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Re: EXENCION IVA/GANANCIAS

Publicado: Jue Mar 10, 2016 12:13 pm
por pakisa
invitado escribió:
pakisa escribió:Buenas tardes, quisiera hacer una consulta relacionada con el tema del asunto.
tengo un cliente profesional en seguridad e higiene que trabaja para ART brindando asesoramiento a las empresas que contrataron a esas art-
o sea les factura a las ART. mi pregunta es si esos servicios estan exentos en IVA por aplicacion del art 31.1 del decreto reglamentario: "Los importes que deban abonar las aseguradoras de riesgos del trabajo, por las prestaciones sanitarias, médicas y paramédicas, brindadas en el marco de sus contratos de afiliacion, tendran igual tratamiento que el previsto para las obras sociales respectos de sus afiliados obligatorios" . en mi caso ese servicio de asistencia y capacitacion es mas preventivo pero es parte de los servicios que debe prestar la ART en el marco de sus contratos de afiliación, y quien en los hechos lo brinda es mi cliente. .
Que opinan ? esta exento ? gracias por su tiempo.
Exención objetiva.


Hola muchas gracias por su respuesta. si me permitis .... es una respuesta basada en lo transcrito, jurisprudencia o experiencia profesional ? porque en la AFIP no me supieron aclarar el tema y necesito fundamentar la postura.
gracias de nuevo.

Re: EXENCION IVA/GANANCIAS

Publicado: Jue Mar 10, 2016 3:22 pm
por invitado
pakisa escribió:
invitado escribió:
pakisa escribió:Buenas tardes, quisiera hacer una consulta relacionada con el tema del asunto.
Tengo un cliente profesional en seguridad e higiene que trabaja para ART brindando asesoramiento a las empresas que contrataron a esas ART.
Es decir, les factura a las ART. Mi pregunta es si esos servicios están exentos en IVA por aplicación del art 31.1 del Decreto Reglamentario: "Los importes que deban abonar las aseguradoras de riesgos del trabajo, por las prestaciones sanitarias, médicas y paramédicas, brindadas en el marco de sus contratos de afiliación, tendrán igual tratamiento que el previsto para las obras sociales respecto de sus afiliados obligatorios".
En mi caso, ese servicio de asistencia y capacitación es más preventivo, pero es parte de los servicios que debe prestar la ART en el marco de sus contratos de afiliación, y quien en los hechos lo brinda es mi cliente.
¿Qué opinan? ¿Está exento? Gracias por su tiempo.
Exención objetiva.
Hola, muchas gracias por su respuesta. Si me permitís..., ¿es una respuesta basada en lo transcrito, jurisprudencia o experiencia profesional? Porque en la AFIP no me supieron aclarar el tema y necesito fundamentar la postura.
Gracias de nuevo.
Me rectifico. Analizando tu caso, no procedería (a mi juicio) la exención, ya que esta procede cuando una ART debe pagar a un prestador (obra social) por servicio prestado a un afiliado obligatorio.
Por ejemplo, Juan es afiliado obligatorio de OSECAC (empleado de comercio); en horario de trabajo se quiebra un pie (empieza a correr el tema ART). Cuando Juan es dado de alta de la clínica, la ART debe pagarle a esa clínica (prestador de la ART) los servicios médicos y paramédicos. Ese pago va exento de IVA.
En el caso que planteas, el prestador del servicio de capacitación no es obra social; por ende, no procede exención.

Re: Exención IVA/Ganancias

Publicado: Jue Mar 10, 2016 3:24 pm
por invitado
pakisa escribió:
invitado escribió:
pakisa escribió:Buenas tardes, quisiera hacer una consulta relacionada con el tema del asunto.
tengo un cliente profesional en seguridad e higiene que trabaja para ART brindando asesoramiento a las empresas que contrataron a esas art-
o sea les factura a las ART. mi pregunta es si esos servicios estan exentos en IVA por aplicacion del art 31.1 del decreto reglamentario: "Los importes que deban abonar las aseguradoras de riesgos del trabajo, por las prestaciones sanitarias, médicas y paramédicas, brindadas en el marco de sus contratos de afiliacion, tendran igual tratamiento que el previsto para las obras sociales respectos de sus afiliados obligatorios" . en mi caso ese servicio de asistencia y capacitacion es mas preventivo pero es parte de los servicios que debe prestar la ART en el marco de sus contratos de afiliación, y quien en los hechos lo brinda es mi cliente. .
Que opinan ? esta exento ? gracias por su tiempo.
Exención objetiva.


