Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Moderador: Estudio Contable MEB

Santyarro
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Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por Santyarro »

Colegas, buenos dias.
Me comunico con ustedes con el fin de clarificar el cálculo de notas de debito y credito.
Les simplifico el calculo que hacemos y necesitaría su opinion para queadrnos tranquilos que esta correcto:

-TC(tipo de cambio Banco Nacion-BNA)
-FA(Factura en USD con IVA e IIBB INCLUIDOs)
-ND (Nota de Debito por Dif Cambiaria)
-RT (retenciones)


FA x TC = $ XXX
Cliente paga a 30 dias FA y una vez acreditado el pago se ajusta por ND entre el TC de la FA y el TC de la fecha de pago.

La consulta es; si el pago posee Retenciones, las mismas se deben tomar para el calculo del débito?

Por ej, si el TC de la FA es de $17 y el cliente nos abona 30 dias después que el TC se encuentra a $18, ese $1 por Dolar de la factura aplica ND. Ahora, si en el pago hay retenciones entiendo que no son aplicables al calculo de diferencia de cambio, por ende deberíamos descontarlas del total de la factura y sobre ese valor hacer la diferencia.

Podrían ayudarme con el cálculo exacto de este impuesto por favor?
graciass! un abrazo grande.
Santiago
Estudio Contable GS
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Re: Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por Estudio Contable GS »

Las retenciones no tenés que contemplarlas y al momento de emitir la nota de débito deberías emitir otra retención por la diferencia.
Gabriel Sequino
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3KPig
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Re: Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por 3KPig »

Buenos días.

Respecto a este tema tengo una consulta para hacer:

Si la nota de débito no es pagada a término, se puede hacer un ajuste sobre la misma?

Ejemplo:

29-01-19: Nota de débito por diferencia de cambio x $ 94.363,33 (USD 2.548,30) TC $ 37,03. Esta Nota de débito se generó sobre el pago de una Factura de $ 315.281,92 ( USD 11.062,52) Emitida el día 3/7/2018 a un TC de $28,5.

Dicha nota de débito fue abonada el día 25/3/2019 a un TC de $ 42,08, por lo que de los USD 2.548,30 que representaba la ND en enero, terminó pagando en Marzo U$D 2.242,47. Por tal motivo le emití al cliente una nueva nota de débito para ajustar, y me responde que no corresponde hacer ajuste sobre el ajuste... pero... si el ajuste lo termina pagando 2 meses después en definitiva no está ajustando.. se entiende?.. No soy Contador, por lo que no tengo conocimientos en profundidad sobre estas cuestiones por lo que pido por favor si alguien me puede orientar.

Desde ya muchas gracias.
Estudio Contable GS
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Re: Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por Estudio Contable GS »

Si así lo tenés estipulado comercialmente, nada te lo impide.

Para esos casos te conviene emitirla al momento del pago cancelatorio definitivo, porque vas a estar haciendo todos los días notas de débito.

Saludos.
Gabriel Sequino
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Lucrecio
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Re: Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por Lucrecio »

Legalmente te corresponde porque es lo pactaron. El tema es que tengas pruebas de lo pactado. Si es de palabra, ya sabemos el refrán...
También sirve si has hecho la factura en dólares y los recibos en pesos y la cuenta te va a dar diferencia.
O que hayas aclarado en la factura que se cancela tomando el dólar al momento del pago.

En la práctica, es tal cual dice Gabriel, lo mejor es hacer ND al momento de la cancelación definitva de la operación/deuda.

Pero ya que hiciste, corresponde hacer otra ND por la diferencia (pero si todavía no lo llegaste a hacer no la hagas, hacela cuando te cancelen)
Y si quieren una sola ND, anula la anterior mediante NC y volvé a hacer la ND.

