omision arrastre saldo técnico
omision arrastre saldo técnico
que sucede si omití arrastrar el saldo técnico de un periodo a otro cuando la empresa sólo presenta créditos fiscales desde su creación. puedo rectificar? o tomarmelo en la siguiente ddjj?
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Re: omision arrastre saldo técnico
Rectificá.
No se permite rectificar cuando se está reduciendo el impuesto determinado de la DDJJ original, salvo error u omisión.
Eso es una omisión. No estás alterando información del período en sí (agregar ventas, agregar compras, modificar retenciones, etc.).
En este caso no hace ni falta ir a la Agencia a denunciar la situación, dado que no hubo saldo a pagar.
Todavía me acuerdo un caso comentado por un Profesor de Impuestos en la Facultad, donde nos comentaba esta situación y su opinión favorable sobre rectificar ya que no se observa perjuicio alguno para el fisco.
Saludos.
No se permite rectificar cuando se está reduciendo el impuesto determinado de la DDJJ original, salvo error u omisión.
Eso es una omisión. No estás alterando información del período en sí (agregar ventas, agregar compras, modificar retenciones, etc.).
En este caso no hace ni falta ir a la Agencia a denunciar la situación, dado que no hubo saldo a pagar.
Todavía me acuerdo un caso comentado por un Profesor de Impuestos en la Facultad, donde nos comentaba esta situación y su opinión favorable sobre rectificar ya que no se observa perjuicio alguno para el fisco.
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Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
[email protected]
http://www.estudiocontablegs.com.ar
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