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condominio monotributo

Publicado: Mié Ago 26, 2015 9:35 pm
por silviosica
Hola gente

Mi cliente tiene 2 inmuebles en condominio con su padre que fallecio .

Los va a poner en alquiler y aparece la figura del condominio , resulta que la madre de mi cliente (viuda) es la apoderada ante la afip por el 50 % por bienes personales .

Ya que el alquiler es de 8000 +- encajaria en el monotributo categoria D que es lo que se pide como minimo al condominio y el alquiler como unico ingreso
piden datos del condomino "Se deberá presentar fotocopia del documento de identidad de los integrantes del condominio
Allí deberá presentar además, dos constancias del domicilio fiscal (impuesto, servicio, certificación policial, acta ante escribano) y la documentación que acredite el carácter de los condóminos."
como hago con toda esa documentacion para alquien fallecido???? toma del sistema automaticamente ???
Mi pregunta no hay otra forma que la viuda por medio de escribano ceda los derechos al hijo y este alquile y tribute como monotributista mi cliente (el hijo) solamente ya que serian unicos herederos ???


Sr. Contribuyente:
 
Atento a su consulta, le informamos que un condominio se constituye, cuando dos o más personas, copropietarias de un inmueble lo den en locación.
 
El condominio podrá inscribirse en el Régimen General u optar por el Régimen Simplificado de Monotributo.
 
El tratamiento impositivo es el siguiente:
 
Régimen general:
 
IVA: se inscribe el condominio como responsable inscripto, de acuerdo a lo establecido en  la ley N° 23.349.
 
Impuesto a las Ganancias: se inscriben los  condóminos, los ingresos por la locación se consideran rentas de primera categoría  (Artículo 41 de la ley N° 20628).
 
Autónomos: afiliación voluntaria  (Artículo 3.b.2 de la Ley Nº 24241)
 
 
Para la adhesión como responsable inscripto (el condominio) y Autónomos y Ganancias (los condóminos) deberá tener en cuenta lo establecido por la RG Nº 2811/10, Nº 2337/07, RG Nº 2239/07, RG Nº 10/97 y RG 1032/01.
 
 
Monotributo:
 
Tienen el mismo tratamiento que las sociedades de hecho (Art N° 5 del decreto N° 1/2010) por lo tanto se admiten hasta tres integrantes.
    
Condominio: tributará el componente impositivo, más el 20 % por cada integrante.
 
Condóminos: no  se encuentran obligados a tributar el componente previsional (articulo N° 62 del decreto 1/10).
 
Para inscribir el condominio el solicitante deberá utilizar el programa aplicativo "MÓDULO INSCRIPCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS - F. 420/J - Versión 1.0". Dicho programa podrá transferirse desde la página Web www.afip.gob.ar, cumpliendo con el procedimiento establecido en la RG 2337/07.
 
Se aclara que la Denominación deberá contener: el apellido y nombres, denominación o razón social del condómino precedido del término "Condominio" y seguido de la expresión "y otros".
Se deberá presentar fotocopia del documento de identidad de los integrantes del condominio
Allí deberá presentar además, dos constancias del domicilio fiscal (impuesto, servicio, certificación policial, acta ante escribano) y la documentación que acredite el carácter de los condóminos.
 
Una vez finalizado el trámite de inscripción, este Organismo asignará la CUIT del nuevo responsable.
 
Para adherirse al Monotributo, deberá ingresar con clave fiscal al servicio “Sistema Registral” opción "Registro Tributario/Monotributo/ Adhesión"  
 
El condominio deberá determinar en que categoría se encuentra encuadrado, de acuerdo a los artículos 8 y 9 de la Ley 26.565.
Los condominios alcanzados por el régimen de monotributo, sólo podrán categorizarse a partir de la Categoría D en adelante.
Finalmente le informamos que la RG 2820/10, establece que los sujetos que intervienen en las operaciones de locación (alquiler o arrendamiento) de bienes inmuebles, que cumplan con determinados requisitos, deberán inscribirse en el "Registro de Operaciones Inmobiliarias" y cumplir con un régimen de información.
 

Re: condominio monotributo

Publicado: Jue Ago 27, 2015 8:30 am
por Estudio Contable GS
El condominio es para personas VIVAS.