Y si siguen negando, tendrás que evaluar costo-beneficio para iniciar cobro compulsivo (siempre que tengas pruebas)

Saludos.
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esalgueiro
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Re: Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por esalgueiro »

Estimados buenas tardes

con relación a este tema, queria consultarles si una factura se emite en dólares y la misma se cancela luego también en dolares tengo entendido que no se genera diferencia de cambio. Ahora bien, se debe emitir una ND para llevar al valor de la fecha de emisión de la fc al valor del pago (ejemplo: total fc usd 100 a $25 es decir $2.500 y ahora me transfieren usd 100 pero contablemente tomo el TC actual de $45, o sea $4.500, se debe emitir una ND por esos $2.000?). Disculpen mi ignorancia pero un cliente me esta exigiendo algún documento respaldatorio y no se que responderle.

desde ya muchas gracias

ES
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Re: Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por Estudio Contable GS »

Claro que existe diferencia de cambio porque tiene un tipo de cambio en pesos establecido al momento de facturación.

Recordá que en Argentina la tributación es en pesos.

Revisá la normativa porque puede que le estés errando feo y eso trae implicancias tanto impositivas como contables.

Saludos.
Gabriel Sequino
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Re: Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por esalgueiro »

Estimado Estudio Contable GS muchas gracias por vuestros comentarios.

Nosotros hemos consultado el procedimiento con un estudio muy importante en la Argentina y al respecto nos informaron que el Fisco ha esgrimido a través del Dictamen 24/1991 que “si se estipula el precio de las operaciones en moneda extranjera y se pagan con esta a la fecha de su vencimiento, no se produce una diferencia de cambio gravada, debido a que esa moneda tiene poder cancelatorio”.
En lo que respecta a la base imponible de IVA, el Organismo Fiscal opinó que, no se produce gasto financiero alguno, independientemente de la incidencia que la diferencia en el valor de la cotización pueda tener en los resultados de otros tributos. Ello por cuanto, a partir de la ley de convertibilidad se da poder cancelatorio al pago en moneda extranjera de manera que no podría exigirse un cargo adicional por el IVA a esa diferencia.
En este contexto, en caso que la factura cedida sea emitida en moneda extranjera y luego cobrada en la misma moneda de emisión NO estaríamos en presencia de diferencias de cambio alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado.
Con relacion a Ingresos Brutos la cobranza de la factura cedida en la misma moneda de emisión no generaría una diferencia de cambio alcanzada por el impuesto sobre los ingresos brutos.
Por ello mi consulta de si correspondía emitir o no ND.

saludos cordiales
ES
Estudio Contable GS
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Re: Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por Estudio Contable GS »

Estimado, corresponde diferencia de cambio a los fines impositivos (Ganancias,no así en IVA si hablamos de facturación y pago en la moneda extranjera de facturación), obviamente si hablamos de una Sociedad comercial.

Y respecto a lo que indicas de Ingresos Brutos no es tan así.

Hay jurisdicciones que indican que la diferencia de cambio está gravada (CABA por ejemplo).
Gabriel Sequino
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Re: Nota de Debito por DIferencia Cambiaria

Mensaje por Estudio Contable GS »

esalgueiro escribió:Estimados buenas tardes

con relación a este tema, queria consultarles si una factura se emite en dólares y la misma se cancela luego también en dolares tengo entendido que no se genera diferencia de cambio. Ahora bien, se debe emitir una ND para llevar al valor de la fecha de emisión de la fc al valor del pago (ejemplo: total fc usd 100 a $25 es decir $2.500 y ahora me transfieren usd 100 pero contablemente tomo el TC actual de $45, o sea $4.500, se debe emitir una ND por esos $2.000?). Disculpen mi ignorancia pero un cliente me esta exigiendo algún documento respaldatorio y no se que responderle.

desde ya muchas gracias

ES
Tu consulta en ningun lado hace referencia espefíca al Impuesto al Valor Agregado. Hablás de "diferencia de cambio" a secas y el concepto "contable", por eso seguramente la confusión.

La nota de débito/crédito (en caso que tu sistema contable exija realizarla, sería exenta en IVA (y en las observaciones a la factura, se hará referencia a lo indicado más arriba).

Saludos.
Gabriel Sequino
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