RT 48
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Maria Perrone
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RT 48
Buen día, tengo una duda en cuanto a la remedición de los bienes de uso. La RT dice que, una vez listas las mediciones al cierre del ejercicio, se procede a remedir los activos. Mi duda es si tomar el valor residual al cierre para remedir o el costo histórico o valor de costo de los bienes y en el próximo ejercicio amortizar por los años restantes el nuevo valor.
Gracias
Etiquetas: remedición bienes de uso, RT contable bienes de uso, valor residual remedición, costo histórico activos remedición, amortización posterior remedición, cierre ejercicio bienes de uso
Gracias
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Última edición por Maria Perrone el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
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