Escribanos porteños deberán informar compraventa de inmueble

Mantente actualizado con las últimas novedades del ámbito contable. Aquí compartimos y comentamos noticias de AFIP, vencimientos impositivos y cambios en la legislación.
Noticias Contables
Mensajes: 0
Registrado: Mié Mar 20, 2013 1:04 pm

Escribanos porteños deberán informar compraventa de inmueble

Mensaje por Noticias Contables »

Escribanos porteños deberán informar compraventa de inmuebles del Distrito de las Artes, ');eIFD.close();
var s = eIFD.createElement('SCRIPT'); s.src = 'http://' + (eS2?eS2:eS1) +'/layers/epl-41.js';
eIFD.body.appendChild(s);
if (!eS2) {
var ss = eIFD.createElement('SCRIPT');
ss.src = 'http://ads.e-planning.net/egc/4/40a5';
eIFD.body.appendChild(ss);
}
eplLL = true;
return false;
}
}
eplCheckStart();
function eplSetAd(eID) {
if (eplCheckStart()) {
var opts = (eplArgs.sOpts && eplArgs.sOpts[eID]) ? eplArgs.sOpts[eID] : {};
if (opts.custF) { document.epl.setCustomAdShow(eID,opts.custF); }
document.epl.setSpace(eID, opts);
} else {
setTimeout('eplSetAd("'+eID+'");', 250);
}
}
function eplAD4(eID, opts) {
document.write('');
if (!opts) opts = {t:1};
if (!eplArgs.sOpts) { eplArgs.sOpts = {}; }
eplArgs.sOpts[eID] = opts;
eplSetAd(eID);
}
//-->

$j(function(){
var myObj = $j('.redes-sociales-flotantes');
var marginTop = myObj.offset().top;

$j(window).scroll(function(){
if($j(this).scrollTop() > marginTop){
myObj.addClass('fixed');
}else{
myObj.removeClass('fixed');
}
});
});










La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) lanzó un régimen de información que recaerá sobre escrituras públicas o cualquier otro instrumento por los que se transfieran el dominio o se otorgue la posesión o tenencia de bienes inmuebles relacionados directamente con las actividades promovidas por la Ley 4.353 y ubicados dentro del Distrito de las Artes.
La resolución 93/2014 de la AGIP destacó que la obligación deberá ser cumplida por los escribanos públicos que intervengan en la formalización de esos instrumentos.Asimismo, la normativa aclara que "deben confeccionar la declaración jurada mediante el programa aplicativo Sistema Integrado de Escrituras (SIE) habilitado a tal efecto en la página de Internet del Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.colegio-escribanos.org.ar)".Por último, la resolución advierte que las disposiciones de la misma serán obligatorias a partir del primer día hábil de marzo.



Powered By WizardRSS.com | Full Text RSS Feed | RFID | Amazon Affiliate, Imagen
Responder