Macri disparará nuevas inspecciones con las facturas de agua
Publicado: Jue Jul 11, 2013 2:34 pm
Macri disparará nuevas inspecciones con las facturas de agua, luz y gas en la mano,
Al igual que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el gobierno de Mauricio Macri decidió profundizar el seguimiento de los contribuyentes porteños "evasores" a través del cruce de datos vinculados con los gastos en agua, gas, luz y telefonía.
Se trata del régimen de información que pone la mira en los consumos públicos de las empresas porteñas.
La nueva obligación apunta a descubrir a las compañías que registren cifras elevadas en servicios públicos y evaden el pago de los tributos municipales.
"No resulta raro encontrar personas jurídicas con facturas que exceden $1.000 mensuales y que no se encuentran inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos", afirmaron desde la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
"La idea es ajustar el seguimiento y potenciar la detección" de quienes no cumplen con el fisco porteño.
Macri, en busca de empresas evasoras
Desde Crowe Horwath, su Gerente de Impuestos Carlos Fernández detalló la forma en que el organismo de recaudación de la Ciudad decidió potenciar el control.
Al respecto, señaló que "a través de este tipo de mecanismos, la AGIP intensifica su proceso de sistematización tendiente a obtener información proveniente de los contribuyentes y responsables de los diversos gravámenes que recauda".
"El objetivo primario del mismo es contar con datos precisos y en línea en pos de incrementar la inteligencia fiscal intensificando, de esta manera, los controles a los que los mismos se encuentran sometidos", explicó el experto.
"Para ello, cuenta con un régimen de información para las empresas licenciatarias que suministren energía eléctrica, agua potable, gas natural por red, servicios de telefonía fija y de televisión por cable; con el propósito de contribuir a mejorar la función fiscalizadora", agregó Fernández.
Y precisó: "Su objetivo es incrementar la base de datos con la que cuenta para detectar hechos imponibles o actividad económica gravada, domicilios no declarados u omisiones en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, tanto formales como materiales, de los contribuyentes o responsables".
Puntualmente, el régimen -que se encuentra en plena vigencia- obliga a las empresas de servicios a informar, respecto de sus clientes y usuarios, los siguientes datos:
Nombre y apellido para personas físicas o denominación y razón social para personas jurídicas.
Documento de identidad -tipo y número-.
Número de CUIT, CUIL o CDI.
Categorización frente al IVA.
Domicilio en el cual se realiza el suministro del servicio y el código postal.
Domicilio de entrega de la facturación -si lo hubiere-.
Actividad económica declarada.
Monto facturado por la provisión del servicio, durante el período informado -sin impuestos, tasas u otras cargas fiscales-.
Datos especiales de cada tipo de servicio.
Estos puntos serán solicitados a los agentes de información mencionados y se excluye a los correspondientes a casas de familia.
El seguimiento nacional
De la misma manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray apunta a un control más estricto sobre el gasto en servicios públicos de los contribuyentes, en especial de los monotributistas.
Al igual que el fisco porteño, la AFIP ya obliga a las empresas de agua, gas, luz y telefonía -incluído celulares- a brindar un minucioso detalle sobre las erogaciones correspondientes a los clientes.
Puntualmente, la norma nacional establece que las compañías deben proporcionar mensualmente los datos que corresponden a los usuarios que tengan un consumo igual o superior a los $1.000, o su equivalente, cuando el período de facturación sea diferente al mensual.
Conocidas las modificaciones, el consultor tributario Alberto Romero explicó a iProfesional que "la mira del fisco apunta a potenciar el cruce de datos para combatir la evasión en Ganancias y Bienes Personales".
El reformulado régimen de información nacional obliga a las empresas de servicios a declarar ante la AFIP el siguiente detalle respecto a cada monotributista:
Apellido y nombres, razón social o denominación.
Domicilio en el que se realiza la prestación del servicio y código postal.
Domicilio al que se remite la factura correspondiente y código postal.
Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI).
Monto total de las operaciones efectuadas en el período informado, por cada prestatario.
De tratarse de la prestación del servicio de suministro de energía eléctrica se consignará la cantidad de kilovatios utilizados.
En el caso de provisión de agua o de gas, se informará la unidad y cantidad de unidades consumidas.
De tratarse de suministro de gas se informará adicionalmente la cantidad de kilocalorías con las que se efectuó el mismo.
Tipo de prestación.
Modalidad de pago.
Categorización frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El nuevo seguimiento complementa la normativa vigente, que permite excluir de pleno derecho del régimen a los monotributistas que:
Adquieran bienes o realicen gastos personales por un importe igual o superior al máximo admitido para la categoría en la cual estén encuadrados.
Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un valor igual o superior al tope fijado para su escalafón.
El pequeño contribuyente que resulte notificado de la constatación de cualquiera de las causales de exclusión podrá presentar el descargo correspondiente.
