autos con chofer.
Y se liquidaría por ART.9.
Les parece correcto mi punto de vista?
Desde ya muchas gracias!
Correcto.
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Re: Uber Dudas facturación

Mensaje por Arielx3000 »

Buenas tardes. Consulta: soy chofer de Uber. Dentro del Convenio Multilateral tengo entendido que no estoy obligado a facturar. ¿Es correcto eso?

Etiquetas: chofer Uber, Convenio Multilateral, obligación facturar, impuestos Uber, facturación Uber, Convenio Multilateral Uber, Monotributo Uber
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Re: UBER Dudas facturación

Mensaje por Estudio Contable GS »

No sé quien te dijo eso, pero es erróneo.

Tenés que facturar por cualquier servicio que prestes, como cualquier actividad.

Si te interesa contar con asesoramiento profesional, podés contactarnos.

Saludos.

Etiquetas: facturar servicios, obligación de facturar, asesoramiento profesional, asesoría contable, servicios contables, asesoramiento fiscal, contadores
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Re: UBER Dudas facturación

Mensaje por Estudio Contable MEB »

Si realizas traslados a provincia y CABA, corresponde convenio; el que te dijo eso no tiene idea de cómo funcionan Ingresos Brutos.

Etiquetas: Ingresos Brutos, Convenio Multilateral, Liquidación Ingresos Brutos, Operaciones interjurisdiccionales, Tributación provincial, Impuestos interprovinciales
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Re: UBER Dudas facturación

Mensaje por Hugo Alonso »

Hola
Te quería consultar sobre la exención.
El art. 180 habla de servicios de transporte de autos de alquiler, con taxímetros
(Código Fiscal de CABA, Art. 180. inciso 13. 13).
¿Qué opinás del servicio de Uber o Cabify?
No tienen taxímetros, pero la aplicación entiendo que sería asimilable, ya que tira una tarifa de acuerdo con kilómetros y tiempos.
¿Hasta 3 unidades se entiende que es exento?
¿Hay alguna normativa o aclaración al respecto?
Porque ni Uber ni Cabify piden la inscripción en Ingresos Brutos.

Gracias

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Re: UBER Dudas facturación

Mensaje por Hugo Alonso »

Por ahí leí que a Uber le tendrían que facturar con E de exportación.
Entiendo que es incorrecto, porque el servicio no es utilizado en el exterior sino en el país. Para blanquear el tema, se debería facturar al cliente.

Finalmente, quisiera colaborar con la analogía.
Cabify pide a sus chóferes que le envíen una factura electrónica semanal por los servicios prestados en la semana, sea en efectivo o con tarjeta.
El chófer debe enviar su factura a ellos y no al cliente. Es recontrablanco, se recibe un resumen semanal y el sistema proporciona todo, hasta el facturador por la web. Se confecciona los días miércoles. Al día siguiente se recibe el pago por transferencia.
En cuanto al comprobante para el cliente, entiendo que reciben uno de parte de Cabify.

Etiquetas: facturación Uber, facturación Cabify, factura E exportación, factura electrónica chóferes, facturación plataformas digitales, blanquear facturación, comprobante cliente
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Re: UBER Dudas facturación

Mensaje por Estudio Contable GS »

Hugo Alonso escribió:Por ahí leí que a Uber le tendrían que facturar con E de exportación.
Entiendo que es incorrecto, porque el servicio no es utilizado en el exterior sino en el país. Para blanquear el tema, se debería facturar al cliente.

Finalmente, quisiera colaborar con la analogía.
Cabify pide a sus chóferes que le envíen una factura electrónica semanal por los servicios prestados en la semana, sea en efectivo o con tarjeta.
El chófer debe enviar su factura a ellos y no al cliente. Es recontra blanco. Se recibe un resumen semanal y el sistema proporciona todo, hasta el facturador por la web. Se confecciona los días miércoles. Al día siguiente se recibe el pago por transferencia.
En cuanto al comprobante para el cliente, entiendo que reciben uno de parte de Cabify.
Así es como se tiene que trabajar.

Vos le prestás un servicio a Cabify y Cabify le presta el servicio al cliente que pide el servicio.

Cabify te "contrata" a vos para trasladar al cliente.

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Re: UBER Dudas facturación

Mensaje por Estudio Contable MEB »

Hugo Alonso escribió:Hola.
Te quería consultar sobre la exención.
El Artículo 180 habla de servicios de transporte de autos de alquiler, con taxímetros (Código Fiscal de CABA, Artículo 180, inciso 13).
¿Qué opinás del servicio de Uber o Cabify?
No tienen taxímetros, pero la aplicación entiendo que sería asimilable, ya que tira una tarifa de acuerdo con kilómetros y tiempos.
¿Hasta 3 unidades se entiende que es exento?
¿Hay alguna normativa o aclaración al respecto?
Porque ni Uber ni Cabify piden la inscripción en Ingresos Brutos.

Gracias
Esa exención es solo para taxis. Uber ni Cabify están alcanzados por esa normativa y, sobre todo, Uber ni siquiera está reglamentado en cuanto a la normativa de trabajo. Que no pidan inscripción de Ingresos Brutos no significa que no tengas que inscribirte y pagar. Cuando empezó Uber tampoco pedían inscripción de Monotributo. En caso de que no estés inscripto en IB, la jurisdicción que tengas tu domicilio va a intimarte pidiendo la inscripción retroactiva a la fecha en que te anotaste en Monotributo. Tené en cuenta que todas las provincias hacen chequeos constantes con la base de AFIP.
Estás equivocado con respecto a Cabify porque para darte de alta te piden inscripción de Monotributo y de Ingresos Brutos, y el número de inscripción también.
Hugo Alonso escribió:Por ahí leí que a Uber le tendrían que facturar con "E" de exportación.
Entiendo que es incorrecto, porque el servicio no es utilizado en el exterior sino en el país. Para blanquear el tema, se debería facturar al cliente.

Finalmente, quisiera colaborar con la analogía.
Cabify pide a sus choferes que le envíen una factura electrónica semanal por los servicios prestados en la semana, sea en efectivo o con tarjeta.
El chofer debe enviar su factura a ellos y no al cliente. Es recontra blanco: se recibe un resumen semanal y el sistema proporciona todo, hasta el facturador por la web. Se confecciona los días miércoles. Al día siguiente se recibe el pago por transferencia.
En cuanto al comprobante para el cliente, entiendo que reciben uno de parte de Cabify.
El sistema de Cabify es el correcto, ya que vos trabajás para ellos y es a ellos a quienes debés facturar. Es lo mismo para el caso de Uber.

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