Descargo ante ARBA por IIB
Moderador: contadoria
Descargo ante ARBA por IIB
Desarrollo mi profesión de contador en la Provincia de Santa Fe. No obstante, me consultó una monotributista, con domicilio fiscal en la Provincia de Buenos Aires, por haber recibido una cédula de ARBA, intimándola a inscribirse ante IIBB o presentar el descargo correspondiente. El operativo de ARBA alcanzó a mi consultante por su adhesión al monotributo y su domicilio fiscal en la Provincia de Buenos Aires.
La intimada me informa que sus ventas de cosas muebles son totalmente esporádicas, ocasionales. Las pocas realizadas, son a domicilio y, a veces, por compromiso. No dispone de un local. Las ventas brutas de los períodos involucrados fueron las siguientes: Año 2013 $ 3300,00; Año 2014 $ 1100,00; Año 2015 $ 1950,00; Año 2016 $ 1300,00; Año 2017 $ 1400,00; Año 2018 $ 500,00.
Ella vive con su padre y hermanos. No tiene otros recursos. La cuota del monotributo la solventa su padre, a quien se le debita, en su caja de ahorros del Banco Nación, el importe mensual de la categoría "A".
Entiendo que tal actividad no puede considerarse habitual y menos un medio de vida, ponderando, básicamente, el ingreso bruto de las ventas.
Quisiera leer las opiniones de los colegas y ver si dentro de las opciones que ofrece ARBA para articular el descargo podría señalarse "Actividad no alcanzada".
Observo que se trata de una situación de hecho, muy común en nuestro país, a la que, tal vez, la normativa jurídica no la ayuda demasiado... Gracias por la respuesta.
Etiquetas: ARBA IIBB Monotributo, descargo ARBA Ingresos Brutos, actividad no habitual IIBB, Monotributo Provincia Buenos Aires, ventas esporádicas Ingresos Brutos, intimación ARBA, cédula ARBA descargo
La intimada me informa que sus ventas de cosas muebles son totalmente esporádicas, ocasionales. Las pocas realizadas, son a domicilio y, a veces, por compromiso. No dispone de un local. Las ventas brutas de los períodos involucrados fueron las siguientes: Año 2013 $ 3300,00; Año 2014 $ 1100,00; Año 2015 $ 1950,00; Año 2016 $ 1300,00; Año 2017 $ 1400,00; Año 2018 $ 500,00.
Ella vive con su padre y hermanos. No tiene otros recursos. La cuota del monotributo la solventa su padre, a quien se le debita, en su caja de ahorros del Banco Nación, el importe mensual de la categoría "A".
Entiendo que tal actividad no puede considerarse habitual y menos un medio de vida, ponderando, básicamente, el ingreso bruto de las ventas.
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Re: Descargo ante ARBA por IIB
Si vendió y forma parte de su actividad, está gravado; no hay mucha vuelta en esa situación. Inscripción en AFIP es inscripción en ARBA; si tiene una situación tan complicada, le conviene anotarse en el Monotributo Social, que está exento de ingresos brutos en varias provincias.
Etiquetas: Inscripción AFIP, Inscripción ARBA, Monotributo Social, Ingresos Brutos, Exento Ingresos Brutos, Actividad gravada, Monotributo Social Ingresos Brutos
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Última edición por Estudio Contable MEB el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Marcelo Borra
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Re: Descargo ante ARBA por IIB
La venta esporádica no es causal para eximirse del impuesto.
Leyendo las normativas correspondientes podrás verificarlo.
Saludos.
Etiquetas: venta esporádica, eximirse impuesto, normativas fiscales, impuesto venta ocasional, tributación venta esporádica, obligación tributaria venta, exención fiscal venta esporádica
Leyendo las normativas correspondientes podrás verificarlo.
Saludos.
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Última edición por Estudio Contable GS el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Gabriel Sequino
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