RENTISTA
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Hola colegas!, yo estoy loca, o una persona que vive de Rentas por tener 3 locales alquilados y ademas es monotributista por la actividad que realiza..deberia inscribirse en ganancias, y declarar por los alquileres rentas de la primera categoria , aunque no le de a pagar?, los 3 locales los tiene alquilados en $5000 mensuales los 3 locales y obvio que Bienes Personales en caso de corresponder por los 3 locales tambien?
Mil gracias por su aporte, sera bienvenido!, ya que soy auditora de empresas y estoy algo fuera de las PF.
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Re: RENTISTA
Estarías en el límite; como tope son tres unidades de explotación, por actividad económica.lapm escribió:Hola colegas!, yo estoy loca, o una persona que vive de Rentas por tener 3 locales alquilados y ademas es monotributista por la actividad que realiza..deberia inscribirse en ganancias, y declarar por los alquileres rentas de la primera categoria , aunque no le de a pagar?, los 3 locales los tiene alquilados en $5000 mensuales los 3 locales y obvio que Bienes Personales en caso de corresponder por los 3 locales tambien?
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No entiendo cuando decís que "vive"de rentas, y que por su actividad también es monotributo; o sea tiene dos actividades?
Tributa BP si supera los $305.000. Si supera los $96.000 brutos anuales de ingresos, procede la dj informativa.
Si entre los tres locales supera los $8.000 de alquiler, procede factura electrónica (aunque sea monotributista).
P/D: Me gusta también el tema de auditorías externa (contable) o interna (operativa)
Saludos.
ESTUDIO SOMENZINI
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Re: RENTISTA
Eduardo algunas correcciones porque estas confundiendo las normativas, la informativa es solo para empleados en relacion de dependencia, asi que si el sujeto no supera el minimo de BP no corresponde hacer nada.eduardo286 escribió:Estarías en el límite; como tope son tres unidades de explotación, por actividad económica.lapm escribió:Hola colegas!, yo estoy loca, o una persona que vive de Rentas por tener 3 locales alquilados y ademas es monotributista por la actividad que realiza..deberia inscribirse en ganancias, y declarar por los alquileres rentas de la primera categoria , aunque no le de a pagar?, los 3 locales los tiene alquilados en $5000 mensuales los 3 locales y obvio que Bienes Personales en caso de corresponder por los 3 locales tambien?
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No entiendo cuando decís que "vive"de rentas, y que por su actividad también es monotributo; o sea tiene dos actividades?
Tributa BP si supera los $305.000. Si supera los $96.000 brutos anuales de ingresos, procede la dj informativa.
Si entre los tres locales supera los $8.000 de alquiler, procede factura electrónica (aunque sea monotributista).
P/D: Me gusta también el tema de auditorías externa (contable) o interna (operativa)
Saludos.
La factura electronica no procede si supera los 8000, corresponde si es categoria H o superior pero no por el monto, la resolucion que mencionas se encuentra derogada. Solo corresponde en los casos previstos para factura electronica hoy en dia.
Con respecto a las dudas que planteas al tener mas de 3 unidades de explotacion corresponde la inscripcion al regimen general, cualquier consulta avisanos, saludos.
Marcelo Borra
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Re: RENTISTA
Marcelo:
Asi es; quedo sin efecto la dj informativa (con la 3749) para alquileres urbanos superiores a $8.000.
Saludos.
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Re: RENTISTA
Clarisimo!!! mil mil gracias por su aporte!! y Eduardo, en cuanto sepa de alguna solicitud de auditores, te contacto por esta via asi mandas el CV.
Buen fin de semana largo por suerte y para todos!!
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Re: RENTISTA
Respondo...lapm escribió:Hola colegas!, yo estoy loca, o una persona que vive de Rentas por tener 3 locales alquilados y ademas es monotributista por la actividad que realiza..deberia inscribirse en ganancias, y declarar por los alquileres rentas de la primera categoria , aunque no le de a pagar?, los 3 locales los tiene alquilados en $5000 mensuales los 3 locales y obvio que Bienes Personales en caso de corresponder por los 3 locales tambien?
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Si tiene más de 3 unidades de explotación/ actividades económicas (lease que cada alquiler cuenta como una), queda excluído del Monotributo, debiendo ser Inscripto en IVA.
Si sus actividades son 3, está correcto que sea Monotributista.
Bienes Personales grava, aparte de las 3 propiedades, el saldo de cuenta bancaria, el dinero en efectivo, las inversiones, autos, etc. Raro que con 3 propiedades no quede gravado. Tené en cuenta que para BBPP, corresponde tributar si el valor de compra supera al valor fiscal, por el mayor.
Cualquier otra duda, quedamos a tu disposición.
Saludos.
Gabriel Sequino
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Tel. (54 11) 15-4196-4256
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http://www.estudiocontablegs.com.ar
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Re: RENTISTA
Gracias por tu consideracion. Estamos en contacto.lapm escribió:Clarisimo!!! mil mil gracias por su aporte!! y Eduardo, en cuanto sepa de alguna solicitud de auditores, te contacto por esta via asi mandas el CV.
Buen fin de semana largo por suerte y para todos!!
Saludos.
Atentamente.
Eduardo.
ESTUDIO SOMENZINI
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