Consulta blanqueo dólares

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jorgeernestopeloso
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Consulta blanqueo dólares

Mensaje por jorgeernestopeloso »

Hola, presenté todas las declaraciones de BBPP desde el 2011 a la fecha. Si bien declaré cierta cantidad de dólares en efectivo y en cajas de ahorro, tengo 20 mil dólares que nunca declaré.
Puedo justificar todo mi patrimonio, todo fruto de mi trabajo en relación de dependencia, y todos los dólares (incluidos los 20k en efectivo) adquiridos legalmente en mi banco.

Mi consulta es si puedo presentar rectificativas por cada período desde el 2011 al 2015, pagando las multas e intereses, o debo adherir al blanqueo?

Mi contador actual me dice que debo adherir al blanqueo sí o sí, pero no estoy convencido. Digo, si no existiera este blanqueo y quiero regularizar mi situación, ¿no tengo manera?

Desde ya muchas gracias,
Jorge

Etiquetas: Dólares no declarados, Rectificativas Bienes Personales, Blanqueo fiscal Argentina, Regularización patrimonial AFIP, Multas e intereses fiscales, Justificación de fondos, Patrimonio no declarado
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Jast
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Re: Consulta blanqueo dólares

Mensaje por Jast »

Si tú con tus ingresos podés justificar la compra de los dólares como decís, no necesitás blanquear, directamente rectificá tus declaraciones de Bienes Personales poniendo el valor correcto y pagá la diferencia con la moratoria de la Ley 27260.
Espero te sirva.
Saludos.

Etiquetas: Bienes Personales, moratoria fiscal, Ley 27260, rectificar declaración jurada, justificar compra dólares, blanqueo fiscal
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Eduardo
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Re: Consulta blanqueo dólares

Mensaje por Eduardo »

jorgeernestopeloso escribió:Hola, presenté todas las declaraciones de BBPP desde el 2011 a la fecha. Si bien declaré cierta cantidad de dólares en efectivo y en cajas de ahorro, tengo 20 mil dólares que nunca declaré.
Puedo justificar todo mi patrimonio, todo fruto de mi trabajo en relación de dependencia, y todos los dólares (incluidos los 20k en efectivo) adquiridos legalmente en mi banco.

Mi consulta es si puedo presentar rectificativas por cada período desde el 2011 al 2015, pagando las multas e intereses, o debo adherir al Blanqueo?

Mi contador actual me dice que debo adherir al Blanqueo sí o sí, pero no estoy convencido. Digo, si no existiera este Blanqueo y quiero regularizar mi situación, ¿no tengo manera?

Desde ya, muchas gracias,
Jorge
Que un familiar tuyo exteriorice los 20.000 dólares, ya que no llegás a los $305.000 y así no pagas ni el impuesto especial ni multas ni intereses por presentar retroactivas. Tenés tiempo hasta el 31/10/2016.
Saludos.

Etiquetas: Dólares no declarados, Blanqueo de Capitales, Rectificativas Bienes Personales, Regularización fiscal, Multas e intereses AFIP, Patrimonio no declarado, Justificación de bienes
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Re: Consulta blanqueo dólares

Mensaje por Estudio Contable GS »

jorgeernestopeloso escribió:Hola, presenté todas las declaraciones de BBPP desde el 2011 a la fecha. Si bien declaré cierta cantidad de dólares en efectivo y en cajas de ahorro, tengo 20 mil dólares que nunca declaré.
Puedo justificar todo mi patrimonio, todo fruto de mi trabajo en relación de dependencia, y todos los dólares (incluidos los 20k en efectivo) adquiridos legalmente en mi banco.

Mi consulta es si puedo presentar rectificativas por cada período desde el 2011 al 2015, pagando las multas e intereses, o debo adherir al blanqueo?

Mi contador actual me dice que debo adherir al blanqueo sí o sí, pero no estoy convencido. Digo, si no existiera este blanqueo y quiero regularizar mi situación, ¿no tengo manera?

Desde ya muchas gracias,
Jorge
Jorge, buenas tardes.

