Art 31 ley de sociedades comerciales
Art 31 ley de sociedades comerciales
COMO CALCULO EL LIMITE DE INVERSIÓN EN OTRAS SOCIEDADES SEGÚN LO DISPUESTO POR EL ART. 31 DE LA LEY 19550?
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Re: Art 31 ley de sociedades comerciales
Qué es lo que te da duda?
ARTICULO 31. — Ninguna sociedad excepto aquellas cuyo objeto sea exclusivamente financiero o de inversión puede tomar o mantener participación en otra u otras sociedades por un monto superior a sus reservas libres y a la mitad de su capital y de las reservas legales. Se exceptúa el caso en que el exceso en la participación resultare del pago de dividendos en acciones o por la capitalización de reservas.
Hay que agarrar los Balances de la empresa y hacer cuentas.
Saludos.
ARTICULO 31. — Ninguna sociedad excepto aquellas cuyo objeto sea exclusivamente financiero o de inversión puede tomar o mantener participación en otra u otras sociedades por un monto superior a sus reservas libres y a la mitad de su capital y de las reservas legales. Se exceptúa el caso en que el exceso en la participación resultare del pago de dividendos en acciones o por la capitalización de reservas.
Hay que agarrar los Balances de la empresa y hacer cuentas.
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Gabriel Sequino
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Tel. (54 11) 15-4196-4256
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