Hola estimados contadores.
Desde ya, aclaro que no soy contador y quisiera comentarles mi caso para tener una orientación de como proceder.
Soy empleado en relación de dependencia trabajando en forma continua desde 2005.
Por negligencia propia nunca presenté declaración jurada de Bienes Personales ni de Ganancias (aunque pago una suma importante de ganancias en forma mensual).
En el año 2013 decidí sacar la totalidad de mis ahorros del sistema bancario.
Hoy me encuentro con una suma de ahorros no declarados mediante DDJJ pero totalmente justificables mediante mis ingresos y puedo justificar mi evolución patrimonial.
Mi consulta es si con esto puedo adherirme a la moratoria (dado que nunca presenté DDJJ y no estaría presentando rectificativas) y, en caso de no poder adherirme a la moratoria, saber si existe alguna forma de regularizar mi situación sin sumarme al blanqueo (es decir presentar las declaraciones juradas anuales pagando los intereses y punitorios que correspondan).
De acuerdo a mis cálculos, debí comenzar a pagar bienes personales en 2013 dado que anteriormente todos mis ahorros se encontraban en Plazos Fijos o Caja de Ahorro en U$S.
Desde ya agradezco cualquier orientación.
Saludos cordiales!
Consulta Moratoria / Blanqueo
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Re: Consulta Moratoria / Blanqueo
Hola Mariano: Tendrías que haber presentado dj informativa de bienes personales, si tus ingresos en relación de dependencia superaron los $96000 brutos anuales y la de ganancias si superaron los $144000 brutos anuales. Si tu patrimonio total en los anios anteriores supero los $305.000, debiste presentar la dj determinativa de bienes personales (por más que tus ingresos esten depositados en bancos, sean en blanco por tu laburo).mariano.a escribió:Hola estimados contadores.
Desde ya, aclaro que no soy contador y quisiera comentarles mi caso para tener una orientación de como proceder.
Soy empleado en relación de dependencia trabajando en forma continua desde 2005.
Por negligencia propia nunca presenté declaración jurada de Bienes Personales ni de Ganancias (aunque pago una suma importante de ganancias en forma mensual).
En el año 2013 decidí sacar la totalidad de mis ahorros del sistema bancario.
Hoy me encuentro con una suma de ahorros no declarados mediante DDJJ pero totalmente justificables mediante mis ingresos y puedo justificar mi evolución patrimonial.
Mi consulta es si con esto puedo adherirme a la moratoria (dado que nunca presenté DDJJ y no estaría presentando rectificativas) y, en caso de no poder adherirme a la moratoria, saber si existe alguna forma de regularizar mi situación sin sumarme al blanqueo (es decir presentar las declaraciones juradas anuales pagando los intereses y punitorios que correspondan).
De acuerdo a mis cálculos, debí comenzar a pagar bienes personales en 2013 dado que anteriormente todos mis ahorros se encontraban en Plazos Fijos o Caja de Ahorro en U$S.
Desde ya agradezco cualquier orientación.
Saludos cordiales!
El tema que (sin saber tu situación patrimonial en detalle) deberías exteriorizar. Tendrías que gestionar cuit y clave fiscal, e indagar un poco en el sistema para saber que activos no tenes declarado y cual fue tu evolución patrimonial según la base de datos de afip; y en función a eso proceder. Hay varias alternativas para no entrar a la exteriorización (es bastante caro hacerlo).
También deberías ver el tema de presentar las dj de ganancias, ya que te retienen por tu trabajo.
O sea tenes que resolver el tema de ganancias y bienes personales. También ver el tema de tus ahorros para ingresarlos nuevamente al circuito financiero o económico.
Si necesitas asesoramiento, me podés contactar por mail para mayor detalle.
Saludos.
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Re: Consulta Moratoria / Blanqueo
Mariano, buenas tardes.
En función a tus comentarios, te comento que la Ley 27.260, en el apartado del Sinceramiento Fiscal, apunta a contribuyentes (inscriptos o no) que no tengan como justificar sus fondos y que desean exteriorizarlos a la fecha de promulgación de dicha Ley.
el Apartado de la "Moratoria", permite a los contribuyentes que tengan deuda con AFIP (no los que blanqueen) acogerse a dicho régimen y cancelar en hasta 90 cuotas dicha deuda.
Ahora bien, ayer AFIP sacó una resolución donde acepta lo ya discutido desde el inicio y que no tenía lógica según el espíritu de una ley que habla de Blanqueo y Moratoria (y que yo venía defendiendo con mis clientes desde el momento que todo quedó promulgado) que quienes puedan justificar sus fondos, pueden aprovechar la Moratoria, presentar todas las DDJJ y abonar los impuestos correspondientes, sin tener que acogerse al blanqueo.
