EFECTOS DEL BLANQUEO EN DJ GANANCIAS 2016
Publicado: Lun Abr 24, 2017 10:12 am
Buenos dias, dudas sobre efectos del blanqueo en DJ ganancias 2016, se dedica a comprar y vender inmuebles (sujeto exento de IVA).
¿las ganancias obtenidas por ventas de bienes realizadas para financiar bienes incorporados al blanqueo deben declarse?
tengo una respuesta pero necesito que me confirmen o rectifiquen lo que pienso
a) Si la venta fue facturada: debo Declárala en ganancias e IVA
b) Si la venta no fue facturada: puedo omitir no declararla.
En mi caso quien accedió al blanqueo es un sujeto exento de IVA, que compra y vende inmuebles, al no emitir facturas sobre las operaciones. Tiene que considerar como compro el bien que luego vendió para financiar la compra del bien blanqueado si:
Realizado por escritura: estuvo a su nombre, tiene algún registro ante un organismo que es titular, por lo tanto, la venta debe declarse se haya hecho con boleta de compra venta o con escritura.
Realizado por boleto de compra venta: no estuvo a su nombre, no tiene registro fehaciente de incorporación de ese activo, pero si la venta fue realizada por escritura pública debe declare, en caso de que vendió con boleto de compra-venta es como que nunca estuvo a su nombre.
¿las ganancias obtenidas por ventas de bienes realizadas para financiar bienes incorporados al blanqueo deben declarse?
tengo una respuesta pero necesito que me confirmen o rectifiquen lo que pienso
a) Si la venta fue facturada: debo Declárala en ganancias e IVA
b) Si la venta no fue facturada: puedo omitir no declararla.
En mi caso quien accedió al blanqueo es un sujeto exento de IVA, que compra y vende inmuebles, al no emitir facturas sobre las operaciones. Tiene que considerar como compro el bien que luego vendió para financiar la compra del bien blanqueado si:
Realizado por escritura: estuvo a su nombre, tiene algún registro ante un organismo que es titular, por lo tanto, la venta debe declarse se haya hecho con boleta de compra venta o con escritura.
Realizado por boleto de compra venta: no estuvo a su nombre, no tiene registro fehaciente de incorporación de ese activo, pero si la venta fue realizada por escritura pública debe declare, en caso de que vendió con boleto de compra-venta es como que nunca estuvo a su nombre.