El Congreso aún tiene pendiente tratar el paquete fiscal de la ley ómnibus propuesto por el oficialismo, por lo cual, las escalas publicadas a principios de enero aún continúan en ...
cuáles son las cuotas y escalas de abril 2024

cuáles son las cuotas y escalas de abril 2024

El Congreso aún tiene pendiente tratar el paquete fiscal de la ley ómnibus propuesto por el oficialismo, por lo cual, las escalas publicadas a principios de enero aún continúan en vigencia.

Monotributo: qué cambia con la ley ómnibus.
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La cuota del monotributo así como los topes que determinan cada categoría rigen sin cambios desde principios de 2024, pese a que el gobierno de Javier Milei presentó un paquete fiscal en el Congreso para realizar modificaciones al régimen de pequeños contribuyentes.

El Congreso aún tiene pendiente tratar el paquete fiscal de la ley ómnibus propuesto por el oficialismo, por lo cual, las escalas publicadas a principios de enero que figura en el sitio oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aún son la referencia para saber a qué categoría pertenece un usuario y cuáles son los topes de ingresos para pasar de un grupo a otro.

  • La categoría A: $2.108.288.
  • La categoría B: $3.133.941.
  • La categoría C: $4.387.518.
  • La categoría D: $5.449.094.
  • La categoría E: $6.416.285.
  • La categoría F: $8.020.660.
  • La categoría G: $9.624.193.
  • La categoría H: $11.916.410.
  • La categoría I: $13.372.213.
  • La categoría J: $15.285.088.
  • La categoría K: $16.957.968.

Desde la última actualización de AFIP con los topes de facturación, estas son las cuotas del monotributo de abril 2024 para quienes tengan que pagar todos los componentes de este impuesto:

De aprobarse el paquete fiscal que se trataría en simultaneo con la ley ómnibus, se introducirán cambios significativos en el régimen de pequeños contribuyentes. Entre ellos, el incremento en los topes de facturación, que implica el aumento para los límites de ingresos anuales de entre 300% y 330% y llevaría el tope máximo de ingresos anuales a $68.000.000 para cualquier tipo de actividad; también habrá ajustes en los montos mensuales a pagar tanto en la categoría de aportes al régimen jubilatorio como a la obra social.




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