Powered By WizardRSS.com | Full Text RSS Feed | Amazon Affiliate software for Amazon Store websites | Android Forums | Wordpress Tutorials,
Al igual que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el gobierno de Mauricio Macri decidió profundizar el seguimiento de los contribuyentes porteños "evasores" a través del cruce de datos vinculados con los gastos en agua, gas, luz y telefonía.
Se trata del régimen de información que pone la mira en los consumos públicos de las empresas porteñas.
La nueva obligación apunta a descubrir a las compañías que registren cifras elevadas en servicios públicos y evaden el pago de los tributos municipales.
"No resulta raro encontrar personas jurídicas con facturas que exceden $1.000 mensuales y que no se encuentran inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos", afirmaron desde la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
"La idea es ajustar el seguimiento y potenciar la detección" de quienes no cumplen con el fisco porteño.
Macri, en busca de empresas evasoras
Desde Crowe Horwath, su Gerente de Impuestos Carlos Fernández detalló la forma en que el organismo de recaudación de la Ciudad decidió potenciar el control.
Al respecto, señaló que "a través de este tipo de mecanismos, la AGIP intensifica su proceso de sistematización tendiente a obtener información proveniente de los contribuyentes y responsables de los diversos gravámenes que recauda".
"El objetivo primario del mismo es contar con datos precisos y en línea en pos de incrementar la inteligencia fiscal intensificando, de esta manera, los controles a los que los mismos se encuentran sometidos", explicó el experto.
"Para ello, cuenta con un régimen de información para las empresas licenciatarias que suministren energía eléctrica, agua potable, gas natural por red, servicios de telefonía fija y de televisión por cable; con el propósito de contribuir a mejorar la función fiscalizadora", agregó Fernández.
Y precisó: "Su objetivo es incrementar la base de datos con la que cuenta para detectar hechos imponibles o actividad económica gravada, domicilios no declarados u omisiones en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, tanto formales como materiales, de los contribuyentes o responsables".
Puntualmente, el régimen -que se encuentra en plena vigencia- obliga a las empresas de servicios a informar, respecto de sus clientes y usuarios, los siguientes datos:
Nombre y apellido para personas físicas o denominación y razón social para personas jurídicas.
Documento de identidad -tipo y número-.
Número de CUIT, CUIL o CDI.
Categorización frente al IVA.
Domicilio en el cual se realiza el suministro del servicio y el código postal.
Domicilio de entrega de la facturación -si lo hubiere-.
Actividad económica declarada.
Monto facturado por la provisión del servicio, durante el período informado -sin impuestos, tasas u otras cargas fiscales-.
Datos especiales de cada tipo de servicio.
Estos puntos serán solicitados a los agentes de información mencionados y se excluye a los correspondientes a casas de familia.
El seguimiento nacional
De la misma manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray apunta a un control más estricto sobre el gasto en servicios públicos de los contribuyentes, en especial de los monotributistas.
Al igual que el fisco porteño, la AFIP ya obliga a las empresas de agua, gas, luz y telefonía -incluído celulares- a brindar un minucioso detalle sobre las erogaciones correspondientes a los clientes.
Puntualmente, la norma nacional establece que las compañías deben proporcionar mensualmente los datos que corresponden a los usuarios que tengan un consumo igual o superior a los $1.000, o su equivalente, cuando el período de facturación sea diferente al mensual.
Conocidas las modificaciones, el consultor tributario Alberto Romero explicó a iProfesional que "la mira del fisco apunta a potenciar el cruce de datos para combatir la evasión en Ganancias y Bienes Personales".
El reformulado régimen de información nacional obliga a las empresas de servicios a declarar ante la AFIP el siguiente detalle respecto a cada monotributista:
Apellido y nombres, razón social o denominación.
Domicilio en el que se realiza la prestación del servicio y código postal.
Domicilio al que se remite la factura correspondiente y código postal.
Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI).
Monto total de las operaciones efectuadas en el período informado, por cada prestatario.
De tratarse de la prestación del servicio de suministro de energía eléctrica se consignará la cantidad de kilovatios utilizados.
En el caso de provisión de agua o de gas, se informará la unidad y cantidad de unidades consumidas.
De tratarse de suministro de gas se informará adicionalmente la cantidad de kilocalorías con las que se efectuó el mismo.
Tipo de prestación.
Modalidad de pago.
Categorización frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El nuevo seguimiento complementa la normativa vigente, que permite excluir de pleno derecho del régimen a los monotributistas que:
Adquieran bienes o realicen gastos personales por un importe igual o superior al máximo admitido para la categoría en la cual estén encuadrados.
Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un valor igual o superior al tope fijado para su escalafón.
El pequeño contribuyente que resulte notificado de la constatación de cualquiera de las causales de exclusión podrá presentar el descargo correspondiente.
Powered By WizardRSS.com | Full Text RSS Feed | Amazon Affiliate software for Amazon Store websites | Android Forums | Wordpress Tutorials,
