Computo de percepciones en Bienes Personales

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roble
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Computo de percepciones en Bienes Personales

Mensaje por roble »

Buenas noches, un cliente me pidió gestionar la devolución de la percepciones por operaciones en el exterior. No paga ganancias pero por los ingresos en relación de dependencia debe presentar la informativa de Bienes Personales.
Por lo mencionado solamente debería presentar solamente la DJ Bienes Personales únicamente (no presento DJ GPF), pero al momento de cargar percepciones no me da la opción de seleccionar el Régimen 906 que corresponde a Tarjetas de crédito – Operaciones en el exterior – Demás contribuyentes.
¿Alguien hizo esta presentación sin detallar las percepciones?

Gracias
eduardo286
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Re: Computo de percepciones en Bienes Personales

Mensaje por eduardo286 »

Quizás si presentas la dj informatiba de BP; luego el sistema te habilita el Régimen 905.

¿En qué impuestos es computable el pago a cuenta?
Conforme la situación del contribuyente será computable en los siguientes impuestos:
- Monotributistas: Impuesto sobre los Bienes Personales.
- Resto de los sujetos: Impuesto a las Ganancias.

¿En qué forma se computará el pago a cuenta?
- Monotributistas: Impuesto sobre los Bienes Personales, a través de su cómputo en la DDJJ.
- Trabajadores en relación de dependencia: Impuesto a las Ganancias, F. 572 web – SiRADIG – RG AFIP 3418
- Resto de los sujetos: Impuesto a las Ganancias, a través de su cómputo en la DDJJ.

¿Qué sujetos están en condiciones de efectuar un pedido de devolución?
- Monotributistas: siempre que no sean contribuyentes del impuesto sobre los bienes personales.
- Contribuyentes del impuesto sobre los bienes personales que no se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias.
- Sujetos que no se hallen inscriptos en ningún régimen impositivo.

Impuesto Régimen Denominación
219 905 Tarjetas de crédito - Operaciones en el exterior - Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
217 906 Tarjetas de crédito - Operaciones en el exterior - Demás contribuyentes
ESTUDIO SOMENZINI
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roble
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Re: Computo de percepciones en Bienes Personales

Mensaje por roble »

Brindo la solución que me dieron en AFIP, por si le sirve a alguien.

En el cuadro de liquidación del impuesto (siempre hablando de BP) en el espacio de "Pago a cuenta" ingresamos el monto de las percepciones, a pesar de que no sean pago a cuenta de BP exactamente.
eduardo286
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Re: Computo de percepciones en Bienes Personales

Mensaje por eduardo286 »

Roble:

No entiendo....La respuesta de AFIP sería adecuada; siempre y cuando el contribuyente deba pagar BP (por superar los $305.000); ahora que pasa si no debe pagar BP? el contribuyente pierde la percepción?

O sea que si un contribuyente gana más de $96.000 al año, y que debe presentar la dj informativa de BP; no podrá lograr que AFIP le devuelva las percepciones que haya sufrido en ganancias?

Saludos.
ESTUDIO SOMENZINI
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roble
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Re: Computo de percepciones en Bienes Personales

Mensaje por roble »

Eduardo, hasta el momento me he encontrado con tres casos distintos al momento de pedir la devolución.

a) Personas que no alcancen los $96.000 brutos anuales, donde se gestiona por el F.746 en Mis aplicaciones web. Hasta el momento no conseguí ninguna devolución aprobada.

b) Personas que estén alcanzadas en ganancias, donde la percepción cobra su verdadero sentido, ya que al momento de realizarse las mismas son tomadas con el código 217 y se toman realmente como pago a cuenta.

c) Personas que cobren mas de $96000 pero no alcanzadas en ganancias. Al estar obligados a hacer la informativa de BP y tomar como pago a cuenta las percepciones, de ahí surge un saldo a favor que después debe gestionarse a través del aplicativo de Devoluciones.
eduardo286
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Re: Computo de percepciones en Bienes Personales

Mensaje por eduardo286 »

Roble:

Ahora me doy cuenta como es el procedimiento en el caso "c".

Muchas gracias.

Saludos.
ESTUDIO SOMENZINI
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ebengolea

Re: Computo de percepciones en Bienes Personales

Mensaje por ebengolea »

¿Alguno pudo obtener alguna devolución aprobada por consumos en 2014 vía el F.746/A? No conozco ni una persona a quien le hayan depositado en la cuenta asociada a la CBU informada.
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