Desarrollo de actividades

La guía definitiva del Régimen Simplificado. Todo sobre escalas del Monotributo, recategorización, facturación, exclusiones y las últimas novedades de AFIP para pequeños contribuyentes.

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carina2728
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Desarrollo de actividades

Mensaje por carina2728 »

Buenas noches

Necesitaría consultarles respecto de un tema sobre el que tengo dudas.

Una pareja que no está casada ni tiene certificado de concubinato desea realizar la misma actividad económica en un local. Actualmente, tanto la habilitación como el contrato de alquiler del local donde se desarrollan las actividades están a nombre de uno de ellos. Entonces, la consulta es: ¿para que ella también pueda facturar por las ventas del local, necesitaría tener el contrato de alquiler a nombre de ella como para respaldar su monotributo, o haría falta que la habilitación del local también esté a su nombre? ¿O de qué otra manera ella podría facturar dentro del local sin tener problemas a los fines de que encuadre todo dentro de lo permitido por AFIP?

Desde ya, muchas gracias.

Etiquetas: Monotributo pareja no casada, facturar en local compartido, respaldo Monotributo alquiler, habilitación comercial AFIP, AFIP actividad económica pareja, cómo facturar sin contrato alquiler, Monotributo sin local propio
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Re: Desarrollo de Actividades

Mensaje por Estudio Contable GS »

¿A qué le llamás que ella también pueda facturar dentro del local?

¿Que ella ayude al titular impositivo (su novio) o cada uno tiene su actividad?

Si ella está ayudando al titular, va a tener que tener alguna documentación que respalde la relación (certificado de concubinato), ya que ante la primera inspección nadie le va a creer que sean novios y viven juntos si no tienen documentación que lo avala.

Si cada uno tiene su actividad, lo correcto es que los dos figuren en el contrato de alquiler, ya que de lo contrario, ella no está habilitada por el dueño del local para ejercer el comercio.

Saludos.

Etiquetas: Certificado de concubinato, inspección fiscal, contrato de alquiler comercial, habilitación comercial, actividad económica independiente, facturación en local compartido, documentación respaldo fiscal
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Re: Desarrollo de actividades

Mensaje por Estudio Contable MEB »

Para que sea válida la facturación de ambos, tienen que tener contrato de alquiler, habilitación y altas impositivas a nombre de los dos, de lo contrario se entiende que uno está relación de dependencia de otro.

Etiquetas: facturación conjunta, contrato de alquiler, altas impositivas, habilitación comercial, relación de dependencia, validez facturación, requisitos impositivos
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carina2728
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Re: Desarrollo de actividades

Mensaje por carina2728 »

Gracias por la respuesta.

La idea es que ella pueda facturar dentro del local lo mismo que él porque él necesita empezar a facturar en mayor cantidad ventas por Mercado Libre y quiere que su novia se dé de alta en monotributo para facturar las ventas del local.

Con el contrato de alquiler a nombre de los dos y el alta de ella en monotributo, ¿alcanzaría para que ella pueda desarrollar la actividad de venta sin problema?

¿La habilitación del local debería estar a nombre de los dos, o puede quedar como ahora... solo a nombre de él?

¿El certificado de concubinato serviría para evitar cambiar el tema de la habilitación? Entiendo que, al estar respaldados por este papel, no haría falta la habilitación a nombre de los dos... ¿Esto es así?

Desde ya, muchas gracias.
Saludos,
Carina

Etiquetas: Monotributo alta, habilitación comercial, facturación local, contrato alquiler negocio, certificado concubinato negocio, ventas Mercado Libre
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Re: Desarrollo de actividades

Mensaje por Estudio Contable GS »

Mmm, bastante complicado lo que planteás.

Ante una fiscalización, pueden interpretar (lo lógico) que lo hacés solo a los efectos de distribuir la base imponible y lo van a excluir y obligarlo a poner en relación de dependencia a la otra persona.

Lo que convendría en ese caso es que lo del local sea correcto (alquiler, habilitación y facturación, el mismo) y lo de Mercado Libre, se facture a nombre del otro pero sin la mercadería allí (o sea, separarlo perfectamente).

De esa forma no vas a tener problema.

Si tenés la mercadería para despachar en el mismo local, estás complicado y lo que hacés es un enchastre que después puede salirle caro.

Si el cliente lo entiende y quiere correr el riesgo, que lo haga.

Saludos.

Etiquetas: Fiscalización, Base imponible, Relación de dependencia, Facturación, Mercado Libre, Riesgo fiscal, Habilitación comercial, Evasión fiscal
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Re: Desarrollo de actividades

Mensaje por Estudio Contable MEB »

Generalmente, el criterio es que todo esté a nombre de la misma persona; después, cualquier otra interpretación que quieras darle ya corre a cargo de cada profesional y en base a lo que puedas defenderte. Coincido con Gabriel en que es muy riesgoso querer jugársela con un concubinato teniendo mal los papeles cuando está en riesgo de que el fisco interprete que en realidad lo que quisieron hacer es dividir la base imponible y más cuando de sobra los papeles no los tienes en regla, pero ahí ya es cuestión tuya como profesional. Para mí, el riesgo que implica a futuro es muy grande como para no habilitarlo correctamente, pero eso ya es cuestión de cada uno.

Etiquetas: Concubinato impuestos, dividir base imponible, riesgo fiscal, documentación tributaria, asesoría fiscal concubinato, cumplimiento tributario, defensa fiscal
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