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SINCERAMIENTO DE UN CREDITO

Publicado: Dom Dic 25, 2016 3:38 pm
por abka51
EN UN CONTRATO OBRA DE UN INMUEBLE SE PAGARON US$ 55.000
1) SE PUEDE CONSIDERAR INMUEBLE o
2) A QUE VALOR SE PAGA EL IMP. ESPECIAL SI SE CONSIDERA UN CREDITO. ¿AL VALOR DEL DOLAR DEL CONTRATO? o AL VALOR DEL DOLAR AL 22/7/2016.
3)SI HUBIERA SIDO PAGADO EN $$ LO TOMO AL VALOR CONTRATO?
GRACIAS

Re: SINCERAMIENTO DE UN CREDITO

Publicado: Mié Dic 28, 2016 3:51 pm
por Estudio Contable GS
Se considera Inmueble sí y sólo sí, al 22/07/2016 contabas con la posesión del mismo.

De lo contrario, es un crédito.

Se tributa al tipo de cambio 14.81, establecido para el Blanqueo al 22/07.

Si se hubiera escriturado en pesos, se tributaría al valor que figura en el Contrato.

Saludos.

Re: SINCERAMIENTO DE UN CREDITO

Publicado: Jue Dic 29, 2016 10:37 am
por abka51
Gracias por la respuesta, pero el CPCECF, cuya respuesta he recibido en el dia de hoy, manifiesta que se debe tomar al valor del dolar del momento de la firma del contrato de obra.
En la página de AFIP, en el micrositio de sinceramiento, preguntas frecuentes, dice: Otros bienes: conforme las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales, cuando los titulares sean personas humanas o sucesiones indivisas

Re: SINCERAMIENTO DE UN CREDITO

Publicado: Jue Dic 29, 2016 2:31 pm
por Estudio Contable GS
Perdón.

Contrato de obra hablás de un trabajo que vos te comprometiste a hacer para un cliente y te dio ese adelanto, o estás hablando que tenés el adelanto de la compra de un inmueble y todavía no está construido?

Y a que fecha tenés firmado el Contrato?

Antes del 31/12/2015 o entre el 01/01/2016 y el 22/07/2016?

Saludos.

Re: SINCERAMIENTO DE UN CREDITO

Publicado: Jue Dic 29, 2016 3:26 pm
por abka51
me refiero a la compra de un inmueble en pozo, denominado contrato de obra.
El contrato se celebró el 27/10/2015 en dólares y a recibir el inmueble dentro de los 20 meses

Re: SINCERAMIENTO DE UN CREDITO

Publicado: Jue Dic 29, 2016 3:28 pm
por abka51
En la respuesta que menciono de la pagina de AFIP menciono que se trata de una persona humana y se toma la valuación de acuerdo a bienes personales