Convenio Multilateral - Coef. gastos
Publicado: Vie Abr 24, 2015 10:34 pm
Buenos días a todos,
Se me planteó un caso en el cual un contribuyente realiza operaciones utilizando medios electrónicos (Venta de productos mediante una página de internet).
Motivo por el cual tuvo que darse de alta en varias jurisdicciones.
Ahora bien, al momento de analizar los ingresos y gastos relacionados concretamente con dicha operatoria tuve problemas al definir cuál sería el criterio correcto para los gastos relacionados con el uso de la plataforma online: Estos están ligados concretamente a la actividad de venta online, por lo tanto entiendo que deberían atribuirse en función de los ingresos de dicha actividad. No creo que sea correcto atribuirlos únicamente en la jurisdicción en donde se factura, ya que estos gastos son la fuente generadora principal de los ingresos en las nuevas jurisdicciones.
Sería correcto atribuirlo en base a los ingresos de dicha actividad? Deberían ser proporcionales? A mi criterio, lo mejor sería atribuirlos en función de los ingresos de esta actividad.
En cuanto a este tema, hay diversas jurisprudencias y doctrinas al respecto, quisiera compartir esto con ustedes a ver si están de acuerdo o han tenido casos similares que me puedan comentar para aportar al caso.
Desde ya agradezco sus aportes.
Saludos,
Se me planteó un caso en el cual un contribuyente realiza operaciones utilizando medios electrónicos (Venta de productos mediante una página de internet).
Motivo por el cual tuvo que darse de alta en varias jurisdicciones.
Ahora bien, al momento de analizar los ingresos y gastos relacionados concretamente con dicha operatoria tuve problemas al definir cuál sería el criterio correcto para los gastos relacionados con el uso de la plataforma online: Estos están ligados concretamente a la actividad de venta online, por lo tanto entiendo que deberían atribuirse en función de los ingresos de dicha actividad. No creo que sea correcto atribuirlos únicamente en la jurisdicción en donde se factura, ya que estos gastos son la fuente generadora principal de los ingresos en las nuevas jurisdicciones.
Sería correcto atribuirlo en base a los ingresos de dicha actividad? Deberían ser proporcionales? A mi criterio, lo mejor sería atribuirlos en función de los ingresos de esta actividad.
En cuanto a este tema, hay diversas jurisprudencias y doctrinas al respecto, quisiera compartir esto con ustedes a ver si están de acuerdo o han tenido casos similares que me puedan comentar para aportar al caso.
Desde ya agradezco sus aportes.
Saludos,