Estudio Contable GS escribió:Si no cumple con el SIRADIG al 31/01/2016, no va a poder recibir el ajuste de las deducciones no informadas oportunamente ni de las percepciones sufridas por compras al exterior o compra de moneda extranjera en 2015, debiendo a futuro tener que pedir la devolución por fuera, luego de presentada la DDJJ de Ganancias y bienes Personales correspondiente.
el empleador no devuelve lo que no se le informa y para ello deberá reclamarlo directo a AFIP, como quienes no pagar Ganancias ni Bienes Personales.
Saludos.
Una consulta con respecto a esto: no presente el SIRADOG al 31/1/16 entonces no voy a poder recibir las devoluciones por este medio (tomarme en la ddjj 2015), y entonces una vez que vence el plazo para la presentacion de la ddjj ahi recien voy a poder pedir a traves de mis aplicaciones web en el apartado " Devoluciones Web – Percepciones…”. entonces no es que me va a pedir la rectificativa de la ddjj 2015 como pasa en el caso de las ddjj 2014 y ddjj 2013 que no cargue las mencionadas percepciones
Me retuvieron ganancias como empleado durante los períodos 2013,2014 y 2015 ; no declaré las percepciones que me realizaron en esos períodos, cuando solicito la devolución por mis aplicaciones web, me aparece el siguiente mensaje:
Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas
Calculo que acá voy a podes pedir las devoluciones de los saldos a favor, esto se hace por multinota ?
Luego de hacer esta presentaciones tengo entendido que me inscriben en ganancias. Luego de esto puedo seguir presentado las ddjj por el metodo simplificado ?