Consulta blanqueo dolares

jorgeernestopeloso
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Consulta blanqueo dolares

Mensaje por jorgeernestopeloso »

Hola, presente todas las declaraciones de BBPP desde el 2011 a la fecha. Si bien declare cierta cantidad de dolares en efectivo y en cajas de ahorro, tengo 20 mil dolares que nunca declare.
Puedo justificar todo mi patrimonio, todo fruto de mi trabajo en relacion de dependencia, y todos los dolares (incluidos los 20k en efectivo) adquiridos legalmente en mi banco.

Mi consulta es si puedo presentar rectificativas por cada periodo desde el 2011 al 2015, pagando las multas e intereses, o debo adherir al blanqueo?

Mi contador actual me dice que debo adherir al blanqueo si o si, pero no estoy convencido. Digo, si no existiera este blanqueo y quiero regularizar mi situacion, no tengo manera?

Desde ya muchas gracias,
Jorge
Jast
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Re: Consulta blanqueo dolares

Mensaje por Jast »

Si tu con tus ingresos podés justificar la compra de los dolares como decis, no necesitás blanquear, directamente rectificá tus declaraciones de Bienes Personales poniendo el valor correcto y paga la diferencia con la moratoria de la ley 27260.
Espero te sirva.
Saludos.
Eduardo
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Re: Consulta blanqueo dolares

Mensaje por Eduardo »

jorgeernestopeloso escribió:Hola, presente todas las declaraciones de BBPP desde el 2011 a la fecha. Si bien declare cierta cantidad de dolares en efectivo y en cajas de ahorro, tengo 20 mil dolares que nunca declare.
Puedo justificar todo mi patrimonio, todo fruto de mi trabajo en relacion de dependencia, y todos los dolares (incluidos los 20k en efectivo) adquiridos legalmente en mi banco.

Mi consulta es si puedo presentar rectificativas por cada periodo desde el 2011 al 2015, pagando las multas e intereses, o debo adherir al blanqueo?

Mi contador actual me dice que debo adherir al blanqueo si o si, pero no estoy convencido. Digo, si no existiera este blanqueo y quiero regularizar mi situacion, no tengo manera?

Desde ya muchas gracias,
Jorge
Que un familiar tuyo exteriorize los 20.000 D, ya que no llegas a los $305.000 y así no pagas ni el impuesto especial ni multas ni intereses por presentar retroactivas. Tenes tiempo hasta el 31/10/2016.
Saludos.
Estudio Contable GS
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Re: Consulta blanqueo dolares

Mensaje por Estudio Contable GS »

jorgeernestopeloso escribió:Hola, presente todas las declaraciones de BBPP desde el 2011 a la fecha. Si bien declare cierta cantidad de dolares en efectivo y en cajas de ahorro, tengo 20 mil dolares que nunca declare.
Puedo justificar todo mi patrimonio, todo fruto de mi trabajo en relacion de dependencia, y todos los dolares (incluidos los 20k en efectivo) adquiridos legalmente en mi banco.

Mi consulta es si puedo presentar rectificativas por cada periodo desde el 2011 al 2015, pagando las multas e intereses, o debo adherir al blanqueo?

Mi contador actual me dice que debo adherir al blanqueo si o si, pero no estoy convencido. Digo, si no existiera este blanqueo y quiero regularizar mi situacion, no tengo manera?

Desde ya muchas gracias,
Jorge
Jorge buenas tardes.

Hay que poder explicar bien la situación de parte del Contador hacia el cliente, para que este pueda entender las ventajas y perjuicios de adherir al Blanqueo, en comparación de presentar las DDJJ rectificativas de Bienes Personales desde el momento en el cual, por agregar los Dólares (entiendo que los mismos fueron adquiridos mediante el MULC y no en negro), debería tributar las diferencias de cada DDJJ, abonar los intereses de dichas DDJJ desde su vencimiento hasta el día del efectivo pago, y lo mismo la diferencias por los anticipos que se deberían haber pagado en los años posteriores a dichas DDJJ (en este caso, sólo se abonarían los intereses de dichos anticipos, ya que el anticipo una vez presentada la DDJJ, quedan contenidos en la misma).

Si consideramos que el blanqueo que vos tenés que hacer, son sólo U$S20.000 y el resto de tu patrimonio está 100% declarado vía DDJJ de Bienes Personales de los años anteriores, mi posición es ir por el Blanqueo, por tres cuestiones:

1) La exteriorización está por debajo de los $305.000, por lo cual el Impuesto especial, sería en este caso "cero".
2) Mediante el acogimiento al Sinceramiento Fiscal, estarías obteniendo un "Bloqueo Fiscal" al 22/07/2016, por lo cual AFIP no podría ir contra tu patrimonio ni contra ninguna diferencia por inconsistencia entre Ingresos genuinos e incremento patrimonio, de dicha fecha hacia atrás. O sea, te cubrís que hasta el 22/07/2016 no recibirías ningún reclamo.
3) Si los dólares los hubieras comprado fuera del MULC (en negro), de esta forma estarías regularizando tu situación y evitando cualquier reclamo por dicha forma de adquisición irregular.

