Junto al vencimiento, la AFIP modificó el software para info

Mantente actualizado con las últimas novedades del ámbito contable. Aquí compartimos y comentamos noticias de AFIP, vencimientos impositivos y cambios en la legislación.

Moderador: contadoria

Noticias Contables
Mensajes: 0
Registrado: Mié Mar 20, 2013 1:04 pm

Junto al vencimiento, la AFIP modificó el software para info

Mensaje por Noticias Contables »

Junto al vencimiento, la AFIP modificó el software para informar las compras y las ventas,
"La incorporación de la información correspondiente a las notas de crédito -emitidas por el contribuyente o recibidas de sus proveedores- debe efectuarse dentro del reporte de las operaciones de venta, en el caso de las notas de crédito emitidas por el contribuyente, y dentro del reporte de las operaciones de compras, en el caso de las notas de crédito recibidas de sus proveedores, respectivamente, indicando siempre el código del tipo de documento que corresponde a notas de crédito", aclararon desde el organismo de recaudación.
El aplicativo habilitado por la AFIP efectúa automáticamente el cruzamiento de la restitución de créditos fiscales o débitos fiscales originados en las notas de crédito informadas. "Ello se visualizará en los resúmenes de ventas y compras del respectivo mes y que se muestran al generar la presentación a transmitir", agrega el informe.
En tanto, respecto de los comprobantes que no cumplen con los requerimientos o las normas de la resolución general 1415, el fisco nacional señaló que "deben ser informados como tipo de comprobante 099". 
Por otra parte, y en los casos en que la operación se encuentre no alcanzada por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), deberá consignarse la opción “A - No Alcanzado” en el campo "Código de Operación".
"En tales casos la aplicación exige indicar 1 como número de tasas del IVA incidiendo en el documento, y al informar la base imponible -en el detalle adicional correspondiente a cada documento- deberá consignarse como base imponible el importe total del documento; como alícuota aplicable el tipo 03 (alícuota 0%) y cero en el importe del impuesto contenido en documento", detallaron desde el fisco nacional.
De tal forma, tales comprobantes serán totalizados en el resumen de operaciones de compras como operaciones no alcanzadas por el gravamen.
En otro orden de cosas, los contadores también reclamaban una respuesta respecto a la posibilidad de informar las compras de manera global.
"Si bien no existe normativa alguna para informar las compras en forma global, excepcionalmente se ha facilitado esta modalidad, con carácter provisorio -dada la posibilidad de no disponer información detallada en comprobantes menores u originados en ciertas operaciones de compra-", puntualizaron los funcionarios.
Para este reporte, la aplicación tiene una limitación cuantitativa con relación al del total del período (antes de su prorrateo). Por ello puede requerirse para este reporte global del crédito fiscal de operaciones no detalladas la segregación de información individual incluida en el intento de reporte global para habilitar la generación de la presentación.
Los funcionarios de la AFIP también aclararon que el aplicativo tiene prevista la opción de informar el prorrateo del crédito fiscal por compras tanto a nivel de cada comprobante como en forma global.
A tal fin se deberá seleccionar luego de consignar el mes que se pretende informar la opción de prorrateo pertinente -es decir, global o por comprobante-.
La información a ser incorporada a la aplicación por un proceso de importación de datos debe ser la primera información a incorporar en el reporte mensual. 
"Luego de dicha importación el sistema permitirá incluir la información de documentos adicionales a los importados o la información global de operatorias específicas referidas al comentar previamente el reporte de comprobantes en forma global", aclara el informe confeccionado por el fisco nacional.
Además, debe considerarse que el proceso de importación es único: la aplicación no permite la incorporación de información por importaciones sucesivas. 
No obstante, desde la AFIP aclararon que "esta limitación podrá ser modificada, para habilitar más de una importación, en nuevas versiones de la aplicación".
Powered By WizardRSS.com | Full Text RSS Feed, Imagen
Responder