Página 1 de 1

2 actividades diferentes.

Publicado: Dom Ene 17, 2016 11:57 am
por Daniella
Hola! Soy docente y monotributista. Realice actividad de acomp. terapéutico y facturaba para este servicio.Trabajaba en relac de depend x lo q solo pagaba el mínimo de monot. Ya no lo hago pero sigo pagando mensualemnte el costo del monotributo para no darme de baja.
Actualmente tengo pensado iniciar integraciones escolares, para las que debo facturar y a su vez realizar venta de objetos artesanales en casa, sin local. Serian 2 actividades, un servicio y venta. Como debo manejarme?
1-Debo facturar con 2 talonarios?
2-Debo pagar monot x cada actividad + aportes? Ej: $75 x2 (por cada actividad según mi categoría) + aportes x la act principal (la de mayor ingreso)?
3-Estoy exenta de ingresos brutos? Considerando:
-Están exentos del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos actividades didácticas o pedagógicas. Los ingresos obtenidos por el desempeño de actividades didácticas o pedagógicas realizadas en forma individual y directa por personas físicas, no organizadas como empresa, cuyo título habilitante esté oficialmente reconocido.
-Están exentos del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos los nuevos emprendimientos localizados en esta jurisdicción, con un mínimo de tres empleados y cuyos ingresos anuales no se estimen superiores al importe que fija la Ley Tarifaria, por un año, de acuerdo a la reglamentación.

Desde ya agradezco mucho que puedan ayudarme con estas dudas. Saludos!

Re: 2 actividades diferentes.

Publicado: Lun Ene 18, 2016 12:42 pm
por Estudio Contable MEB
buen dia, mira la consulta es abarcativa y excede el uso de este foro, consulta si queres en mi estudio si estas en caba o si estas por provincia con gabriel, si sos del interior te recomendaria que vayas a asesorarte a un contador publico de tu zona.

Re: 2 actividades diferentes.

Publicado: Lun Ene 18, 2016 5:00 pm
por tagliajm
A tu consulta Daniela, te respondo:
1) No hace falta 2 talonarios.
2) No debes pagar doble de monotributo sobre ninguno de los componentes.
3) En principio no, pero habría que ver exactamente cual es la actividad específica que irías a desarrollar.
Sobre el último párrafo, seguramente la Agencia de Recaudación de tu jurisdicción te va a pedir mil cosas para gozar de esa excepción.
Te sugiero que recurras a un Contador para no estar infracción a futuro.
Saludos!

Re: 2 actividades diferentes.

Publicado: Mar Ene 19, 2016 12:44 am
por Daniella
Muchas gracias por tomarse el tiempo de responder! Saludos