EXCLUSION DE MONOTRIBUTO POR EXCESO DE FACTURACION

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RosannaPat
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EXCLUSION DE MONOTRIBUTO POR EXCESO DE FACTURACION

Mensaje por RosannaPat »

Buenas tardes,

Un monotributista de categoría F de servicios fue excluido de oficio de pleno derecho en Mayo del 2023 por controles sistémicos, y categorizado a inscripto a partir del mes 06/2023
La realidad es que el sistema de Afip tomó tanto las facturas y notas de crédito realizadas en el año (Julio 2022 a Mayo 2023), y estas sumaban mas del monto máximo de categoría de servicios (H).
La exclusión llegó al domicilio fiscal electrónico y no fue vista en los tiempos para presentar un recurso en término.(15 dias)
Se presentó el 9/7/2023 un "Recurso fuera de término.Exclusión de oficio monotributo". Hasta la fecha no hemos tenido novedades; el trámite figura en el sector de "Presentaciones Digitales" solo en estado Enviada...

La consulta es que hacer en el mientras tanto que la AFIP resuelva, cuanto tiempo se estima la respuesta..... segun portal de AFIP el contribuyente ya es inscripto, figurando como autónomo, obligado a presentar Libro IVA Digital, pagar IVA, presentar ganancias y etc, cuando el error es del sistema de Afip que suma las notas de crédito dando como resultante excedente de facturación en la categoria máxima de servicios antes de la fecha de recategorización.

Por favor si nos pueden orientar en los pasos a seguir, les agradezco.
Estudio Contable GS
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Re: EXCLUSION DE MONOTRIBUTO POR EXCESO DE FACTURACION

Mensaje por Estudio Contable GS »

Hasta que la exclusión no esté firme, seguís en RS y tendrás que actuar en consecuencia.
Gabriel Sequino
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RosannaPat
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Re: EXCLUSION DE MONOTRIBUTO POR EXCESO DE FACTURACION

Mensaje por RosannaPat »

"Estudio Contable GS" post_id=18902 time=1690250472 user_id=228]
Hasta que la exclusión no esté firme, seguís en RS y tendrás que actuar en consecuencia."

Buenas noches, gracias por responder. Consulta!!! cuando mencionas hasta que la exclusión de monotributo No este firme, sigue en RS te referis a Régimen simplificado ó Responsable Inscripto?? porque en el caso de seguir como Responsable Inscripto debería presentar las DDJJ de IVA por los meses que Afip está intimando desde que excluyó al monotributista. Ya fue notificado mediante intimación de la falta de presentación DDJJ IVA 06/2023 + Multa automática. Aclaro que el contribuyente No realizó movimientos desde la fecha de exclusión, a la espera de resolución.

A la fecha de hoy, la presentación digital de recurso de apelación "fuera de término" se encuentra en estado en curso desde 24/7/2023... la duda es que pasaria si Afip resuelve su vuelta a Monotributo, que pasa con estos meses de IVA en el caso que se presenten??? Y ganancias? se debería presentar por cuales meses??

Muchas gracias!
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