Sobre por qué mi consejo no sería presentar las DDJJ de Bienes Personales rectificativas de todos los años que corresponda, para poder demostrar la evolución patrimonial diferencial por la tenencia de dichos Dólares (siempre hablando que sean en blanco), serían sencillamente las siguiente:

1) Deberías abonar las diferencias de impuesto no pagadas, tanto de las DDJJ, como del diferencial de los anticipos, con más sus intereses por pago fuera de término;
2) Al ser, según la Ley 27.260 "Bienes Ocultos", no podrías adherir a la moratoria especial de dicha ley y deberías abonarlos cuasi de contado (mediante el plan general, que facilita muy baja financiación);
3) No obtendrías el beneficio del "Bloqueo Fiscal" por lo cual podrías quedar expuesto al reclamo de las multas correspondientes según la Ley 11.683;
4) Si los dólares fueran obtenidos por fuera del MULC, podrías recibir el reclamo por evasión Ley cambiaria, al margen de las cuestiones impositivas descriptas precedentemente.
5) Al incorporar "Bienes Ocultos" el Monto Consumido de tu DDJJ de Ganancias (si la presentás y sino la demostración de tus ingresos) se vería reducida en la cuantía de la incorporación de dichos dólares, por lo cual esto en AFIP genera una alerta de fiscalización casi instantánea, cuestión que es desaconsejable, salvo que la justificación pueda resistir dicha fiscalización.
El "Monto Consumido" es la presentación ante AFIP de cuál fue tu valor personal en el año, con el cual viviste, al margen de los incrementos/decrementos patrimoniales. Eso debería demostrar, tus consumos con tarjeta de débito, crédito, viajes, etc., que tuviste en el año y que AFIP tiene información mediante los diversos Regímenes de información que tiene con cada vez más organismos, empresas y particulares.

En síntesis:

Si tu Contador podría explicarte esta cuestión, al margen de vos tener la decisión final, no habría mucha duda y la situación de poder regularizar tu situación, mediante el acogimiento a la Ley 27.260, en función del Sinceramiento Fiscal, te estaría permitiendo evitar a futuro, varios problemas que hoy en día sí tendrías.

Y sobre la cuestión que decías de, si no estuviera la Ley del Sinceramiento Fiscal, podrías regularizar la situación pero irías al riesgo de lo que te comentaba de Rectificar las DDJJ de Bienes Personales para incorporar bienes no declarados inicialmente.
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Re: Consulta blanqueo dolares

Mensaje por Estudio Contable MEB »

jorgeernestopeloso escribió:Digo, si no existiera este blanqueo y quiero regularizar mi situacion, no tengo manera?
Es que esta mal dicho "blanqueo" desde mi punto de vista porque uno si quiere puede "blanquear" su situacion impositva el dia que quiera, eso si pagando los impuestos que correspondan mas multas e intereses correspondientes, lo que hace este "blanqueo" es que pagando un unico impuesto especial se condone toda la situacion de una manera mucho mas economica que fuera del blanqueo. Saludos.
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Re: Consulta blanqueo dolares

Mensaje por jorgeernestopeloso »

Muchas gracias a todos por sus respuestas, especialmente Gabriel por la explicacion detallada. Mi contador no me explico todo esto, aunque parece que tenia buenas razones para ir por la opcion del blanqueo.

La unica duda que me queda es que pasa con los inmuebles que uno SI declaro en BBPP, pero a valor fiscal, ya que es un bien heredado. Ese inmueble hay que "blanquearlo" a valor de plaza ahora?
Este punto me parece clave, porque segun lei por ahi, si la AFIP descubre luego que algo no se blanqueo, se cae todo el blanqueo.

Es bastante confuso para el ciudadano de a pie. Y lamentablemente a mi contador no lo veo muy ducho en este tema.

Buen fin de semana caballeros.
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Re: Consulta blanqueo dolares

Mensaje por Estudio Contable GS »

No Jorge.

Lo declarado en bienes personales si cumple con lo normado en dicha ley no hay que valuarlo a valor de plaza.

Para las Ddjj anuales es correcto tomar precio de compra contra valuación fiscal lo mayor. Asi dice la ley.

Valor de plaza es específicamente para cuando tenes que blanquearlo por no haberlo declarado antes que no sería tu caso
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Re: Consulta blanqueo dolares

Mensaje por Estudio Contable MEB »

Ingresa a valor de plaza cuando es por blanqueo pero si lo tenes correctamente declarado sigue la valuacion que tomaste en bienes personales.
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Eduardo
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Re: Consulta blanqueo dolares

Mensaje por Eduardo »

jorgeernestopeloso escribió:Muchas gracias a todos por sus respuestas, especialmente Gabriel por la explicacion detallada. Mi contador no me explico todo esto, aunque parece que tenia buenas razones para ir por la opcion del blanqueo.

La unica duda que me queda es que pasa con los inmuebles que uno SI declaro en BBPP, pero a valor fiscal, ya que es un bien heredado. Ese inmueble hay que "blanquearlo" a valor de plaza ahora?
Este punto me parece clave, porque segun lei por ahi, si la AFIP descubre luego que algo no se blanqueo, se cae todo el blanqueo.

Es bastante confuso para el ciudadano de a pie. Y lamentablemente a mi contador no lo veo muy ducho en este tema.

Buen fin de semana caballeros.
Jorge:
Tu contador debe realizar la dj confirmativa, para que todos tus bienes declarados con anterioridad en las declaraciones juradas, accedan al "tapon fiscal" y que afip no te investigue (en teoria) por las dj que accedieron al tapon fiscal ni a la declaracion jurada voluntaria (exteriorizacion).
Saludos.
Eduardo.
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Re: Consulta blanqueo dolares

Mensaje por Estudio Contable GS »

Ojo que hay un error importante en el comentario de Eduardo, lo cual te puede llegar a futuro (salvo remendar el error aunque todavía AFIP no sabe cómo se resuelve) a perder la opción de entrar en el Blanqueo.

No pueden ejercer la opción de Confirmación de Datos, quienes vayan a entrar al blanqueo.

Esta opción está sólo habilitada para quienes según la DDJJ períodos 2015, tienen todo su patrimonio exteriorizado.

Aquí lo expone claramente el ABC de AFIP.

https://www.afip.gob.ar/genericos/guiav ... d=20528134

Saludosl
Gabriel Sequino
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