Base 01-2013 a agosto 2013.
Al ser un caso que genera cierta controversia, quisiera saber la opinión de otros colegas.
En agosto 2013, mi cliente cobra retroactivo de remuneración accesoria (antigüedad) de enero a julio 2013 (devengadas $ 2.000 por mes). La pregunta es ¿Se excluye de la base en atención art. 3 RG AFIP 3525 (ya que se percibio 1 sola vez)? o ¿se prorratea de acuerdo a lo devengado? Según art. 2 de la misma RG. Si voy con el criterio de devengado supera $ 25.000.- y si digo que lo cobro un solo mes (el retroactivo, lo excluye y está en el rango de $ 15.000 hasta $ 25.000.-
That is the question. Gracias por la atenciòn que le presten.
DANIEL GARCIA ROONEY
Contador Pùblico (UBA)
Tº 143 Fº 173 CPCECABA
Imp a las Ganancias 4ta. Categ. RD Base 2013
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Re: Imp a las Ganancias 4ta. Categ. RD Base 2013
Hola: Me parece que es confusa la redaccion de la RG, porque en el articulo 2 menciona "remuneraciones devengadas"; y en el articulo 3 menciona "remuneraciones percibidas".REVILLA escribió:Base 01-2013 a agosto 2013.
Al ser un caso que genera cierta controversia, quisiera saber la opinión de otros colegas.
En agosto 2013, mi cliente cobra retroactivo de remuneración accesoria (antigüedad) de enero a julio 2013 (devengadas $ 2.000 por mes). La pregunta es ¿Se excluye de la base en atención art. 3 RG AFIP 3525 (ya que se percibio 1 sola vez)? o ¿se prorratea de acuerdo a lo devengado? Según art. 2 de la misma RG. Si voy con el criterio de devengado supera $ 25.000.- y si digo que lo cobro un solo mes (el retroactivo, lo excluye y está en el rango de $ 15.000 hasta $ 25.000.-
That is the question. Gracias por la atenciòn que le presten.
DANIEL GARCIA ROONEY
Contador Pùblico (UBA)
Tº 143 Fº 173 CPCECABA
Creo que en tu caso es de aplicacion el articulo 3 de la referida norma, porque para determinar el importe del articulo 2, hay que proceder segun el articulo 3 (lo que percibio y no lo que se devengo).
It's my point of view.
Saludos.
ESTUDIO SOMENZINI
Contador Público Nacional (UNRC)
Lic. Administración Empresas (UNRC)
e-mail: [email protected]
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