Ahora bien:
si bien vas a poder regularizar tu situación y dejar blanqueada tu situación, el haber realizado las DDJJ posterior a la fecha de promulgación de la Ley 27.260 (22/07), lo único que no te permite es lograr el beneficio del "Tapón Fiscal" (dejar tu patrimonio declarado y protegido de cualquier reclamo), como si pueden beneficiarse:
a) quienes se acojan al blanqueo por el 100% de su patrimonio;
b) quienes sean "Contribuyentes cumplidores" y hagan la confirmación de datos de las DDJJ presentadas hasta 2015.
Si tu patrimonio es posible explicarlo con tus ingresos genuinos, sólo resta poner en orden todas las presentaciones por los períodos no prescriptos (2008 a la fecha), acogerse a un plan de pagos en función a tus posibildiades y a futuro, continuar con el cumplimiento de las DDJJ en función a tu condición de contribuyente.
Si necesitás regularizar todas las DDJJ (informativa Ganancias y Bienes Personales hasta donde no daba a pagar y declarativas Bienes Personales de ahí en adelante), podés contactarme.
En estos tiempos desde la fecha de promulgación de la ley, ya estamos con 7 contribuyentes que están en tu misma situación, prontos a regularizar y pagar el saldo.
Algunos otros, todavía están juntando la documentación necesaria.
Si querés mandame un mail, que te envío la info que deberías recolectar, tanto para Ganancias como Bienes Personales de cada año a regularizar.
Saludos.
En función a tus comentarios, te comento que la Ley 27.260, en el apartado del Sinceramiento Fiscal, apunta a contribuyentes (inscriptos o no) que no tengan como justificar sus fondos y que desean exteriorizarlos a la fecha de promulgación de dicha Ley.
el Apartado de la "Moratoria", permite a los contribuyentes que tengan deuda con AFIP (no los que blanqueen) acogerse a dicho régimen y cancelar en hasta 90 cuotas dicha deuda.
Ahora bien, ayer AFIP sacó una resolución donde acepta lo ya discutido desde el inicio y que no tenía lógica según el espíritu de una ley que habla de Blanqueo y Moratoria (y que yo venía defendiendo con mis clientes desde el momento que todo quedó promulgado) que quienes puedan justificar sus fondos, pueden aprovechar la Moratoria, presentar todas las DDJJ y abonar los impuestos correspondientes, sin tener que acogerse al blanqueo.
Ahora bien:
si bien vas a poder regularizar tu situación y dejar blanqueada tu situación, el haber realizado las DDJJ posterior a la fecha de promulgación de la Ley 27.260 (22/07), lo único que no te permite es lograr el beneficio del "Tapón Fiscal" (dejar tu patrimonio declarado y protegido de cualquier reclamo), como si pueden beneficiarse:
a) quienes se acojan al blanqueo por el 100% de su patrimonio;
b) quienes sean "Contribuyentes cumplidores" y hagan la confirmación de datos de las DDJJ presentadas hasta 2015.
Si tu patrimonio es posible explicarlo con tus ingresos genuinos, sólo resta poner en orden todas las presentaciones por los períodos no prescriptos (2008 a la fecha), acogerse a un plan de pagos en función a tus posibildiades y a futuro, continuar con el cumplimiento de las DDJJ en función a tu condición de contribuyente.
Si necesitás regularizar todas las DDJJ (informativa Ganancias y Bienes Personales hasta donde no daba a pagar y declarativas Bienes Personales de ahí en adelante), podés contactarme.
En estos tiempos desde la fecha de promulgación de la ley, ya estamos con 7 contribuyentes que están en tu misma situación, prontos a regularizar y pagar el saldo.
Algunos otros, todavía están juntando la documentación necesaria.
Si querés mandame un mail, que te envío la info que deberías recolectar, tanto para Ganancias como Bienes Personales de cada año a regularizar.
Saludos.
Gabriel Sequino
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Tel. (54 11) 15-4196-4256
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Re: Consulta Moratoria / Blanqueo
Mariano por lo que comentas solo tendrias que hacer las declaraciones de ganancias y bienes correspondientes a los años que superaste los minimos para realizar las informativas y verificar el tema de bienes por si tenes que pagar el impuesto, esto se tiene que ver con los papeles pero en principio por lo que comentas no es necesario entrar en el blanqueo que es mucho mas costoso que la declarar y ponerte al dia si tenes que pagar, en todo caso te conviene entrar en la moratoria y regularizar tu situacion. Si necesitas asesoramiento en mi estudio ya hicimos varias presentaciones sobre estos temas. Saludos.
Marcelo Borra
Contador Publico (UBA)
Tomo 366 Folio 196 CPCECABA
Celular: 15-3768-9781
Web http://www.estudiocontablemeb.com.ar/
Email: info@estudiocontablemeb.com.ar
Link directo whatsapp: https://wa.me/message/LYBC42GWEQIIN1
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