sociedades - Deduccion de credito fiscal no comp- ganancias
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¿Es deducible en una sociedad el credito fiscal no computable de iva, que contablemente se envia a rdo (-), en impuesto a las ganancias?
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- Registrado: Dom Nov 30, 2014 12:33 pm
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Re: sociedades - Deduccion de credito fiscal no comp- gananc
Estimado
Para deducir de ganancias el crédito fiscal en el IVA no computado tienes que analizar el motivo por el cual este no fue computado. En la Ley del Impuesto al Valor Agregado existen diferentes motivaciones:
a.- Por presunción de que este no se vincula con actividades gravadas en el IVA
b.- Porque el proveedor facturó mas DEBITO FISCAL que el que corresponde a la operación subyacente (algo siempre olvidado por todos)
c.- Porque el IVA CREDITO FISCAL se relaciona con compras que se destinan a exportaciones y decidiste no hacer un recupero conforme Art. 43.
A los efectos del Impuesto a las Ganancias deberás tener cuenta las prescripciones del tributo mencionado. Serán deducibles todos los gastos inherentes al negocio. No podrás deducir los gastos que no estén relacionados con el mismo. Una presunción en IVA no significa que se deba mantener para ganancias. Son impuestos diferentes y sus objetivos son diferentes.
Saludos
--
Dr. Sergio Carbone
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Para deducir de ganancias el crédito fiscal en el IVA no computado tienes que analizar el motivo por el cual este no fue computado. En la Ley del Impuesto al Valor Agregado existen diferentes motivaciones:
a.- Por presunción de que este no se vincula con actividades gravadas en el IVA
b.- Porque el proveedor facturó mas DEBITO FISCAL que el que corresponde a la operación subyacente (algo siempre olvidado por todos)
c.- Porque el IVA CREDITO FISCAL se relaciona con compras que se destinan a exportaciones y decidiste no hacer un recupero conforme Art. 43.
A los efectos del Impuesto a las Ganancias deberás tener cuenta las prescripciones del tributo mencionado. Serán deducibles todos los gastos inherentes al negocio. No podrás deducir los gastos que no estén relacionados con el mismo. Una presunción en IVA no significa que se deba mantener para ganancias. Son impuestos diferentes y sus objetivos son diferentes.
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