Autónomos - deuda de periodos sin actividad

Responder
RosannaPat
Mensajes: 22
Registrado: Jue Jul 07, 2022 12:08 am
Es Contador Público?:

Autónomos - deuda de periodos sin actividad

Mensaje por RosannaPat »

Buenas noches,
Tengo el caso de un cliente que se inscribió en Afip en Octubre 2003, y no tuvo actividad alguna, dándose de baja el 09/2005 en IVA, Ganancias y Autónomos.
Se cumplió con las presentaciones de las DDJJ de IVA sin actividad, hasta la fecha de baja.
Se cumplió con las presentaciones de las DDJJ impuesto a las ganancias, hasta la fecha de baja 10/2005.
En autónomos lamentablemente por desconocimiento del cliente, hubo varios periodos que no se pagaron, por lo que la deuda pendiente va del 9/2004 a 9/2005, fecha en que logro darse de baja en ese impuesto.
El problema es que la deuda a la fecha con los intereses atrasados, es muy elevada para sus ingresos.
Consulta:
Viendo que la deuda de autónomos tiene más de10 años, estaría prescripta?
El cliente al dia de hoy es un trabajador en relación de dependencia con una antigüedad de 15 años en su puesto, y de 44 años de edad, con lo que sus aportes por su trabajo, está en condiciones de reunir los 30 años de aportes necesarios para su jubilación.
En este punto, esa deuda podría influir al momento de la liquidación de su jubilación?
Seria conveniente presentar un descargo en AFIP teniendo en cuenta que no tuvo actividad por el lapso que duró esa inscripción?
Son mis primeros pasos como contadora independiente, y desde ya estoy muy agradecida por este foro y los aporte que puedan realizar al tema.

Cordialmente,
Rosana Perna
Estudio Contable MEB
Mensajes: 1946
Registrado: Mar Jul 09, 2013 3:26 am
Es Contador Público?:
Ubicación: CABA
Contactar:

Re: Autónomos - deuda de periodos sin actividad

Mensaje por Estudio Contable MEB »

la deuda esta prescripta seguramente salvo que hayan iniciado acciones judiciales pero lo dudo viendo que pasaron tantos años, que lo deje asi no pague nada ya prescribio.
Marcelo Borra
Contador Publico (UBA)
Tomo 366 Folio 196 CPCECABA
Celular: 15-3768-9781
Web http://www.estudiocontablemeb.com.ar/
Email: info@estudiocontablemeb.com.ar
Link directo whatsapp: https://wa.me/message/LYBC42GWEQIIN1
RosannaPat
Mensajes: 22
Registrado: Jue Jul 07, 2022 12:08 am
Es Contador Público?:

Re: Autónomos - deuda de periodos sin actividad

Mensaje por RosannaPat »

Estudio Contable MEB escribió:la deuda esta prescripta seguramente salvo que hayan iniciado acciones judiciales pero lo dudo viendo que pasaron tantos años, que lo deje asi no pague nada ya prescribio.
Entiendo que no se iniciaron acciones judiciales. Así que informaré de la prescripción.
Muchísimas gracias por tu respuesta!!!
RosannaPat
Mensajes: 22
Registrado: Jue Jul 07, 2022 12:08 am
Es Contador Público?:

Re: Autónomos - deuda de periodos sin actividad

Mensaje por RosannaPat »

RosannaPat escribió:
Estudio Contable MEB escribió:la deuda esta prescripta seguramente salvo que hayan iniciado acciones judiciales pero lo dudo viendo que pasaron tantos años, que lo deje asi no pague nada ya prescribio.
Entiendo que no se iniciaron acciones judiciales. Así que informaré de la prescripción.
Muchísimas gracias por tu respuesta!!!
En qué Ley se establece la prescripción de deudas para autónomos? la 11683 de procedimiento u otra? gracias!
Estudio Contable MEB
Mensajes: 1946
Registrado: Mar Jul 09, 2013 3:26 am
Es Contador Público?:
Ubicación: CABA
Contactar:

Re: Autónomos - deuda de periodos sin actividad

Mensaje por Estudio Contable MEB »

no hace falta pedir la prescripcion, eso se invoca si te lo reclama afip cosa que por lo que decis no hizo y dudo que vaya a hacer ya que saben que esta prescripto.
Marcelo Borra
Contador Publico (UBA)
Tomo 366 Folio 196 CPCECABA
Celular: 15-3768-9781
Web http://www.estudiocontablemeb.com.ar/
Email: info@estudiocontablemeb.com.ar
Link directo whatsapp: https://wa.me/message/LYBC42GWEQIIN1
RosannaPat
Mensajes: 22
Registrado: Jue Jul 07, 2022 12:08 am
Es Contador Público?:

Re: Autónomos - deuda de periodos sin actividad

Mensaje por RosannaPat »

Estudio Contable MEB escribió:no hace falta pedir la prescripcion, eso se invoca si te lo reclama afip cosa que por lo que decis no hizo y dudo que vaya a hacer ya que saben que esta prescripto.
Buenas tardes!! Perfecto, Muchas gracias!!!
Responder