FONDO DE COMERCIO
FONDO DE COMERCIO
BUENOS DÍAS, TENGO UNA DUDA RESPECTO A LA COMPRA DEL FONDO DE COMERCIO, SON DOS HERMANOS EN LA CUAL UNO DE ELLOS PONE LA PLATA PERO EL QUE VA A ESTAR EN EL LOCAL ES EL OTRO. PUEDE COMPRAR EL FONDO DE COMERCIO UNO DE ELLOS Y EN EL LOCAL DAR DE ALTA AL OTRO HERMANO COMO MONOTRIBUTISTA? SIENDO QUE ARMAR UNA SOCIEDAD AHORA, NO ES RENTABLE AUN. GRACIAS
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Re: FONDO DE COMERCIO
Quien compre el fondo de comercio luego tendría que alquilárselo a quien lo va a explotar, de lo contrario, que sentido tendría la inversión para él?
Sentido de "Realidad Económica".
Saludos.
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Gabriel Sequino
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Re: FONDO DE COMERCIO
si lo compra tiene que cederlo de alguna forma a su hermano, ya que el hermano tendria que justificar la compra de esos bienes que tiene en el local, ya sea con una cesion de su hermano o con facturas de compra a proveedores.
Marcelo Borra
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Re: FONDO DE COMERCIO
Muchas gracias señores!
Saludos
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Re: FONDO DE COMERCIO
Puede anotarse en monotributo el que compra el fondo de comercio y el otro puede atenderlo por ser familiar directo.
Valeria
vb.estudiocontablebya@gmail.com
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Re: FONDO DE COMERCIO
Muchas gracias! Y dónde puedo ver esto reglamentado?
Re: FONDO DE COMERCIO
La ley de contrato de trabajo se refiere a la relación padre e hijo pero en la jurisprudencia se observan casos entre cónyuges o hermanos.
El fundamento en el que se basa la inexistencia de la relación laboral es que contribuyen a la formación de un mismo patrimonio. Si no es demostrable este fundamento no sería aplicable, por ejemplo si los hermanos viviesen separados, cada uno con familia (esposa e hijos).
Te dejo un caso de jurisprudencia sobre este tema.
Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, “Volpi Marisa Silvia c/ Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social s/ Impugnación de deuda” – 20/09/12
Saludos
El fundamento en el que se basa la inexistencia de la relación laboral es que contribuyen a la formación de un mismo patrimonio. Si no es demostrable este fundamento no sería aplicable, por ejemplo si los hermanos viviesen separados, cada uno con familia (esposa e hijos).
Te dejo un caso de jurisprudencia sobre este tema.
Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, “Volpi Marisa Silvia c/ Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social s/ Impugnación de deuda” – 20/09/12
Saludos
Valeria
vb.estudiocontablebya@gmail.com
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Re: FONDO DE COMERCIO
Muchas gracias por la info!!! super útil