Hay que poder explicar bien la situación de parte del contador hacia el cliente, para que este pueda entender las ventajas y perjuicios de adherir al Blanqueo, en comparación con presentar las DDJJ rectificativas de Bienes Personales desde el momento en el cual, por agregar los dólares (entiendo que los mismos fueron adquiridos mediante el MULC y no "en negro"), debería tributar las diferencias de cada DDJJ, abonar los intereses de dichas DDJJ desde su vencimiento hasta el día del efectivo pago, y lo mismo las diferencias por los anticipos que se deberían haber pagado en los años posteriores a dichas DDJJ (en este caso, solo se abonarían los intereses de dichos anticipos, ya que el anticipo, una vez presentada la DDJJ, queda contenido en la misma).

Si consideramos que el blanqueo que vos tenés que hacer son solo USD 20.000 y el resto de tu patrimonio está 100% declarado vía DDJJ de Bienes Personales de los años anteriores, mi posición es ir por el Blanqueo, por tres cuestiones:

1) La exteriorización está por debajo de los $305.000, por lo cual el Impuesto Especial sería, en este caso, "cero".
2) Mediante el acogimiento al Sinceramiento Fiscal, estarías obteniendo un "Bloqueo Fiscal" al 22/07/2016, por lo cual la AFIP no podría ir contra tu patrimonio ni contra ninguna diferencia por inconsistencia entre ingresos genuinos e incremento patrimonial de dicha fecha hacia atrás. O sea, te cubrís de que hasta el 22/07/2016 no recibirías ningún reclamo.
3) Si los dólares los hubieras comprado fuera del MULC ("en negro"), de esta forma estarías regularizando tu situación y evitando cualquier reclamo por dicha forma de adquisición irregular.

Sobre por qué mi consejo no sería presentar las DDJJ de Bienes Personales rectificativas de todos los años que corresponda, para poder demostrar la evolución patrimonial diferencial por la tenencia de dichos dólares (siempre y cuando sean "en blanco"), serían sencillamente las siguientes:

1) Deberías abonar las diferencias de impuesto no pagadas, tanto de las DDJJ como del diferencial de los anticipos, con más sus intereses por pago fuera de término;
2) Al ser, según la Ley 27.260, "Bienes Ocultos", no podrías adherir a la moratoria especial de dicha ley y deberías abonarlos casi de contado (mediante el plan general, que facilita muy baja financiación);
3) No obtendrías el beneficio del "Bloqueo Fiscal", por lo cual podrías quedar expuesto al reclamo de las multas correspondientes según la Ley 11.683;
4) Si los dólares fueran obtenidos por fuera del MULC, podrías recibir el reclamo por evasión de la Ley Cambiaria, al margen de las cuestiones impositivas descriptas precedentemente.
5) Al incorporar "Bienes Ocultos", el Monto Consumido de tu DDJJ de Ganancias (si la presentás, y si no, la demostración de tus ingresos) se vería reducido en la cuantía de la incorporación de dichos dólares, por lo cual esto en la AFIP genera una alerta de fiscalización casi instantánea, cuestión que es desaconsejable, salvo que la justificación pueda resistir dicha fiscalización.
El "Monto Consumido" es la presentación ante la AFIP de cuál fue tu valor personal en el año, con el cual viviste, al margen de los incrementos/decrementos patrimoniales. Eso debería demostrar tus consumos con tarjeta de débito, crédito, viajes, etc., que tuviste en el año y que la AFIP tiene información mediante los diversos Regímenes de Información que tiene con cada vez más organismos, empresas y particulares.

En síntesis:

Si tu contador pudiera explicarte esta cuestión, al margen de que vos tengas la decisión final, no habría mucha duda y la situación de poder regularizar tu situación mediante el acogimiento a la Ley 27.260, en función del Sinceramiento Fiscal, te estaría permitiendo evitar, a futuro, varios problemas que hoy en día sí tendrías.

Y sobre la cuestión que decías de si no estuviera la Ley del Sinceramiento Fiscal, podrías regularizar la situación, pero irías al riesgo de lo que te comentaba de rectificar las DDJJ de Bienes Personales para incorporar bienes no declarados inicialmente.

Etiquetas: blanqueo de capitales, declaración jurada rectificativa, dólares no declarados, regularizar bienes no declarados, multas e intereses AFIP, bloqueo fiscal, bienes personales
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Re: Consulta blanqueo dólares

Mensaje por Estudio Contable MEB »

jorgeernestopeloso escribió:Digo, si no existiera este blanqueo y quiero regularizar mi situación, no tengo manera?
Es que está mal dicho "blanqueo" desde mi punto de vista porque uno si quiere puede "blanquear" su situación impositiva el día que quiera, eso sí pagando los impuestos que correspondan más multas e intereses correspondientes; lo que hace este "blanqueo" es que, pagando un único impuesto especial, se condone toda la situación de una manera mucho más económica que fuera del blanqueo. Saludos.