Corresponde que la viuda inscriba la Sucesión Indivisa y una vez aprobada la cuenta particionaria, ahí sí podrás hacer el Condominio entre la viuda y tu cliente.

saludos.

Re: condominio monotributo

Publicado: Vie Ago 28, 2015 7:41 pm
por silviosica
Gracias Gabriel por tu pronta respuesta
Averigue en el organismo y es tal cual decis vos Gabriel. Recien cuando inicie la sucecion se puede inscribir la parte indivisa . y cuando salga el condominio.
PREGUNTO Si A pone en locacion un inmueble a B(monotributista) con destino comercial para una actividad medica tipo consultorios y o laboratorio a la calle con un alquiler real +-8000
hasta que valor se puede facturar ??? ya que me dijeron que sigue en 3500 mensuales como monotributista sino pasa al regimen general aunque esta sea el unico ingreso y menos de tres inmuebles.

Re: condominio monotributo

Publicado: Vie Ago 28, 2015 10:40 pm
por Estudio Contable MEB
El limite es el que marca el tope de monotributo y hasta 3 alquileres, saludos.

Re: condominio monotributo

Publicado: Mar Sep 01, 2015 7:31 pm
por Estudio Contable GS
silviosica escribió:Gracias Gabriel por tu pronta respuesta
Averigue en el organismo y es tal cual decis vos Gabriel. Recien cuando inicie la sucecion se puede inscribir la parte indivisa . y cuando salga el condominio.
PREGUNTO Si A pone en locacion un inmueble a B(monotributista) con destino comercial para una actividad medica tipo consultorios y o laboratorio a la calle con un alquiler real +-8000
hasta que valor se puede facturar ??? ya que me dijeron que sigue en 3500 mensuales como monotributista sino pasa al regimen general aunque esta sea el unico ingreso y menos de tres inmuebles.
Totalmente errado el comentario de los $3.500

Podés tener hasta 3 unidades de explotación (lease unidad de explotación como cada propiedad o subdivisión de una misma a diferente locatario) facturando hasta un máximo de $400.000 anuales.

Re: condominio monotributo

Publicado: Dom Feb 12, 2017 5:06 pm
por lucialopezmonti
Buenos dias, queria hacer una consulta. Tengo como clientes dos hermanos que son profesionales y ambos monotriutistas. Reciben como donacion en vida de sus padres un local comercial. Lo quieren alquilar en forma de condominio y que el mismo también sea monotributista. Al momento de sacar la CUIT del condominio en AFIP le piden que el responsable del condominio se inscriba en ganancias . Esto es correcto?

Aguardo su respuesta


Muchas gracias

Re: condominio monotributo

Publicado: Dom Feb 12, 2017 8:11 pm
por Eduardo
lucialopezmonti escribió:Buenos dias, queria hacer una consulta. Tengo como clientes dos hermanos que son profesionales y ambos monotriutistas. Reciben como donacion en vida de sus padres un local comercial. Lo quieren alquilar en forma de condominio y que el mismo también sea monotributista. Al momento de sacar la CUIT del condominio en AFIP le piden que el responsable del condominio se inscriba en ganancias . Esto es correcto?

Aguardo su respuesta

Muchas gracias
Cada condómino puede adherir al RS (si encuadran dentro de los parámetros/cantidad de actividades individuales).

El condominio en si (contrato) no puede ser RS debe ser RI. Además al querer adherirlo en RS el sistema no te da la opción.



Saludos.

Re: condominio monotributo

Publicado: Jue Jun 01, 2017 2:59 pm
por vero3990
Buenas tardes, mi consulta es que para inscribir un condominio ante AFIP tengo que realizar un contrato, las personas recibieron el inmueble por herencia y quieren alquilarlo sin dividir la propiedad. Alguno me pasaría un modelo de contrato de este tipo? Muchas gracias.

Re: condominio monotributo

Publicado: Jue Jun 01, 2017 5:06 pm
por Lucrecio
No hay contrato para condiminios.

Basta con la propiedad a nombre de los condóminos.

En tu caso, creo que no hubo sucesión, se hace a nombre de la sucesión indivisa.
Y si hubo, irá a nombre del condominio si la sentencia quedó a nombre de los dos.

Saludos.-