Bienes omitidos en bienes personales
Bienes omitidos en bienes personales
Mi consulta es por un contribuyente que es inscripto desde 2013 (anteriormente monotributista). En las DDJJ de Ganancias (nunca presentó Bienes), omitió una tenencia de dólares (22000) que dice tenerlos desde hace muchos años y que fue regalo de su familia de cuando se puso en pareja con su actual concubina (año 2003). Nunca me lo informó hasta ahora que me dice que compró una camioneta con ese dinero. Podría haber entrado en el blanqueo... pero ya es tarde... ¿Qué debo hacer? ¿Rectificar las DDJJ de Ganancias desde 2013 incluyendo ese dinero, liquidar y pagar Bs Personales si corresponde? Obviamente, no se modifica el monto consumido de estos años. Pero ¿cuál sería la consecuencia de hacer esto? Gracias por su respuesta.
Etiquetas: rectificación DDJJ Ganancias, omisión tenencia dólares, Bienes Personales no declarados, fondos no declarados AFIP, consecuencias rectificación impositiva, justificación origen fondos
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Re: Bienes omitidos en bienes personales
Martín, si esos dólares no están declarados y vos los incorporas, la AFIP te puede multar por omisión y las multas son costosas. Aparte, habría que ver cómo está documentada la operación, porque si la familia no tenía ningún registro de la cesión de esos dólares, la AFIP no te lo va a tomar como válido y te lo va a considerar como una compra en negro. Yo se lo plantearía al cliente y que él decida. Obviamente, a primera vista, si no los incorporas, se te va a complicar mucho poder justificar una compra de esa magnitud.
Etiquetas: dólares no declarados, AFIP multas, omisión fiscal, compra en negro, justificar compra de dólares, documentación fiscal, declaración de bienes
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Re: bienes omitidos en Bs Personales
Obviamente de la adquisición de esos dólares no hay ningún registro, sería más conveniente no incorporarlos como dólares, sino como pesos. ¿Multas de qué cuantía estamos hablando? Gracias por tu respuesta.
Etiquetas: Dólares no declarados, registro contable dólares, multas fiscales, pesificación de activos, activos no registrados, sanciones tributarias, contabilización irregular
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Re: Bienes omitidos en bienes personales
Y si, obviamente, además de multas, tendría la penal cambiaría por los dólares, la multa la establece claramente la ley de procedimientos...
Etiquetas: multas, sanciones, penalidades, ley de procedimientos, dólares, normativa legal, infracciones
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Re: Bienes omitidos en Bienes Personales
Consulté en AFIP y me aconsejaron lo siguiente, a ver qué opinan: En el año 2013 hacer el cambio de monotributista a RI. Reconocer allí en el patrimonio como ingresos monotributistas el importe en $ de los dólares que tenía, entendiendo que se trata de ingresos por su actividad de casi 10 años como monotributista. Hacer ese traslado de dinero en efectivo en el patrimonio, rectificando los años posteriores (14, 15 y 16), declarando bienes y pagando lo que corresponda de bienes personales e intereses, incluyendo los de los anticipos que no se pagaron, si correspondiera, de todos esos períodos y finalmente haciendo aparecer la camioneta en el período 2016, que fue cuando la adquirió.
Gracias por las respuestas!
Etiquetas: AFIP, cambio monotributo responsable inscripto, bienes personales, declaración jurada rectificativa AFIP, patrimonio no declarado, dólares no declarados, justificación de ingresos
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Re: bienes omitidos en bienes personales
Martín, me parece muy mal el asesoramiento de la AFIP (bueno, en realidad, ellos buscan que te equivoques así pagas más impuestos). El primer problema lo mencionaste acá en este post: que no tenés ningún comprobante de la compra, por lo cual, ¿cómo justificás esos dólares? Entrás no solo en omisión de impuestos, sino en penal cambiaria. Léete la ley para estar al tanto de las consecuencias. Imagínate qué fácil sería argumentar en todas las inspecciones: las compras fueron por "ahorros de toda la vida". No habría nunca ningún ajuste...
Segundo, volvemos a lo mismo: si vos declaraste y volvés a rectificar, agregando dólares o pesos que no declaraste oportunamente, entrás en omisión de impuestos de la Ley de Procedimientos. Léete las leyes y vas a entender las consecuencias de lo que te menciono. Cómo hacerlo, lo podés hacer, pero tenés que explicarle a tu cliente las consecuencias y riesgos de tal maniobra y que quedás expuesto a posibles multas de la AFIP.
Y ojo, aclaro: acá no se trata de asustar a nadie, sino de saber los riesgos. Lamentablemente, acá es cuando siempre digo que no hay que mandarse solos y que hay que asesorarse bien, porque con la AFIP los "arreglos" de cosas pasadas pueden costar muy caro.
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Segundo, volvemos a lo mismo: si vos declaraste y volvés a rectificar, agregando dólares o pesos que no declaraste oportunamente, entrás en omisión de impuestos de la Ley de Procedimientos. Léete las leyes y vas a entender las consecuencias de lo que te menciono. Cómo hacerlo, lo podés hacer, pero tenés que explicarle a tu cliente las consecuencias y riesgos de tal maniobra y que quedás expuesto a posibles multas de la AFIP.
Y ojo, aclaro: acá no se trata de asustar a nadie, sino de saber los riesgos. Lamentablemente, acá es cuando siempre digo que no hay que mandarse solos y que hay que asesorarse bien, porque con la AFIP los "arreglos" de cosas pasadas pueden costar muy caro.
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Re: Bienes omitidos en bienes personales
Gracias Marcelo.
Lamentablemente, el problema ya está instalado y hay que darle una solución. Mi cliente está al tanto de los riesgos, pero entiendo que peor sería dejar las cosas como están y recibir un requerimiento para justificar la camioneta que figura a su nombre.
Etiquetas: justificar camioneta, requerimiento fiscal, riesgos fiscales, solución contable, problema impositivo, regularización de bienes, justificación de activos
Lamentablemente, el problema ya está instalado y hay que darle una solución. Mi cliente está al tanto de los riesgos, pero entiendo que peor sería dejar las cosas como están y recibir un requerimiento para justificar la camioneta que figura a su nombre.
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Re: bienes omitidos en Bienes Personales
Obvio, Martín, vos tenés que avisarle a tu cliente y que él sepa de antemano para que si después viene una multa ya esté al tanto. Saludos.
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Re: bienes omitidos en Bs. personales
Ser monotributista no exime de presentar Bienes Personales.
Controlar también DDJJ IIBB (si es que presentó), ya que la AFIP tiene intercambio fiscal con rentas provinciales.
Y la categoría del monotributo...
¡Ojo con eso!
Coincido igual con vos... peor es no hacer nada...
Etiquetas: monotributista, Bienes Personales, DDJJ IIBB, AFIP, rentas provinciales, categoría monotributo, obligación Bienes Personales monotributista, intercambio fiscal AFIP provincias
Controlar también DDJJ IIBB (si es que presentó), ya que la AFIP tiene intercambio fiscal con rentas provinciales.
Y la categoría del monotributo...
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whatsapp: 3764912191
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Re: bienes omitidos en bienes personales
Estimados: Ayer hablé con la persona que le vendió la camioneta y estaría de acuerdo en firmar un boleto como que el bien se vendió financiado. ¿Qué opinan?
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