Hola muchas gracias por su respuesta. si me permitis .... es una respuesta basada en lo transcrito, jurisprudencia o experiencia profesional ? porque en la AFIP no me supieron aclarar el tema y necesito fundamentar la postura.
gracias de nuevo.
http://nulan.mdp.edu.ar/1151/1/et_fernandez_dg.pdf

Re: Exención IVA/Ganancias

Publicado: Vie Mar 11, 2016 2:21 pm
por pakisa
Excelente! te agradezco el tiempo y dedicación en ayudarme. que Dios te bendiga por tu generosidad.

Re: EXENCION IVA/GANANCIAS

Publicado: Vie Mar 11, 2016 2:55 pm
por invitado
pakisa escribió:Excelente! te agradezco el tiempo y dedicación en ayudarme. que Dios te bendiga por tu generosidad.

Gracias, igualmente Colega Profesional....!

Re: Exención IVA/Ganancias

Publicado: Mié Sep 21, 2016 3:06 pm
por Gaston Mendez
Buen día, estimados colegas: Les comento la siguiente situación que me genera dudas: Un contribuyente RI (autónomo, actividad: servicio de emergencias y traslados) que presta servicios de traslados a pacientes de ART (con vehículos y ambulancias subcontratadas), ¿al facturarle este servicio a la ART, estaría exento del IVA? (Art. 7 inc. h).
En estos momentos, le viene facturando con alícuota del 10.5 % por los servicios prestados tanto en autos como en ambulancias (Art. 28).
¿Qué me recomendarían? ¿Viene bien facturando o tendría que pasar a exento?
Si tuviera que pasar a exento, ¿tendría que presentar algo en AFIP?
Muchas gracias y saludos cordiales.

Etiquetas: IVA exento servicios traslados, facturación ART IVA, Art. 7 inc. h IVA Argentina, Responsable Inscripto IVA servicios, IVA 10.5 servicios emergencias, AFIP cambio condición IVA, IVA servicios ambulancias ART

Re: EXENCIÓN IVA/GANANCIAS

Publicado: Mié Sep 21, 2016 3:39 pm
por Eduardo
Gaston Mendez escribió:Buen día estimados colegas, le comento la siguiente situación que me surgen dudas, un contribuyente RI (autónomo, actividad: servicio de emergencias y traslados) que presta servicios de traslados a pacientes de ART (con vehículos y ambulancias subcontratadas), al facturarle este servicio a la ART ¿estaría exento del IVA? (Art. 7, inc. h.) En estos momentos le viene facturando con alícuota del 10.5% por los servicios prestados tanto en autos como en ambulancias (Art. 28). ¿Qué me recomendarían? ¿Viene bien facturando o tendría que pasar a exento? Si tendría que pasar a exento, ¿tendría que presentar algo en AFIP? Muchas Gracias y saludos cordiales.
Lo que está exento son los servicios de asistencia sanitaria (aún tercerizados). Para que proceda la exención, debe tener una constancia emitida por el prestador original. Artículo 31 DR Ley de IVA. Saludos.

Etiquetas: IVA servicios traslados ART, exención IVA asistencia sanitaria, alícuota IVA 10.5% ART, Artículo 7 inciso H Ley IVA, Artículo 31 DR Ley IVA, facturación servicios médicos tercerizados, IVA ambulancias exentas, constancia prestador original IVA

Re: Exención IVA/Ganancias

Publicado: Jue Sep 22, 2016 12:51 am
por Gaston Mendez
Antes que nada, muchas gracias por la respuesta, Eduardo. Entonces, por un lado, el servicio de traslado que le factura a las ART estaría exento y no gravado al 10,5 % como les venía facturando. Por otro lado, para que proceda la exención, ¿debe obtener el contribuyente una constancia emitida por AFIP o de la ART?
Saludos cordiales.

Etiquetas: servicio de traslado ART, IVA exento servicio traslado, facturación ART, constancia exención AFIP, gravedad 10,5% IVA, régimen impositivo ART

Re: Exención IVA/Ganancias

Publicado: Jue Sep 22, 2016 8:47 am
por Eduardo
De la ART y tramitar la exención ante AFIP. Saludos.

Etiquetas: ART, AFIP, exención ART, tramitar exención, exención AFIP, trámites AFIP, tramitar ART

Re: EXENCIÓN IVA/GANANCIAS

Publicado: Jue Sep 22, 2016 5:59 pm
por Gaston Mendez
Muchas gracias colega. Saludos cordiales.

Etiquetas: Colega contador, foro contadores, comunidad contable, ayuda contable, consulta impositiva, dudas contabilidad, agradecimiento contable, intercambio profesional contable