rentas de cordoba
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hola a todos quiero hacer una consulta tengo que inscribir aun cliente en la actividad de locacion de inmuebles rurales, y estoy casi segura que entra en el regimen general!pero me comentaron que no tienen minimo, y la verdad me desconcerto
Re: rentas de cordoba
Natalia: efectivamente, como decís, va al Régimen General y no tiene mínimo tal como los dice el inciso c) del artículo 212 del CT.: "Quedan exceptuados de cumplimentar el mínimo que se refiere el párrafo anterior:
c) Las locaciones de bienes inmuebles, excepto cocheras, garajes y/o guardacoches cuando los
mismos no sean complementarios o accesorios en el contrato de locación de la unidad locativa y
los ingresos derivados de las actividades previstas en el inciso k) del Artículo 205 cuando la
actividad no fuere ejercida en forma de empresa y/o con establecimiento comercial"
c) Las locaciones de bienes inmuebles, excepto cocheras, garajes y/o guardacoches cuando los
mismos no sean complementarios o accesorios en el contrato de locación de la unidad locativa y
los ingresos derivados de las actividades previstas en el inciso k) del Artículo 205 cuando la
actividad no fuere ejercida en forma de empresa y/o con establecimiento comercial"