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Re: transferencia de establecimiento

Publicado: Mié Ene 06, 2016 5:55 pm
por eduardo286
Favio escribió:Cuando se transfiere el establecimiento, pasan al nuevo titular todos los contratos de trabajos existentes y el trabajador conservará la antigüedad y todos los derechos adquiridos en la relación laboral anterior. Al momento de la transferencia, el transmitente deberá liquidarle el sueldo correspondiente, el SAC proporcional y las vacaciones no gozadas. En Córdoba se hace un acta de traspaso de personal ante el Ministerio de Trabajo. No telegrama de renuncia.
Si el acta de traspaso no existe en la transición, los trabajadores pueden dar "por terminada" la situación. Hay se debe activar el 245 LCT (despidos).

Saludos.