Etiquetas: Blanqueo fiscal, regularizar situación impositiva, amnistía fiscal, impuesto especial, condonación de multas, intereses fiscales, deudas impositivas
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Re: Consulta blanqueo dólares

Mensaje por jorgeernestopeloso »

Muchas gracias a todos por sus respuestas, especialmente Gabriel por la explicación detallada. Mi contador no me explicó todo esto, aunque parece que tenía buenas razones para ir por la opción del blanqueo.

La única duda que me queda es qué pasa con los inmuebles que uno sí declaró en BBPP, pero a valor fiscal, ya que es un bien heredado. ¿Ese inmueble hay que "blanquearlo" a valor de plaza ahora?
Este punto me parece clave, porque según leí por ahí, si la AFIP descubre luego que algo no se blanqueó, se cae todo el blanqueo.

Es bastante confuso para el ciudadano de a pie. Y lamentablemente a mi contador no lo veo muy ducho en este tema.

Buen fin de semana, caballeros.

Etiquetas: Blanqueo de capitales, Inmuebles blanqueo, Bienes Personales, Valor fiscal inmuebles, Valor de plaza, AFIP blanqueo, Blanqueo bienes heredados
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Re: Consulta blanqueo dólares

Mensaje por Estudio Contable GS »

No, Jorge.

Lo declarado en Bienes Personales, si cumple con lo normado en dicha ley, no hay que valuarlo a valor de plaza.

Para las DDJJ anuales es correcto tomar precio de compra contra valuación fiscal, lo mayor. Así dice la ley.

Valor de plaza es específicamente para cuando tienes que blanquearlo por no haberlo declarado antes, que no sería tu caso.

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Re: Consulta blanqueo dólares

Mensaje por Estudio Contable MEB »

Ingresa a valor de plaza cuando es por blanqueo, pero si lo tienes correctamente declarado, sigue la valuación que tomaste en Bienes Personales.

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Re: Consulta blanqueo dólares

Mensaje por Eduardo »

jorgeernestopeloso escribió:Muchas gracias a todos por sus respuestas, especialmente Gabriel por la explicación detallada. Mi contador no me explicó todo esto, aunque parece que tenía buenas razones para ir por la opción del blanqueo.

La única duda que me queda es qué pasa con los inmuebles que uno SI declaró en BBPP, pero a valor fiscal, ya que es un bien heredado. ¿Ese inmueble hay que "blanquearlo" a valor de plaza ahora?
Este punto me parece clave, porque según leí por ahí, si la AFIP descubre luego que algo no se blanqueó, se cae todo el blanqueo.

Es bastante confuso para el ciudadano de a pie. Y lamentablemente a mi contador no lo veo muy ducho en este tema.

Buen fin de semana caballeros.
Jorge:
Tu contador debe realizar la DJ confirmativa, para que todos tus bienes declarados con anterioridad en las declaraciones juradas, accedan al "tapón fiscal" y que AFIP no te investigue (en teoría) por las DJ que accedieron al tapón fiscal ni a la declaración jurada voluntaria (exteriorización).
Saludos.
Eduardo.

Etiquetas: Blanqueo de capitales, tapón fiscal, AFIP blanqueo, inmuebles blanqueo, DJ confirmativa, exteriorización de bienes, valor fiscal inmuebles
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Re: Consulta blanqueo dólares

Mensaje por Estudio Contable GS »

Ojo, que hay un error importante en el comentario de Eduardo, lo cual te puede llevar en el futuro (salvo corregir el error, aunque todavía la AFIP no sabe cómo se resuelve) a perder la opción de entrar en el Blanqueo.

No pueden ejercer la opción de Confirmación de Datos quienes vayan a entrar al Blanqueo.

Esta opción está solo habilitada para quienes, según la DDJJ períodos 2015, tienen todo su patrimonio exteriorizado.

Aquí lo expone claramente el ABC de la AFIP.

https://www.afip.gob.ar/genericos/guiav ... d=20528134

Saludos.

Etiquetas: Blanqueo, AFIP, Confirmación de Datos, Patrimonio exteriorizado, DDJJ 2015, Error Blanqueo, ABC de la AFIP
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